[ Disposición derogada ]

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

Decreto 234/2000

DECRETO DE CREACIÓN DE LOS PREMIOS DE INVESTIGACIÓN EN PREVENCIÓN DEL ABUSO DE DROGAS DE LA AGENCIA ANTIDROGA

 

Decreto 234/2000, de 19 de octubre, de creación de los Premios de Investigación en Prevención del Abuso de Drogas de la Agencia Antidroga. ([1])

 

 

 

En nuestra región se han venido desarrollando desde hace años distintas acciones, tanto institucionales como sociales en materia de prevención de drogodependencias, constituyendo uno de los objetivos prioritarios de la Agencia Antidroga el impulso y desarrollo de actividades preventivas del consumo de drogas.

En esta línea el artículo 2.b de la Ley 11/1996, de 19 de diciembre, de creación de la Agencia Antidroga de la Comunidad de Madrid, determina como competencia propia de este Organismo Autónomo «la promoción de cuantas actividades se generen en materia de prevención».

Uno de los mejores medios para llevar a cabo este propósito es el fomento de la investigación y realización de estudios que incorporen ideas nuevas en materia de prevención de drogodependencias, y contribuyan al progreso del Sistema Sanitario Autonómico, tal como se especifica asimismo en el artículo 106 de la Ley General de Sanidad.

Por todo ello la Agencia Antidroga, con el fin de promover una intervención preventiva que optimice los recursos de que dispone este Organismo Autónomo y produzca una protección eficaz respecto de las drogodependencias, desea fomentar e incentivar la realización de estudios de investigación en esta línea, consciente de que son motores del crecimiento futuro y una innegable inversión para la mejora del bienestar de la sociedad y para la eliminación futura de conductas adictivas.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Sanidad y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 g) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 19 de octubre de 2000, dispongo:

 

Artículo 1. Creación de los premios de investigación en prevención de drogodependencias.

 

Se crean los Premios de Investigación en prevención del Abuso de Drogas de la Agencia Antidroga.

 

Artículo 2. Objeto.

 

Los premios tendrán por objeto el reconocimiento público de la labor investigadora realizada por Entidades o personas en el campo de la prevención de drogodependencias.

 

Artículo 3. Dotación económica. ([2])

 

El premio estará dotado con la cantidad de 24.040,48 euros.

 

Artículo 4. Composición del jurado. ([3])

 

El fallo de los premios corresponderá a un jurado cuya composición será la siguiente:

 

- Presidente: El Presidente del Consejo de Administración de la Agencia Antidroga o persona en quien delegue.

- Secretario: Un funcionario de la Agencia Antidroga designado por el ilustrísimo señor Director-Gerente de la Agencia Antidroga.

- Vocales: El Jefe del Servicio de Evaluación e Investigación de la Agencia Antidroga, el Jefe del Servicio de Prevención de la Agencia Antidroga, el Jefe del Servicio de Asistencia y Reinserción de la Agencia Antidroga, un representante de la Agencia "Pedro Laín Entralgo" para la Formación, Investigación y Estudios Sanitarios de la Comunidad de Madrid y un representante de las Universidades Públicas de Madrid designado por el ilustrísimo señor Director-Gerente de la Agencia Antidroga.

 

Artículo 5. Convocatoria.

 

La convocatoria anual de los premios se hará mediante Orden del Consejero de Sanidad en la que se establecerán las bases reguladoras correspondientes al mismo y que se harán públicas antes del 15 de septiembre de cada año.

 

Artículo 6. Fallo.

 

El fallo de los premios se hará antes del 15 de diciembre de cada año y se dará a conocer en los treinta días siguientes.

 

DISPOSICIONES FINALES

 

Primera.

 

Se autoriza al Consejero de Sanidad a dictar las normas necesarias para el desarrollo del presente Decreto, así como para la adaptación de la cuantía de los premios prevista en el artículo tercero en las ediciones futuras.

 

Segunda.

 

Este Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.



[1] .- BOCM 30 de octubre de 2000. Modificado por:

-          Decreto 36/2002, de 21 de febrero, de modificación del Decreto 234/2000, de 19 de octubre (BOCM 4 de marzo de 2002)

-          Decreto 36/2005, de 31 de marzo, por el que se modifica la composición del jurado de los Premios de Investigación en Prevención de Drogodependencias de la Agencia Antidroga (BOCM 15 de abril de 2005).

[2] .- Redacción dada a este artículo por Decreto 36/2002, de 21 de febrero.

[3] .- Redacción dada a este artículo por Decreto 36/2005, de 31 de marzo.