[ Disposición derogada ]

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Resolución de 24 de febrero de 1998, del Director General de Universidades, por la que se autoriza a "Internacional Studies, Sociedad Anónima" para impartir enseñanzas de nivel universitario, no conducentes a títulos homologables a los españoles, conforme al sistema educativo vigente en Endicott College de Massachusett (EE UU). ([1])

 

DEROGADA expresamente por Orden 1589/2019, de 30 de mayo.

 

El Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de Universidades y Centros universitarios, al amparo de lo establecido en el artículo 9 de la Ley Orgánica 7/1985, de 1 de julio, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España, prevé en su capítulo III el establecimiento de Centros para impartir enseñanzas de nivel universitario, conforme a sistemas educativos vigentes en otros países, quedando sometidos al principio de autorización por la administración competente.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 19.1 del citado Real Decreto, la entidad titular de "The College for Internacional Studies" solicitó autorización para impartir las enseñanzas correspondientes a "Bachelor of Arts" y "Bachelor of Science" de Endicott College de Massachusett, conforme al sistema educativo vigente en los Estados Unidos de América.

Tramitado el preceptivo expediente de conformidad con lo dispuesto en la Orden de 26 de mayo de 1993, del Ministerio de Educación y Ciencia (Boletín Oficial del Estado de 1 de junio) y constatado el cumplimiento de los requisitos que establece el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, previo informe favorable del Ministerio de Asuntos Exteriores; procede autorizar a de "The College for Internacional Studies" para impartir las enseñanzas solicitadas.

Por todo lo cual, en virtud de las competencias atribuidas por la Ley Orgánica 10/1994, de 24 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid; el Real Decreto 942/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid; y los Decretos autonómicos 49/1995, de 25 de mayo, y 288/1995, de 30 de noviembre; de acuerdo con lo previsto en la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

 

 

RESUELVO

Artículo 1

 

Autorizar a "Internacional Studies, Sociedad Anónima", para impartir las enseñanzas de nivel universitario conducentes a la obtención de los títulos de "Bachelor of Arts" y "Bachelor of Science" de Endicott College conforme al sistema educativo vigente en los Estados Unidos de América, con efectos del curso académico 1997-1998.

 

Artículo 2

 

Las enseñanzas se impartirán en la sede de "The College for Internacional Studies", calle Zurbano 12, con una capacidad para 135 alumnos.

 

Artículo 3

 

Las enseñanzas se desarrollarán de acuerdo con las estipulaciones académicas contenidas en el convenio de colaboración firmado por College for Internacional Studies y Endicott Collage, bajo la supervisión de la New England Association of Schools and Colleges, Commission on Institutions of Higher Education (NEASC).

 

Artículo 4

 

La entidad titular solicitará dentro de un plazo máximo de cuatro meses, a contar desde la publicación de la presente Resolución, la autorización para la puesta en funcionamiento de las enseñanzas conducentes a los títulos de de "Bachelor of Arts" y "Bachelor of Science" de Endicott College, caducando, en otro caso, la presente autorización.

 

Artículo 5

 

Una vez solicitada la autorización de puesta en funcionamiento, la Consejería de Educación y Cultura, a través de la Dirección General de Universidades, realizará las inspecciones pertinentes con el fin de comprobar el cumplimiento de los compromisos adquiridos por la entidad titular y que constan en el expediente de autorización, siendo requerida, en su caso, para que realice las oportunas adaptaciones; finalizadas las cuales y de conformidad con lo dispuesto en los apartados 2 y 3 del artículo décimo de la Orden de 26 de mayo de 1993, se procederá a la autorización para la puesta en funcionamiento o denegación en su caso.

 

DISPOSICIÓN ADICIONAL

 

Los títulos de de "Bachelor of Arts" y "Bachelor of Science" de Endicott College no tienen carácter de títulos oficiales conforme a alo establecido en el artículo 28.1 de la Ley Orgánica 11/1983, de Reforma Universitaria y así debe hacerse constar en los títulos que se expidan.

 

DISPOSICIÓN TRANSITORIA

 

La vigencia temporal de la presente autorización se extenderá hasta que la Comunidad de Madrid regule el régimen aplicable le a los Centros extranjeros que impartan enseñanzas de nivel universitario

 

DISPOSICIÓN FINAL

 

Esta Resolución enterará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.



[1] .- BOCM 6 de abril de 1998.