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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Resolución 2/2025, de 17 de marzo, por la que se designa, con carácter permanente la composición de la Mesa de Contratación de la Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid. [1]

 

 

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 320 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, los órganos de contratación de las Administraciones Públicas estarán asistidos por una Mesa de Contratación, que será el órgano competente para la valoración de las ofertas y que estará constituida por un presidente, los vocales que se determinen reglamentariamente y un secretario.

En la Comunidad de Madrid, el artículo 18 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril, establece de igual forma que el artículo 66 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, que la Mesa de Contratación estará constituida por un presidente, un mínimo de cuatro vocales y un secretario designados por el órgano de contratación, el último entre funcionarios del mismo o, en su defecto, entre el personal a su servicio.

Asimismo, prevé que entre los vocales deberá figurar necesariamente un Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid y un Interventor de la Comunidad de Madrid, y que la designación de los miembros de la Mesa de Contratación podrá hacerse de manera específica, para la adjudicación de uno o más contratos, o con carácter permanente, en cuyo caso su composición deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En su virtud, haciendo uso de las atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes,

 

RESUELVO

 

Primero

Designar a los miembros de la Mesa de Contratación permanente de la Agencia de Ciberseguridad de la Comunidad de Madrid, que serán los siguientes:

a) Presidente: El Consejero-Delegado de la Agencia de Ciberseguridad.

b) Vocales:

1.       Un Interventor de la Comunidad de Madrid.

2.       Un Letrado de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid.

3.       Un técnico titulado medio o superior, perteneciente a la Subdirección General que actúe como unidad promotora de los contratos en relación a los cuáles se constituya la Mesa.

4.       Un técnico titulado medio o superior perteneciente a la Agencia de Ciberseguridad.

c) Secretario: Un técnico perteneciente a la Agencia.

 

 

Segundo

Dejar sin efecto las resoluciones de fechas anteriores a la presente en la que se establezca la composición o designación de los miembros de la Mesa de Contratación de la Agencia.

 

Tercero

La presente Resolución producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.



[1].          BOCM de 28 de marzo de 2025.