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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Orden 4908/2024, de 2 de noviembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se acuerda el traslado de la Facultad de Comunicación y Artes de la Universidad Antonio de Nebrija. [1]

 

 

 

La Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, establece en su artículo 97.3, que la creación, modificación y supresión de las estructuras en las que se organizan las universidades privadas, se efectuará a propuesta de la universidad, en los términos previstos en su artículo 41.1. En dicho artículo se establece que la creación, modificación y supresión de facultades y escuelas serán acordadas por la Comunidad Autónoma, a iniciativa de la universidad mediante propuesta y aprobación de su Consejo de Gobierno. Esta última referencia hay que entenderla referida al órgano al que las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas declaren competente a estos efectos.

En este sentido, la Universidad Antonio de Nebrija ha solicitado con fecha 12 de junio de 2024 el traslado de las instalaciones de la Facultad de Comunicación y Artes, al Paseo San Francisco de Sales número 46-48, con efectos a partir del curso académico 2024/2025.

Los motivos del traslado de sede han quedado expuestos por la Universidad Antonio de Nebrija en la memoria que acompaña a la solicitud y se justifican por el incremento del número de estudiantes matriculados en los distintos títulos adscritos a la Facultad, y la previsión de que dicha tendencia de crecimiento se mantenga en el futuro.

La Universidad aporta al expediente el acuerdo adoptado por su Consejo de Gobierno en la sesión celebrada el día 25 de abril de 2023, órgano competente a estos efectos según lo dispuesto en el artículo 30, letras a) e i) de sus normas de organización y funcionamiento aprobadas por Decreto 6/2012, de 19 de enero, del Consejo de Gobierno.

Por otro lado, la Dirección General de Infraestructuras y Servicios de esta Consejería ha emitido con fecha 23 de septiembre de 2024, informe favorable respecto la adecuación de las infraestructuras propuestas a los requisitos mínimos exigidos por el Real Decreto 640/2021, de 27 de julio, de creación, reconocimiento y autorización de universidades y centros universitarios, y acreditación institucional de centros universitarios.

Finalmente, la propuesta también ha sido informada favorablemente por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en la sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el 2 de octubre de 2024, según lo establecido en el artículo 5.a) de la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid.

Por cuanto antecede y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, en relación con el artículo 8.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y a propuesta de la Dirección General de Universidades,

DISPONGO

Primero

Acordar, a solicitud de la Universidad Antonio de Nebrija, el traslado de la Facultad de Comunicación y Artes desde su actual sede, sita en la calle Serrano Jover, número 2, esquina con la calle Princesa número 32, al Paseo de San Francisco de Sales, número 46-48, a partir el curso 2024-2025.

Segundo

En dichas instalaciones se impartirán las titulaciones adscritas a dicha Facultad que se relacionan a continuación:

— Grado en Artes Escénicas.

— Grado en Bellas Artes.

— Grado en Comunicación Audiovisual.

— Grado en Comunicación Corporativa, Protocolo y Organización de Eventos.

— Grado en Diseño de Moda.

— Grado en Diseño Digital y Multimedia.

— Grado en Marketing.

— Grado en Periodismo.

— Grado en Publicidad y Relaciones Públicas.

— Máster Universitario en Comunicación Política y Gestión de Crisis de Emergencias.

— Máster Universitario en Dirección y Realización de Series de Ficción.

— Máster Universitario en Periodismo Digital y de Datos.

— Máster Universitario en Periodismo en Televisión.

— Máster Universitario en Dirección de Publicidad Integrada.

— Máster Universitario en Marketing y Publicidad Digital.

— Máster Universitario en Organización y Dirección de Eventos.

Tercero

La Universidad deberá presentar ante el órgano de evaluación externo la solicitud de modificación de las memorias de verificación de las titulaciones afectadas, motivada por el traslado de la sede del centro, siguiendo para ello el procedimiento previsto en el artículo 32 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad.

Cuarto

Esta autorización se concede sin perjuicio de cuantas otras licencias, permisos o autorizaciones sean preceptivas para la puesta en funcionamiento de la nueva sede de la Facultad.

Quinto

Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Ciencia y Universidades en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

Sexto

Esta orden producirá efectos el día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.