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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Orden 711/2025, de 7 de mayo, de la Consejera de Sanidad, por la que se fija el número máximo anual de nombramientos de personal emérito del Servicio Madrileño de Salud correspondientes al año 2025. [1]

 

 

 

El Decreto 79/2009, de 10 de septiembre, del Consejo de Gobierno por el que se desarrolla el régimen jurídico aplicable al personal emérito del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de septiembre), regula el procedimiento para el reconocimiento de la condición de personal emérito, los derechos inherentes a este reconocimiento, así como las funciones que podrá desarrollar en las Instituciones Sanitarias dependientes o adscritas al Servicio Madrileño de Salud.

La disposición adicional única del referido decreto establece que el número máximo de nombramientos de personal emérito que se podrá conceder anualmente se fijará mediante orden del titular de la Consejería competente en materia de Sanidad.

Por otra parte, la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid (artículo 40), modificó el plazo para presentar la solicitud de reconocimiento de la condición de personal emérito del Servicio Madrileño de Salud, estableciendo que ʺLa condición de personal emérito deberá solicitarse dentro del año natural anterior al de causar baja por jubilaciónʺ.

Por tanto, y teniendo en cuenta que se han presentado solicitudes por parte de personal estatutario que causará baja por jubilación durante el año 2025, se fija a través de la presente orden, el número máximo anual de personal emérito para el año 2025.

En virtud de todo lo expuesto, a propuesta del Servicio Madrileño de Salud y de conformidad con lo establecido en el artículo 50, apartado 3, de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

 

DISPONGO

 

Primero. Número máximo de eméritos para licenciados sanitarios jubilados en 2025

El Servicio Madrileño de Salud podrá nombrar como personal emérito hasta un máximo de seis licenciados sanitarios estatutarios fijos que hayan quedado en situación de jubilación durante el año 2025, y que, reuniendo los requisitos, hayan presentado solicitud.

 

Segundo. Efectividad

La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

 

Tercero. Recursos

Contra la presente Orden que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer el recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Sanidad (artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su notificación o publicación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado contencioso-administrativo de Madrid que corresponda, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su notificación o publicación, de conformidad en lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.



[1].         BOCM de 23 de mayo de 2025.