Orden 52/2024, de 9 de mayo, de la
Consejería de Digitalización, por la que se aprueba el Plan Estratégico de
Subvenciones de la Consejería de Digitalización para el año 2024.
La Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo
8.1, con el carácter de legislación básica del Estado, que ʺlos órganos de
las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el
establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un
Plan Estratégico de Subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con
su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y
sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los
objetivos de estabilidad presupuestariaʺ.
En
idénticos términos se pronuncia el artículo 4.bis de la Ley
2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Igualmente,
según dispone el artículo 25 de la Ley
10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la
Comunidad de Madrid, los planes estratégicos de ayudas y subvenciones aprobados
deberán ser publicados en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, dentro
de los veinte días siguientes al de su aprobación.
En
atención a lo expuesto, la presente orden tiene por objeto proceder a la
aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización,
instrumento a través del cual se dan a conocer las distintas subvenciones que
va a otorgar esta consejería cuya convocatoria se va a producir durante el año
2024 aunque en algunos casos su proyección abarcará un período plurianual.
Las
subvenciones recogidas en este plan tienen en cuenta, entre otras, las
previsiones de la Estrategia Digital 2023-2026 de la Comunidad de Madrid
aprobada por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid el 29 de marzo de
2023 y del Plan de Capacitación Digital para los ciudadanos de la Comunidad de
Madrid 2022-2025, aprobado por el Consejo de Gobierno el 21 de diciembre de
2022.
El
contenido de este plan, conforme a lo dispuesto en el artículo 4.bis de la Ley
2/1995, de 8 de marzo, recoge tanto los objetivos estratégicos, que describen
el efecto e impacto que se espera lograr con la acción institucional durante el
período de vigencia del plan, como las líneas de subvención en las que se
concreta, explicitando para cada una de ellas las áreas de competencia afectadas
y sectores hacia los que se dirigen las ayudas, los objetivos y efectos que se
pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes
previsibles para su realización, las fuentes de financiación, el plan de
acción, el procedimiento de concesión, la partida presupuestaria y, finalmente,
el régimen de seguimiento y evaluación continua aplicable a las diferentes
líneas de subvenciones, determinando para cada línea de subvención un conjunto
de indicadores relacionados con los objetivos del plan.
En primer
lugar, de acuerdo a la prórroga de plazo establecida en el Real Decreto
1136/2023, de 19 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 988/2021,
de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las
comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de
diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y
centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, se recoge la línea de subvenciones correspondiente a la inversión
I2 del componente C15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(PRTR) en lo que se refiere al refuerzo para la conectividad en polígonos
industriales y centros logísticos.
En segundo
lugar, se establece una subvención dirigida a la ejecución de actuaciones
formativas dentro del marco del componente 19 ʺPlan nacional de
competencias digitales (Digital Skills)ʺ, con cargo al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España financiado
por la Unión Europea NextGenerationEU, para generar una vía de comunicación
para que las empresas y entidades que trabajan en el ámbito de la capacitación
digital pongan en valor sus capacidades, ejecutando acciones formativas dentro
del componente 19 ʺPlan nacional de competencias digitales (Digital
Skills)ʺ, contribuyendo de esta manera al desarrollo de la sociedad
digital.
En tercer
lugar, se incluye en el plan una subvención destinada al desarrollo de casos de
uso de Inteligencia Artificial aplicada a entornos industriales, dentro del
programa de Redes Territoriales de Especialización Tecnológica, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión
Europea NextGenerationEU, cuyo objetivo es apoyar proyectos de aplicación de
la Inteligencia Artificial en entornos industriales en empresas de la Comunidad
de Madrid.
En cuarto
lugar, se incluye una subvención destinada al desarrollo de programas
formativos en el ámbito de la Inteligencia Artificial, dentro del programa de
Redes Territoriales de Especialización Tecnológica, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea
NextGenerationEU, cuyo objetivo es apoyar iniciativas orientadas al desarrollo
de programas formativos de talento actual y futuro en el uso y aplicación de la
Inteligencia Artificial en entornos industriales.
En quinto
lugar, se mantienen durante un año más las subvenciones dirigidas a colectivos
vulnerables para la adquisición de bonos digitales, en el marco de la inversión
I3 del componente C15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
En sexto y
último lugar, se incluye una subvención dirigida a premiar las mejores
soluciones digitales innovadoras puestas en marcha por empresas emergentes
(startups) en diferentes áreas. Con ella se pretende reconocer la actividad
innovadora de este tipo de empresas en la Comunidad de Madrid y el impacto de
proyectos de carácter digital que ofrezcan soluciones disruptivas en sus áreas
de actuación, así como apoyar económicamente la consolidación de las entidades
premiadas y la expansión de las soluciones desarrolladas por ellas.
Las
actuaciones que se promueven a través de las subvenciones que contempla el
plan, sus objetivos y dotación económica, están en consonancia con los
definidos en los programas presupuestarios de la Consejería, conforme a los
principios contenidos en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.
En su
virtud, a propuesta de la Dirección General de Estrategia Digital, de
conformidad con lo previsto en los artículos 4.bis y 7.1.a) de la Ley 2/1995,
de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero.
Aprobación del Plan Estratégico de Subvenciones
Aprobar el
Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Digitalización para 2024,
cuyo texto se inserta a continuación como anexo.
Segundo.
Efectos
Esta orden
producirá efectos desde el momento de su firma.
Tercero.
Publicidad
La
presente orden se publicará en el Portal de Transparencia de la Comunidad de
Madrid, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el Sistema
Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas (Base de Datos
Nacional de Subvenciones).
ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA
CONSEJERÍA DE DIGITALIZACIÓN PARA EL PERIODO 2024-2026
I. Líneas
de subvención en régimen de concurrencia competitiva
I.1. Subvenciones dirigidas al refuerzo de la
conectividad en polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
I.2. Subvención dirigida a la ejecución de actuaciones
formativas dentro del marco del componente 19 ʺPlan nacional de
competencias digitales (Digital Skills)ʺ, con cargo al Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia del Gobierno de España financiado
por la Unión Europea NextGenerationEU:
A. Área
de competencia y sectores a los que se dirige:
El Decreto
261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización establece en su
artículo 6.1 las competencias de la Dirección General de Estrategia Digital en
materia de impulso de la economía digital y la digitalización de la sociedad en
la Comunidad de Madrid, más en concreto, tiene competencias en la promoción y
apoyo al desarrollo de la sociedad digital para los ciudadanos y la
coordinación y ejecución de las políticas de impulso de la sociedad de la
información, contribuyendo a la reducción de la brecha digital.
Se dirigen
a las entidades del tercer sector para que pongan en valor sus capacidades,
ejecutando acciones formativas destinadas a la ciudadanía.
B. Objetivos
y efectos perseguidos:
Los
objetivos perseguidos son la capacitación digital de la ciudadanía con la ejecución
de acciones formativas a través de las entidades sin ánimo de lucro, las ONG y
demás entidades del tercer sector, dentro del componente 19 ʺPlan nacional
de competencias digitales (Digital Skills)ʺ contribuyendo de esta manera
al desarrollo de la sociedad digital.
C. Plazo
de consecución:
Los
objetivos de esta línea de subvenciones se plantean para los años 2024, 2025 y
2026.
D. Costes
previsibles y fuente de financiación:
El crédito
disponible para esta subvención son 3.249.000 euros.
La financiación
se realizará con cargo al programa presupuestario 928M, subconcepto 48099 ʺOtras
instituciones sin fines de lucroʺ, financiado con el Mecanismo de
Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar incluido
en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, dentro del Componente
19 I01.
Su
distribución por anualidades será:
2024:
1.624.500 euros.
2025:
1.300.000 euros.
2026:
324.500 euros.
E. Plan
de acción:
Se trata
de conseguir que las empresas y entidades de la Comunidad de Madrid pongan en
valor sus capacidades ejecutando acciones formativas trabajando en el ámbito de
la capacitación.
Esta línea
de subvenciones se concede mediante el procedimiento simplificado de
concurrencia competitiva a tenor de lo establecido en el artículo 4.3.a) de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, mediante
el cual no existe la necesidad de órgano colegiado.
El órgano
concedente será el Consejero de Digitalización siendo el órgano instructor de
los expedientes la Dirección General de Estrategia Digital.
F. Seguimiento
y evaluación:
La
evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos que se persiguen con
estas ayudas se realizará teniendo en cuenta los siguientes indicadores: Número
de beneficiarios de las ayudas, grado de ejecución presupuestaria y número de
acciones subvencionables.
I.3. Subvenciones destinadas al desarrollo de casos de
uso de Inteligencia Artificial aplicada a entornos industriales, dentro del
programa de Redes Territoriales de Especialización Tecnológica, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión
Europea NextGenerationEU:
A. Área
de competencia y sectores a los que se dirige:
El Decreto
261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización establece en su
artículo 6.1 las competencias de la Dirección General de Estrategia Digital en
materia de impulso de la economía digital y digitalización de la sociedad, en
concreto, el impulso y apoyo a las empresas, así como el desarrollo de
programas para facilitar su transformación digital, en el uso de las
tecnologías y en la promoción de la capacitación digital en el tejido
empresarial, sin perjuicio de las competencias de otras consejerías.
Esta
subvención va dirigida a pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de
Madrid.
B. Objetivos
y efectos perseguidos:
El
objetivo de esta línea de subvenciones es apoyar proyectos de aplicación de la
Inteligencia Artificial en entornos industriales en empresas de la Comunidad de
Madrid, que tengan un efecto de demostración y que permitan activar la oferta y
la demanda de esta tecnología en la región, para lograr mejorar la
competitividad de las empresas.
C. Plazo
de consecución:
Los
objetivos de esta línea de subvenciones se plantean para los años 2024 y 2025.
D. Costes
previsibles y fuente de financiación:
El crédito
disponible será de 7.695.000 euros.
La
financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 928M,
subconcepto 77301 ʺA pequeñas y medianas empresasʺ, financiado en un
75 por 100 con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el
Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero
de 2021, al estar incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia, dentro del Componente 16 R1 y el resto con fondos de la Comunidad
de Madrid.
Su
distribución por anualidades será:
2024:
1.923.750 euros.
2025:
5.771.250 euros.
E. Plan
de acción:
Se trata
de conseguir una mayor competitividad de las empresas de la región mediante el
empleo de tecnologías disruptivas como la Inteligencia Artificial.
Esta línea
de subvenciones se concede mediante el procedimiento simplificado de
concurrencia competitiva a tenor de lo establecido en el artículo 4.3.a) de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, mediante
el cual no existe la necesidad de órgano colegiado.
El órgano
concedente será el Consejero de Digitalización siendo el órgano instructor de
los expedientes la Dirección General de Estrategia Digital.
F. Seguimiento
y evaluación:
La
evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos que se persiguen con
estas ayudas se realizará teniendo en cuenta los siguientes indicadores: Grado
de ejecución presupuestaria, número de empresas beneficiarias y número de casos
de uso implantados.
I.4. Subvenciones destinadas al desarrollo de
programas formativos en el ámbito de la Inteligencia Artificial, dentro del
programa de Redes Territoriales de Especialización Tecnológica, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión
Europea NextGenerationEU:
A. Área
de competencia y sectores a los que se dirige:
El Decreto
261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización establece en su
artículo 6.1 las competencias de la Dirección General de Estrategia Digital en
materia de impulso de la economía digital y digitalización de la sociedad, en concreto,
el impulso y apoyo a las empresas, así como el desarrollo de programas para
facilitar su transformación digital, en el uso de las tecnologías y en la
promoción de la capacitación digital en el tejido empresarial, la promoción del
desarrollo del sector digital en la Comunidad de Madrid, establecimiento de las
políticas que fomenten el desarrollo y la atracción del talento digital y el
fomento del conocimiento y la utilización, en las empresas de la Comunidad de
Madrid, de tecnologías informáticas disruptivas para la mejora de la
competitividad, sin perjuicio de las competencias de otras consejerías.
Esta
subvención va dirigida a las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de
Madrid.
B. Objetivos
y efectos perseguidos:
El
objetivo de esta línea de subvenciones es apoyar iniciativas orientadas al
desarrollo de programas formativos de talento actual y futuro en el uso y
aplicación de la Inteligencia Artificial en entornos industriales. Se trata de
facilitar la capacitación del personal y de esta forma aportar flexibilidad a
las empresas para adaptarse a las disrupciones tecnológicas.
De forma
especial se apoyarán los programas formativos dirigidos a colectivos
necesitados o infrarrepresentados, con la finalidad de reducir la brecha
digital y su infra-capacitación.
C. Plazo
de consecución:
Los
objetivos de esta línea de subvenciones se plantean para los años 2024 y 2025.
D. Costes
previsibles y fuente de financiación:
El crédito
disponible será de 2.237.777,78 euros.
La
financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 928M,
subconcepto 47300 ʺTransferencias corrientes a empresas privadasʺ,
financiado en un 75 por 100 con el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia,
establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia dentro del Componente 16 R1 y el
resto con fondos de la Comunidad de Madrid.
Su
distribución por anualidades será:
2024:
559.444,00 euros.
2025:
1.678.333,78 euros.
E. Plan
de acción:
Se trata
de conseguir una mayor capacitación de los ciudadanos y como consecuencia una
mejora en la competitividad de las empresas de la región mediante el empleo de
tecnologías disruptivas como la Inteligencia Artificial.
Esta línea
de subvenciones se concede mediante el procedimiento simplificado de
concurrencia competitiva a tenor de lo establecido en el artículo 4.3.a) de la
Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid, mediante
el cual no existe la necesidad de órgano colegiado.
El órgano
concedente será el Consejero de Digitalización siendo el órgano instructor de
los expedientes la Dirección General de Estrategia Digital.
F. Seguimiento
y evaluación:
La
evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos que se persiguen con
estas ayudas se realizará teniendo en cuenta los siguientes indicadores: Grado
de ejecución presupuestaria, número de personas formadas y número de horas de
formación impartidas.
I.5. Subvenciones dirigidas a colectivos vulnerables
para la adquisición de bonos digitales, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia.
I.6. Subvenciones dirigidas a premiar las
mejores soluciones digitales innovadoras puestas en marcha por startups en
diferentes áreas:
A. Área
competencial y sectores a los que se dirige:
El Decreto
261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Digitalización, establece, entre las
competencias de la Dirección General de Estrategia Digital en materia de transformación
digital, gobernanza e impulso de las telecomunicaciones, la promoción de la
transformación digital a través de la articulación y tramitación de
subvenciones.
Esta
subvención va dirigida a startups de la Comunidad de Madrid.
B. Objetivos
y efectos:
El
objetivo de esta línea de subvenciones, destinado a empresas emergentes
(startups) es reconocer la actividad innovadora de las startups en la Comunidad
de Madrid y el impacto de proyectos de carácter digital que ofrezcan soluciones
disruptivas en sus áreas de actuación, así como apoyar económicamente la
consolidación de las entidades premiadas y la expansión de las soluciones
desarrolladas por ellas.
C. Plazo:
Los
objetivos de esta línea de subvenciones se plantean para el año 2024.
D. Costes
previsibles y fuente de financiación:
La
financiación se realizará con cargo al programa presupuestario 928M,
subconcepto 49000, concepto 490, artículo 49 del capítulo 4, ʺModernización,
dinamización y difusión tecnológicaʺ.
El crédito
propuesto será de 150.000 euros en la anualidad de 2024.
E. Plan
de acción:
Estas
subvenciones se regirán por las bases reguladoras vigentes en el momento de su
convocatoria.
Se trata
de subvenciones concedidas mediante el procedimiento de concurrencia
competitiva, conforme a los principios de publicidad, transparencia,
objetividad, igualdad y no discriminación.
La
resolución de concesión o denegación de las ayudas solicitadas corresponde al
titular de la Consejería que ostenta las competencias en materia de promoción
de la transformación digital a través de la articulación y tramitación de
subvenciones.
F. Seguimiento
y evaluación:
Los
indicadores que permitirán verificar el grado de cumplimiento de este plan
serán el número de actuaciones subvencionadas y el grado de ejecución
presupuestaria.
I.7. Subvención dirigida a la ejecución
del programa de redes territoriales de especialización tecnológica, en el marco
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
A) Área
competencial y sectores a los que se dirige.
El Decreto
261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno estableció la estructura
orgánica de la Consejería de Digitalización, y recoge entre las competencias de
la Dirección General de Estrategia Digital la promoción y desarrollo del sector
digital de la Comunidad de Madrid, el fomento del emprendimiento y la
innovación en el ámbito digital y el fomento del conocimiento y la utilización,
en las empresas de la Comunidad de Madrid, de tecnologías informáticas
disruptivas para la mejora de la competitividad, sin perjuicio de las
competencias de otras consejerías; así como el impulso y apoyo a las empresas,
así como el desarrollo de programas para facilitar su transformación digital,
en el uso de las tecnologías y en la promoción de la capacitación digital en el
tejido empresarial.
Podrán ser
beneficiarias las pequeñas y medianas empresas que desarrollen su actividad en
el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, que cumplan los requisitos
para obtener la condición de beneficiarias.
B)
Objetivos y efectos.
El
objetivo de esta subvención es mejorar la competitividad de las pequeñas y
medianas empresas de la Comunidad de Madrid mediante la automatización y
optimización de los procesos industriales, a través de la implementación de
casos de uso de tecnología Blockchain y acelerar la adopción de tecnologías
Blockchain por parte de las pequeñas y medianas empresas de la región.
Esta línea
de subvenciones ayudará a favorecer la transformación digital y la innovación.
C) Plazo.
Los
objetivos de esta línea de subvenciones se plantean para el año 2025.
D) Costes
previsibles y fuente de financiación.
La
financiación se realizará con cargo a la partida 77301 A pequeñas y medianas
empresas, del Programa 928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid en 2024.
El crédito
propuesto será de 2.032.220 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el
gasto en 2025.
E) Plan de
acción.
Estas
subvenciones se regirán por las bases reguladoras vigentes en el momento de su
convocatoria.
Esta línea
de subvenciones se resolverá por orden de entrada de las solicitudes en el
registro del órgano competente para su tramitación, una vez que el expediente
esté completo y se compruebe el cumplimiento de los requisitos establecidos.
El órgano
concedente será la Consejería de Digitalización, siendo el órgano instructor de
los expedientes la Dirección General de Estrategia Digital.
La
resolución de concesión o denegación de las ayudas solicitadas corresponde al
titular de la citada Consejería.
F)
Seguimiento y evaluación.
Los
indicadores que permitirán verificar el grado de cumplimiento serán el número
de actuaciones a realizar por los entes destinatarios de la subvención y el
grado de ejecución presupuestaria.
Los
sistemas de evaluación serán:
Cumplimiento de los objetivos fijados.
Grado de
ejecución presupuestaria.
I.8. Subvención de apoyo a las
agrupaciones empresariales de innovación digital (AEID) de la Comunidad de
Madrid para promover la competitividad de las pymes y de la economía de la
región en general.
A) Área
competencial y sectores a los que se dirige.
El Decreto
261/2023, de 29 de noviembre, del Consejo de Gobierno estableció la estructura
orgánica de la Consejería de Digitalización, y recoge entre las competencias de
la Dirección General de Estrategia Digital la promoción y desarrollo del sector
digital de la Comunidad de Madrid, el fomento del emprendimiento y la
innovación en el ámbito digital y el fomento del conocimiento y la utilización,
en las empresas de la Comunidad de Madrid, de tecnologías informáticas
disruptivas para la mejora de la competitividad, sin perjuicio de las
competencias de otras consejerías; así como el impulso y apoyo a las empresas,
así como el desarrollo de programas para facilitar su transformación digital,
en el uso de las tecnologías y en la promoción de la capacitación digital en el
tejido empresarial.
Podrán ser
beneficiarias las agrupaciones empresariales de innovación digital que
desarrollen su principal actividad económica en la Comunidad de Madrid y
cumplan los requisitos previstos para obtener la condición de beneficiarias.
B)
Objetivos y efectos.
El
objetivo de esta subvención es mejorar la competitividad de las pequeñas y
medianas empresas de la Comunidad de Madrid mediante el apoyo a organizaciones
empresariales que favorecen la innovación digital de sus miembros, apoyar el
funcionamiento y la inversión de las agrupaciones empresariales de innovación
digital para que actúen como elementos dinamizadores en los procesos de
digitalización, así como favorecer el desarrollo de proyectos de investigación
realizados por las agrupaciones empresariales, dentro de las áreas de
investigación industrial, desarrollo experimental y estudios de viabilidad.
C) Plazo.
Los
objetivos de esta línea de subvenciones se plantean para el año 2025.
D) Costes
previsibles y fuente de financiación.
La
financiación se realizará con cargo a la partida 49000 Modernización,
Dinamización y Difusión Tecnológica, del Programa 928M de los Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid en 2024.
El crédito
propuesto será de 1.000.000 euros en la anualidad 2025, estimándose realizar el
gasto en 2025.
E) Plan de
acción.
Estas
subvenciones se regirán por las bases reguladoras vigentes en el momento de su
convocatoria.
Esta línea
de subvenciones se resolverá mediante un único criterio, el número de pymes que
forman parte de la AEID.
El órgano
concedente será la Consejería de Digitalización, siendo el órgano instructor de
los expedientes la Dirección General de Estrategia Digital.
La
resolución de concesión o denegación de las ayudas solicitadas corresponde al
titular de la citada Consejería.
F)
Seguimiento y evaluación.
Los
indicadores que permitirán verificar el grado de cumplimiento serán el número
de actuaciones a realizar por los entes destinatarios de la subvención y el
grado de ejecución presupuestaria.
Los
sistemas de evaluación serán:
Cumplimiento de los objetivos fijados.
Grado de
ejecución presupuestaria.
II. Líneas
de subvención en régimen de concurrencia no competitiva
II.1. Subvenciones dirigidas al refuerzo de la conectividad en
polígonos industriales y centros logísticos, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia
A) Área competencial y
sectores a los que se dirige:
El Decreto 261/2023, de 29
de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Digitalización, establece, entre las competencias
de la Dirección General de Estrategia Digital, la promoción de la
transformación digital a través de la articulación y tramitación de
subvenciones.
Los sectores a los que se
dirigen son los industriales, logísticos, y empresariales, de acuerdo con lo
definido con mayor detalle en los artículos 12 y 13 del Real Decreto 988/2021,
de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las
comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de
diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y
centros logísticos, en el marco del Plan de Recuperación.
B) Objetivos y efectos
perseguidos:
El objetivo es potenciar la
conectividad y el despliegue de infraestructuras de red en polígonos
industriales y centros logísticos, así como en otras áreas de alta
concentración empresarial, especialmente en ámbitos rurales y zonas afectadas
por el reto demográfico, con el fin de impulsar la sociedad del Gigabit y
ofrecer soluciones de conectividad a proyectos de carácter innovador de
digitalización sectoriales, de acuerdo a lo contemplado en la inversión I2 del
componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Este objetivo se fijó en el
anexo I del mencionado Real Decreto 988/2021.
C) Plazo:
Los objetivos de esta línea
de subvenciones se plantean para 2024.
D) Costes previsibles
y fuente de financiación:
La financiación se
realizará con cargo al programa presupuestario 928M, subconcepto 79000,
Modernización, dinamización y difusión tecnológica, procedentes del programa
UNICO Industria y Empresas, financiado con el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo
y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al estar incluido en el Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El crédito propuesto será
de 7.342.500 euros en la anualidad de 2024.
E) Plan de acción:
Estas subvenciones se
regularán por las bases reguladoras vigentes en el momento de su convocatoria.
La resolución del
procedimiento corresponde al Consejero de Digitalización. El órgano instructor
será la Dirección General de Estrategia Digital de la Consejería de
Digitalización.
El procedimiento de
concesión será el de concurrencia no competitiva, conforme a los principios de
publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación. La línea
de ayuda que se propone, contemplada en el artículo 12 del Real Decreto
988/2021 de 16 de noviembre (línea 3), por no requerir una valoración
comparativa entre las distintas propuestas. El procedimiento de concesión de
las ayudas será por riguroso orden de presentación de las solicitudes hasta el
agotamiento del crédito presupuestario asignado en la convocatoria
correspondiente.
F) Seguimiento y
evaluación:
Los indicadores que
permitirán verificar el grado de cumplimiento de este plan serán el número de
actuaciones subvencionadas y el grado de ejecución presupuestaria.
El objetivo a cumplir por
la Comunidad de Madrid será el establecido en el anexo I según el Real Decreto
988/2021, de 16 de noviembre, y sus modificaciones posteriores, teniendo como
horizonte temporal para su consecución el 31 de diciembre de 2024.
El cumplimiento de esta
exigencia se utilizará como indicador en el seguimiento y evaluación de la
actuación.
II.2. Subvenciones dirigidas a la mejora
de las infraestructuras de telecomunicaciones en edificios, en el marco del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
A) Área competencial y
sectores a los que se dirige:
El Decreto 261/2023, de 29
de noviembre, del Consejo de Gobierno estableció la estructura orgánica de la
Consejería de Digitalización, y recoge entre las competencias de la Dirección
General de Estrategia Digital, favorecer la implantación de infraestructuras
claves para el desarrollo digital de la Comunidad de Madrid y garantizar la
conectividad digital a los ciudadanos.
El Real Decreto 990/2021,
de 16 de noviembre, aprobó la concesión directa de ayudas a las comunidades
autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de diversas
actuaciones de mejora de las infraestructuras de telecomunicaciones en
edificios, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Dicho Real Decreto ha sido modificado por el Real Decreto 1137/2023, de 19 de
diciembre y por el Real Decreto 522/2024, de 4 de junio.
Los sectores a los que se
dirige son las comunidades de propietarios, de un edificio o conjunto de
edificaciones, sujetos a propiedad horizontal, y las entidades del sector
público, que precisen adaptar las instalaciones de telecomunicaciones en el
interior de edificios o conjunto de edificaciones, así como a las entidades que
conforman la administración local cuando se trate de edificaciones que se
localicen en su respectivo ámbito territorial.
B) Objetivos y
efectos:
El objetivo de esta línea
de subvenciones es compensar los costes derivados de la mejora de las
instalaciones de telecomunicaciones en las edificaciones sujetas al régimen de
propiedad horizontal que no dispongan de una infraestructura común de
telecomunicaciones, los costes de adaptación de las instalaciones de
telecomunicaciones en el interior de los edificios.
Las líneas de ayuda se
destinarán a cubrir las inversiones y gastos relacionados con las siguientes
actuaciones:
a) Infraestructura de comunicaciones
adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión digital y Banda Ancha
Ultrarrápida (instalación completa).
b) Infraestructura de comunicaciones
adaptada para Radiodifusión Sonora, Televisión digital y Banda Ancha
Ultrarrápida (instalación parcial).
c) Infraestructura de comunicaciones
adaptada, exclusivamente, para Banda Ancha Ultrarrápida.
C) Plazo:
Los objetivos de esta línea
de subvenciones se plantean para el año 2024.
D) Costes previsibles
y fuente de financiación:
La financiación se
realizará con cargo al programa presupuestario 928M, subconceptos 78099 ʺOtras
instituciones sin ánimo de lucroʺ; 74109 ʺA otros entes públicosʺ;
70399 ʺA otras entidades públicasʺ; y 76309 ʺCorporaciones
Localesʺ, procedentes del Programa UNICO Edificios, financiado con el
Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, establecido por el Reglamento (UE)
2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, al
estar incluido en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
El crédito propuesto será
de 8.243.400 euros en la anualidad 2024.
E) Plan de acción:
Estas subvenciones se
regirán por las bases reguladoras vigentes en el momento de su convocatoria.
Esta línea de subvenciones
se resolverá por orden de entrada de las solicitudes en el registro del órgano
competente para su tramitación, una vez que el expediente esté completo y se
compruebe el cumplimiento de los requisitos establecidos.
El órgano concedente será
el Consejero de Digitalización, siendo el órgano instructor de los expedientes
la Dirección General de Estrategia Digital.
La resolución de concesión
o denegación de las ayudas solicitadas corresponde al titular de la citada
Consejería.
F) Seguimiento y
evaluación:
Los indicadores que
permitirán verificar el grado de cumplimiento de este Plan serán el número de
actuaciones subvencionadas y el grado de ejecución presupuestaria.
Según el Real Decreto
522/2024, de 4 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 990/2021, de 16
de noviembre, el objetivo a cumplir establecido para la Comunidad de Madrid es
la ejecución de al menos 794 actuaciones, teniendo como horizonte temporal para
su consecución el cuarto trimestre de 2024.
El cumplimiento de esta
exigencia se utilizará como indicador en el seguimiento y evaluación de la
actuación.
II.3. Subvenciones dirigidas a la
ejecución del programa de emisión de bonos de conectividad digital para
colectivos calificados como económicamente vulnerables, a los solos efectos de
la obtención del bono digital, en el marco del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia
A) Área competencial y
sectores a los que se dirige:
El Decreto 261/2023, de 29
de noviembre, del Consejo de Gobierno estableció la estructura orgánica de la
Consejería de Digitalización, y recoge entre las competencias de la Dirección
General de Estrategia Digital favorecer la implantación de infraestructuras
claves para el desarrollo digital de la Comunidad de Madrid y garantizar la
conectividad digital a los ciudadanos.
El Real Decreto 989/2021,
de 16 de noviembre, aprobó la concesión directa a las comunidades autónomas y a
las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución del programa de
emisión de bonos digitales para colectivos vulnerables, en el marco del Plan de
Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dicho Real Decreto ha sido
modificado por el Real Decreto 1134/2023, de 19 de diciembre y por el Real
Decreto 521/2024, de 4 de junio.
Podrán ser beneficiarias
las personas físicas de unidades familiares que, a los efectos del programa,
hayan sido calificadas como integrantes de colectivos vulnerables y que residan
en territorio de la Comunidad de Madrid.
B) Objetivos y efectos:
El objetivo de esta línea
de subvenciones es financiar los gastos necesarios para que los colectivos
vulnerables accedan a los servicios de banda ancha, o realicen el mantenimiento
de los ya contratados, a través de un bono digital, contemplado en la inversión
I3 del componente 15 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Este objetivo ha sido
fijado, en el anexo I del mencionado Real Decreto 989/2021, de 16 de noviembre,
en 10.632 bonos.
El bono digital contribuirá
a financiar la contratación de nuevos servicios de conexión a banda ancha o el
mantenimiento de los ya contratados, desde una ubicación fija con una velocidad
mínima de 30 Mbps en sentido descendente, en condiciones de máxima demanda con
la tecnología más adecuada en cada caso para personas o unidades familiares
identificadas como vulnerables.
Esta línea de subvenciones
ayudará a conseguir la eliminación de brechas en el acceso a la digitalización
de colectivos especialmente vulnerables
C) Plazo:
Los objetivos de esta línea
de subvenciones se plantean para los años 2024 y 2025.
D) Costes previsibles
y fuente de financiación:
El crédito propuesto será
de 2.523.360,00 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el gasto en
2024 y 2025.
E) Plan de acción:
Estas subvenciones se
regirán por las bases reguladoras vigentes en el momento de su convocatoria.
Esta línea de subvenciones
se resolverá por orden de entrada de las solicitudes en el registro del órgano
competente para su tramitación, una vez que el expediente esté completo y se
compruebe el cumplimiento de los requisitos establecidos.
El órgano concedente será
el Consejero de Digitalización, siendo el órgano instructor de los expedientes
la Dirección General de Estrategia Digital.
La resolución de concesión
o denegación de las ayudas solicitadas corresponde al titular de la citada
Consejería.
F) Seguimiento y
evaluación:
Los indicadores que
permitirán verificar el grado de cumplimiento de este Plan serán el número de
actuaciones subvencionadas y el grado de ejecución presupuestaria.
Según el anexo I del Real
Decreto 989/2021, de 16 de noviembre, el objetivo a cumplir establecido para la
Comunidad de Madrid es la realización de 10.632 actuaciones.
El cumplimiento de esta
exigencia se utilizará como indicador en el seguimiento y evaluación de la
actuación.
II.4. Subvenciones para la concesión de
ayudas a entidades miembro del European Digital Innovation Hub Madrid Region
(EDIH Madrid Region) para la prestación de servicios de digitalización en favor
de entidades del sector público de la Comunidad de Madrid.
A. Área competencial y
sectores a los que se dirige.
El Decreto 261/2023, de 29
de noviembre, del Consejo de Gobierno estableció la estructura orgánica de la
Consejería de Digitalización, y recoge entre las competencias de la Dirección
General de Estrategia Digital la promoción y desarrollo del sector digital de
la Comunidad de Madrid, el establecimiento de las políticas que fomenten el
desarrollo y atracción del talento digital y el fomento del conocimiento y la
utilización, en las empresas de la Comunidad de Madrid, de tecnologías
informáticas disruptivas para la mejora de la competitividad, sin perjuicio de
las competencias de otras consejerías; así como el apoyo a las Entidades
Locales en todo lo referente a la modernización, innovación y proceso de
transformación digital, sin perjuicio de las competencias de otros centros
directivos, impulsando el desarrollo de los servicios y gobierno digitales,
fomentando el uso de plataformas comunes y la reutilización de activos
digitales, en colaboración con la consejería competente en materia de
Administración Local.
Podrán ser beneficiarios
los entes que conforman EDIH Madrid Region que cumplan los requisitos para
obtener la condición de beneficiario.
B. Objetivos y efectos.
El objetivo de esta
subvención es la realización de servicios de digitalización en favor de
entidades del sector público de la Comunidad de Madrid.
Dichos servicios
contribuirán a los fines propios de cada una de esas entidades, conforme a sus
normas de creación, estatutos o actos fundacionales.
La implementación de
tecnologías digitales en la administración pública supone la modernización de
los procesos administrativos y la adopción de tecnologías innovadoras,
mejorando la eficiencia en la prestación de servicios, la optimización de los
recursos y la transparencia en la gestión.
Esta línea de subvenciones
ayudará a conseguir la incorporación y mejora de la digitalización en el sector
público.
C. Plazo.
Los objetivos de esta línea
de subvenciones se plantean para los años 2024 y 2025.
D. Costes previsibles
y fuente de financiación.
La financiación se
realizará con cargo a la partida 49000 Modernización, Dinamización y Difusión
Tecnológica, del Programa 928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid en 2024.
El crédito propuesto será
de 596.519,00 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el gasto en 2024
y 2025.
E. Plan de acción.
Estas subvenciones se
regirán por las bases reguladoras vigentes en el momento de su convocatoria.
Esta línea de subvenciones
se resolverá por orden de entrada de las solicitudes en el registro del órgano
competente para su tramitación, una vez que el expediente esté completo y se
compruebe el cumplimiento de los requisitos establecidos.
El órgano concedente será
el Consejero de Digitalización, siendo el órgano instructor de los expedientes
la Dirección General de Estrategia Digital.
La resolución de concesión
o denegación de las ayudas solicitadas corresponde al titular de la citada
Consejería.
F. Seguimiento y
evaluación.
Los indicadores que
permitirán verificar el grado de cumplimiento el número de acciones a realizar
por los entes destinatarios de la subvención.
Los sistemas de evaluación
serán:
Cumplimiento de los
objetivos fijados.
Grado de ejecución
presupuestaria.
III. Líneas de subvención de concesión directa.
III.1. Subvención dirigida al Clúster de
Blockchain de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de actividades
tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad
en esta área de conocimiento del tejido productivo de la Comunidad de Madrid.
A) Objetivos y efectos.
El objetivo de esta
subvención es dotar de financiación al Clúster de Blockchain de la Comunidad de
Madrid, considerado estratégico para la economía digital regional con el fin de
financiar el desarrollo de actividades tendentes a potenciar el desarrollo
tecnológico, la innovación y la competitividad en esta área de conocimiento del
tejido productivo de la Comunidad de Madrid.
B) Costes previsibles y
fuente de financiación.
La financiación se
realizará con cargo a la partida 48090 Cluster de Blockchain, del Programa
928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en 2024.
El crédito propuesto será
de 200.000 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el gasto en 2024.
III.2. Subvención dirigida al Clúster de
Inteligencia Artificial de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de
actividades tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la
competitividad en esta área de conocimiento del tejido productivo de la
Comunidad de Madrid.
A) Objetivos y efectos.
El objetivo de esta
subvención es dotar de financiación al Clúster de Inteligencia Artificial de la
Comunidad de Madrid, considerado estratégico para la economía digital regional
con el fin de financiar el desarrollo de actividades tendentes a potenciar el
desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad en esta área de
conocimiento del tejido productivo de la Comunidad de Madrid.
B) Costes previsibles y
fuente de financiación.
La financiación se
realizará con cargo a la partida 48091 Cluster de Inteligencia Artificial,
del Programa 928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en
2024.
El crédito propuesto será
de 200.000 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el gasto en 2024.
III.3. Subvención dirigida al Clúster de
Internet de las Cosas de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de
actividades tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la
competitividad en esta área de conocimiento del tejido productivo de la
Comunidad de Madrid.
A) Objetivos y efectos.
El objetivo de esta
subvención es dotar de financiación al Clúster de Internet de las Cosas de la
Comunidad de Madrid, considerado estratégico para la economía digital regional
con el fin de financiar el desarrollo de actividades tendentes a potenciar el
desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad en esta área de
conocimiento del tejido productivo de la Comunidad de Madrid.
B) Costes previsibles y
fuente de financiación.
La financiación se
realizará con cargo a la partida 48092 Cluster de Internet de las Cosas, del
Programa 928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en 2024.
El crédito propuesto será
de 200.000 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el gasto en 2024.
III.4. Subvención dirigida al Clúster de
Transformación Digital de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de
actividades tendentes a acelerar la transformación digital del tejido productivo
de la Comunidad de Madrid.
A) Objetivos y efectos.
El objetivo de esta
subvención es dotar de financiación al Clúster de Transformación Digital de la
Comunidad de Madrid, considerado estratégico para la economía digital regional
con el fin de financiar el desarrollo de actividades tendentes a potenciar el
desarrollo tecnológico, la innovación y la competitividad en esta área de
conocimiento del tejido productivo de la Comunidad de Madrid.
B) Costes previsibles y
fuente de financiación.
La financiación se
realizará con cargo a la partida 48093 Cluster de Transformación Digital, del
Programa 928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid en 2024.
El crédito propuesto será
de 200.000 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el gasto en 2024.
III.5. Subvención dirigida al Clúster de
Computación Cuántica de la Comunidad de Madrid para el desarrollo de
actividades tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la
competitividad, en esta área de conocimiento, del tejido productivo de la
Comunidad de Madrid.
A) Objetivos y efectos.
El objetivo de esta
subvención tramitada como Convenio de Colaboración, es colaborar con el Clúster
de Computación Cuántica de la Comunidad de Madrid considerado estratégico para
la economía digital regional con el fin de financiar el desarrollo de
actividades tendentes a potenciar el desarrollo tecnológico, la innovación y la
competitividad en esta área de conocimiento del tejido productivo de la
Comunidad de Madrid.
B) Costes previsibles y
fuente de financiación.
La financiación se
realizará con cargo a la partida 49000 Modernización, Dinamización y Difusión
Tecnológica, del Programa 928M de los Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid en 2024.
El crédito propuesto será
de 200.000 euros en la anualidad 2024, estimándose realizar el gasto en 2024.
Este documento no tiene valor
jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la
publicación oficial.