DECRETO DE
CREACIÓN DE LOS PREMIOS DE INVESTIGACIÓN EN PREVENCIÓN DEL ABUSO DE DROGAS DE
LA AGENCIA ANTIDROGA
Decreto 234/2000,
de 19 de octubre, de creación de los Premios de Investigación en Prevención
del Abuso de Drogas de la Agencia Antidroga. ()
En nuestra región
se han venido desarrollando desde hace años distintas acciones, tanto
institucionales como sociales en materia de prevención de drogodependencias,
constituyendo uno de los objetivos prioritarios de la Agencia Antidroga el
impulso y desarrollo de actividades preventivas del consumo de drogas.
En esta línea el artículo 2.b de la Ley
11/1996, de 19 de diciembre, de creación de la Agencia Antidroga de la Comunidad
de Madrid, determina como competencia propia de este Organismo Autónomo «la
promoción de cuantas actividades se generen en materia de prevención».
Uno de los mejores medios para llevar a
cabo este propósito es el fomento de la investigación y realización de estudios
que incorporen ideas nuevas en materia de prevención de drogodependencias, y
contribuyan al progreso del Sistema Sanitario Autonómico, tal como se
especifica asimismo en el artículo 106 de la Ley General de Sanidad.
Por todo ello la Agencia Antidroga, con el
fin de promover una intervención preventiva que optimice los recursos de que
dispone este Organismo Autónomo y produzca una protección eficaz respecto de
las drogodependencias, desea fomentar e incentivar la realización de estudios
de investigación en esta línea, consciente de que son motores del crecimiento
futuro y una innegable inversión para la mejora del bienestar de la sociedad y
para la eliminación futura de conductas adictivas.
En su virtud, a
propuesta de la Consejería de Sanidad y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 21 g) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y
Administración de la Comunidad de Madrid, y previa deliberación del Consejo de
Gobierno en su reunión del día 19 de octubre de 2000, dispongo:
Artículo 1. Creación de los
premios de investigación en prevención de drogodependencias.
Se crean los
Premios de Investigación en prevención del Abuso de Drogas de la Agencia
Antidroga.
Artículo 2. Objeto.
Los premios
tendrán por objeto el reconocimiento público de la labor investigadora
realizada por Entidades o personas en el campo de la prevención de
drogodependencias.
Artículo 3. Dotación
económica. ()
El premio estará
dotado con la cantidad de 24.040,48 euros.
Artículo 4. Composición del
jurado.
()
El
fallo de los premios corresponderá a un jurado cuya composición será la
siguiente:
- Presidente: El Presidente del
Consejo de Administración de la Agencia Antidroga o persona en quien delegue.
- Secretario: Un funcionario de
la Agencia Antidroga designado por el ilustrísimo señor Director-Gerente de la
Agencia Antidroga.
- Vocales: El Jefe del Servicio
de Evaluación e Investigación de la Agencia Antidroga, el Jefe del Servicio de
Prevención de la Agencia Antidroga, el Jefe del Servicio de Asistencia y
Reinserción de la Agencia Antidroga, un representante de la Agencia "Pedro
Laín Entralgo" para la Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de
la Comunidad de Madrid y un representante de las Universidades Públicas de
Madrid designado por el ilustrísimo señor Director-Gerente de la Agencia
Antidroga.
Artículo 5. Convocatoria.
La convocatoria
anual de los premios se hará mediante Orden del Consejero de Sanidad en la que
se establecerán las bases reguladoras correspondientes al mismo y que se harán
públicas antes del 15 de septiembre de cada año.
Artículo 6. Fallo.
El fallo de los
premios se hará antes del 15 de diciembre de cada año y se dará a conocer en
los treinta días siguientes.
DISPOSICIONES
FINALES
Primera.
Se autoriza al
Consejero de Sanidad a dictar las normas necesarias para el desarrollo del
presente Decreto, así como para la adaptación de la cuantía de los premios
prevista en el artículo tercero en las ediciones futuras.
Segunda.
Este Decreto
entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.