Orden 247/2024, de 27 de febrero, de la
Consejería de Sanidad, por la que se aprueba el Plan Estratégico de
Subvenciones 2024 de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid. ()
El artículo 4 bis de la Ley
2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece
que los órganos competentes que propongan el establecimiento de subvenciones,
con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones
los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario
para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación,
supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad
presupuestaria.
En su virtud, y de conformidad con lo
previsto en el artículo 50.3 de la Ley
1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid,
DISPONGO
Primero
Aprobar el Plan Estratégico de
Subvenciones 2024 de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, que se
incorpora como Anexo de la presente Orden.
Segundo
Esta Orden entrará en vigor el mismo día
de su firma.
ANEXO
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2024 DE
LA CONSEJERÍA DE SANIDAD DE LA COMUNIDAD DE MADRID
1. Introducción
Una parte importante de la actividad
financiera del sector público se dirige al fomento de proyectos de interés
público, social, económico y humanitario mediante la concesión de subvenciones
a personas físicas, asociaciones y otras entidades que desarrollan actividades
dirigidas a la satisfacción de demandas sociales y económicas.
Con el fin de mejorar la eficacia en el
otorgamiento de estas ayudas, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, establece la necesidad de elaborar previamente un plan
estratégico de subvenciones que permita una conexión entre los objetivos y
efectos que se pretenden conseguir, los costes previsibles y sus fuentes de
financiación, supeditándose a los objetivos de estabilidad presupuestaria. Esta
obligación también se recoge en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad de Madrid.
El presente Plan Estratégico de
Subvenciones 2024 da continuidad a los objetivos de los precedentes, haciendo
de la calidad asistencial, la prevención y la promoción de la salud y la
humanización los pilares esenciales de todas las actuaciones de la Consejería
de Sanidad. Para su consecución, la Viceconsejería de Sanidad velará por la
adecuada coordinación y seguimiento de las subvenciones de forma transversal.
La Consejería de Sanidad de la Comunidad
de Madrid mantiene un marco de colaboración con otras instancias de la
Administración Pública y con la sociedad civil, que se rige por los principios
generales de la acción subvencionada: publicidad, transparencia, concurrencia,
objetividad, igualdad y no discriminación, eficacia en el cumplimiento de
objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos.
Este marco de colaboración se concreta
en el establecimiento de una política de subvenciones orientada a la mejora de
la salud y de la calidad de vida de los ciudadanos de la Comunidad de Madrid y,
en concreto, a fomentar el asociacionismo y la participación ciudadana,
impulsar la sensibilización de la sociedad y favorecer la humanización de la
asistencia socio-sanitaria, con especial atención a las patologías prevalentes
o trascendentes, así como a los grupos sociales más vulnerables o
desfavorecidos.
Además, también se contemplan otras
líneas de subvención dirigidas a la realización de proyectos que desarrollen
actuaciones de promoción de la salud y educación sanitaria mediante programas
de información y formación, así como la difusión de actitudes saludables y de
organización y ayuda ante ciertas patologías y colectivos específicos, con el
objetivo de aumentar la cercanía y el trato más humano de las actuaciones
llevadas a cabo por las instituciones sanitarias.
Dicha política se concreta en líneas de
acción subvencionada dirigidas a ámbitos considerados prioritarios en sanidad,
tales como:
Asociaciones
y entidades sin ánimo de lucro y colectivos de especial riesgo.
Asociaciones
de pacientes y de familiares que se constituyen en grupos de ayuda mutua y
autocuidados.
Humanización
de la asistencia sanitaria como principio básico.
Salud
mental y prevención de adicciones en población infantojuvenil.
Actuaciones
de promoción de la salud desarrolladas por las Corporaciones Locales.
2. Naturaleza jurídica
El Plan Estratégico de Subvenciones se
configura como un instrumento de gestión de carácter programático, de
planificación, carente de carácter normativo y cuyo contenido no crea derechos
ni obligaciones. Su efectividad queda condicionada a las disponibilidades
presupuestarias.
Este Plan no supone la generación de
derecho alguno a favor de los potenciales beneficiarios, que no podrán exigir
indemnización o compensación alguna en caso de que no se lleve a la práctica.
Así pues, el Plan se presenta como una guía que, dentro del marco normativo
preestablecido, marca la pauta a seguir en la línea de fomento de actividades
de interés general.
El establecimiento de subvenciones queda
supeditado al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria, como
establecen los artículos 8 y 4 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones, y de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de
la Comunidad de Madrid, respectivamente; por lo que las consignaciones
presupuestarias que se aprueben y los instrumentos de concesión se acomodarán
en cada momento a dichos objetivos.
3. Marco normativo competencial
De acuerdo con lo establecido en el
artículo 28 del Estatuto
de Autonomía de la Comunidad de Madrid, corresponde a esta la ejecución de
la legislación del Estado en varias materias, entre las que se encuentra la
gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social y de los productos
farmacéuticos.
La Ley
12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de
Madrid, establece en su artículo 10.1 que la dirección, planificación y
programación del sistema sanitario es competencia del Gobierno de la Comunidad
de Madrid y se ejecuta a través de los órganos competentes de la Consejería de
Sanidad.
Esta desarrollará, entre otras
funciones, la fijación de los objetivos de salud, así como de actividad,
calidad y financiación con cargo a los créditos presupuestarios.
Asimismo, el artículo 7 de la Ley
2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, dispone que
son órganos competentes para conceder subvenciones, en el ejercicio de sus
actividades, entre otros, los Consejeros en el ámbito de la consejería
correspondiente y de los órganos de gestión sin personalidad jurídica dependientes
de ella.
Por todo ello, las líneas de subvención
recogidas en el presente Plan serán gestionadas por los siguientes Centros
Directivos:
Dirección
General de Humanización, Atención y Seguridad del Paciente. De acuerdo con el
artículo 4, apartado k), del Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Sanidad, corresponde a la Dirección General de Humanización, Atención y
Seguridad del Paciente la promoción de la participación de los pacientes como
eje fundamental del sistema sanitario, a través de la relación, en materia
sanitaria, con las asociaciones de pacientes.
Dirección
General de Salud Pública. De acuerdo con el artículo 10, apartados a) y b), del
Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, corresponde a la
Dirección General de Salud Pública la promoción de la salud a través de cuantas
actividades se generen de interés individual, familiar y social en colaboración
con la Dirección General Asistencial del Servicio Madrileño de Salud y otros
órganos de la Comunidad de Madrid, corporaciones locales y otras Instituciones;
y la planificación, coordinación y desarrollo de estrategias en educación para
la salud con el objetivo de promover unos hábitos de vida saludables que
contribuyan a preservar y promover un buen estado de salud y calidad de vida de
la población en las diferentes etapas de la vida, en colaboración con otros
órganos de la Comunidad de Madrid, corporaciones locales y otras instituciones.
Dirección
General Asistencial. De acuerdo con el artículo 2, apartados a), b), c), d) e
i), del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, por el que se establece la
estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, corresponde a la
Dirección General Asistencial la superior dirección de los centros y
organizaciones sanitarias adscritos de su ámbito de actuación, integrados en el
Servicio Madrileño de Salud, sin perjuicio de lo previsto en la Ley
11/2017, de 22 de diciembre, de Buen Gobierno y Profesionalización de la
Gestión de los Centros y Organizaciones Sanitarias del Servicio Madrileño de
Salud; la organización de la actividad y la fijación de criterios asistenciales
del Servicio Madrileño de Salud y de los entes públicos vinculados, sin
perjuicio de lo previsto en la Ley 11/2017, de 22 de diciembre; la definición y
descripción de los procesos y servicios sanitarios que presta el Servicio
Madrileño de Salud, su actualización y desarrollo; la elaboración, seguimiento,
evaluación y control de objetivos e indicadores asistenciales, así como la
gestión de las medidas necesarias para su cumplimiento efectivo; y la superior
dirección de la Gerencia del SUMMA-112 y de las demás previstas en la
disposición adicional primera del citado Decreto, así como de los Servicios de
Urgencia-SUMMA 112 dentro del ámbito de competencias de la Consejería de
Sanidad, sin perjuicio de las competencias de otros órganos de la Comunidad de
Madrid con atribuciones en materia de interior y la Agencia de Seguridad y
Emergencias Madrid 112.
La actividad en materia de subvenciones
de la Consejería de Sanidad se encuadra dentro del siguiente marco normativo:
Normativa
Estatal:
Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Normativa de la Comunidad de Madrid:
Decreto
76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de procedimiento
para la concesión de ayudas y subvenciones públicas.
Ley
2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.
Decreto
222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995, de 8
de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases
reguladoras de las mismas.
Disposiciones sobre la estructura orgánica:
Ley
12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid.
Decreto
38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que
se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid.
Decreto
76/2023, de 5 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid.
Decreto
245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Sanidad.
Decreto
246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la
estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud.
Por último, con el fin de que la
protección de la salud de los ciudadanos y todas las actuaciones llevadas a
cabo por la Consejería de Sanidad garanticen el principio de equidad recogido
en la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad
de Madrid, este Plan Estratégico incorpora, entre otras medidas, la integración
de la perspectiva de género como elemento constitutivo de las subvenciones.
Ello permite evitar que se financien proyectos que, por su falta de
sensibilidad al género, puedan tener efectos negativos no intencionados.
4. Objetivos
El presente Plan Estratégico de
Subvenciones pretende la consecución de los tres grandes objetivos prioritarios
de la Comunidad de Madrid en este ámbito de actuación: el apoyo a entidades sin
ánimo de lucro, colectivos de especial riesgo y corporaciones locales.
Se concreta en 9 líneas de subvención:
Cinco
por el procedimiento de concurrencia competitiva, incluidas en los objetivos 1
y 3.
Cuatro
subvenciones de concesión nominativa, incluidas en el objetivo 2.
Objetivo 1
Impulso y fomento de la actividad de
aquellas asociaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que con sus
proyectos contribuyan a humanizar la asistencia, fomentar la sensibilización de
la sociedad y mejorar la asistencia socio-sanitaria y la atención de las
patologías prevalentes o transcendentes, así como de los grupos sociales más
vulnerables o desfavorecidos.
Para su consecución se establecen cuatro
convocatorias anuales de ayudas dirigidas a asociaciones, fundaciones u
organizaciones sin ánimo de lucro, que serán gestionadas por los órganos
competentes.
Órgano instructor: Dirección General de
Humanización, Atención y Seguridad del Paciente:
Convocatoria
de subvenciones destinadas a entidades sin ánimo de lucro de pacientes o
familiares de pacientes para la realización de programas de ayuda mutua y autocuidados
en salud para personas con enfermedad crónica, que se desarrollen en la
Comunidad de Madrid.
Objetivo:
aumentar el impacto de las actuaciones llevadas a cabo por las instituciones
sanitarias a través del apoyo a la sociedad civil para el desarrollo de
programas de ayuda y autocuidados en los ámbitos individual y familiar.
Órgano instructor: Dirección General de
Salud Pública:
Convocatoria
de subvenciones destinadas a las asociaciones y otras organizaciones sin ánimo
de lucro que lleven a cabo programas de prevención y diagnóstico precoz de
VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), dirigidos a grupos de
población de alta prevalencia o especialmente vulnerables a estas enfermedades.
Objetivo:
promover el desarrollo de proyectos de prevención y diagnóstico precoz de
VIH/Sida e Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), dirigidos a grupos de
población de alta prevalencia o especialmente vulnerables a estas infecciones,
contribuyendo, con ello, a la mejora de la salud y de la calidad de vida del
conjunto de los ciudadanos de la Comunidad de Madrid.
Convocatoria de subvenciones destinadas a las asociaciones y fundaciones sin
ánimo de lucro y las asociaciones o federaciones de estas entidades que lleven
a cabo programas de promoción de salud mental y prevención de adicciones en
población infantojuvenil de la Comunidad de Madrid.
Objetivo:
mejorar la salud mental de la población infantojuvenil, fomentando la
participación de las entidades y su coordinación con la administración
sanitaria en el despliegue de las estrategias y actividades de prevención de
adicciones y promoción de la salud mental.
Órgano instructor: Dirección General
Asistencial:
Convocatoria de subvenciones destinadas
a entidades no lucrativas para la financiación de actividades y proyectos de
carácter socio-sanitario dirigidos a afectados por el VIH/Sida.
Objetivo:
incrementar los niveles de salud y la calidad de vida de las personas afectadas
por el VIH/Sida, mediante la ampliación de los servicios asistenciales
prestados por entidades no lucrativas.
Objetivo 2
Impulso y coordinación de actividades y
programas sanitarios que permitan la conciliación y la continuidad entre la
esfera sanitaria y social del paciente y su familia, así como el apoyo, la
cooperación y la sensibilización y humanización de las acciones, con la
colaboración de los agentes políticos y sociales.
Para su consecución se prevé la
colaboración de diferentes entidades a través del procedimiento de concesión
nominativa, mediante asignación directa en los Presupuestos Generales de la
Comunidad de Madrid para 2024, aprobados mediante la Ley
15/2023, de 27 de diciembre de Presupuestos Generales de la Comunidad de
Madrid para el año 2024. Todas ellas se conceden al amparo del artículo 4.5.a)
de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, que
establece que podrán concederse de forma directa, entre otras, las subvenciones
que tengan asignación nominativa en los Presupuestos Generales de la Comunidad
de Madrid.
En este sentido se arbitrarán: una
subvención nominativa a la Asociación Española Contra el Cáncer (AECC), una
subvención nominativa a la Asociación Adela Madrid, una subvención nominativa a
la Asociación Madrileña para la Lucha contra las Enfermedades del Riñón (ALCER)
y una subvención nominativa a Cruz Roja Española.
Las actuaciones se gestionarán por los
siguientes centros directivos:
Órgano instructor: Dirección General de
Salud Pública:
Convenio
con Cruz Roja Española para llevar a cabo acciones específicas de prevención de
la tuberculosis, VIH y otras actividades de salud pública en grupos de especial
riesgo y población desfavorecida en el territorio de la Comunidad de Madrid.
Objetivo:
incrementar el desarrollo de actuaciones específicas de prevención de
tuberculosis y de la infección por VIH en grupos de población vulnerables.
Órgano instructor: Dirección General
Asistencial:
Convenio con la Asociación Española Contra el Cáncer para proporcionar cuidados
paliativos integrados al enfermo oncológico en fase terminal y apoyo a su
familia.
Objetivo:
compensar al colectivo por las actuaciones encaminadas a proporcionar cuidados
paliativos integrados al enfermo oncológico en fase terminal y apoyo a su
familia, tanto en el propio domicilio como en el centro hospitalario si fuera
necesario, de forma que los pacientes mantengan la mejor calidad de vida
posible hasta el momento del fallecimiento y los familiares reciban el apoyo y
atención necesaria, incluida la posterior atención al duelo.
Convenio con la Asociación Adela Madrid para la atención domiciliaria y
actuaciones terapéuticas de fisioterapia y logopedia de las personas afectadas
por Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) y la potenciación de la información y
formación sanitaria de pacientes y familias.
Objetivo:
compensar por las actuaciones de carácter asistencial dirigidas a afectados por
ELA, con el fin de atender desde el punto de vista físico y psicológico a los
pacientes y prestar apoyo a su familia.
Órgano instructor: Dirección General
Asistencial. Gerencia SUMMA 112:
Convenio
con la Asociación Madrileña para la Lucha contra las Enfermedades del Riñón
(ALCER), para la coordinación de las necesidades de transporte sanitario
terrestre no urgente de pacientes en hemodiálisis a cargo del Sistema Sanitario
de la Comunidad de Madrid.
Objetivo:
mejorar la calidad de la asistencia a los pacientes que precisan hemodiálisis y
sus familias.
Objetivo 3
Fomento y apoyo económico de la acción
en salud pública llevada a cabo por los municipios de la Comunidad de Madrid.
Para su consecución se establece una
convocatoria de ayudas dirigida a las corporaciones locales gestionada por el
órgano competente en materia de salud pública.
Órgano instructor: Dirección General de
Salud Pública:
Convocatoria
de subvenciones dirigida a las corporaciones locales destinada a la promoción
de la salud en el ámbito municipal.
Objetivo:
aumentar el impacto de las actuaciones llevadas a cabo por los municipios para
el desarrollo de programas de prevención de la enfermedad y promoción de la
salud, generando iniciativas, actividades, proyectos y programas como las ʺSemanas
de la saludʺ en torno a la celebración del Día Mundial de la Salud.
5. Costes presupuestarios previsibles
De acuerdo con los Presupuestos
Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2024, aprobados mediante la Ley
15/2023, de 27 de diciembre, el presupuesto disponible destinado a estas
subvenciones es el que se detalla a continuación para cada uno de los Programas
Presupuestarios.
PROGRAMA 311O: HUMANIZACIÓN Y ATENCIÓN
AL PACIENTE
El Programa 311O ʺHumanización y Atención al Pacienteʺ destinará TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL EUROS (386.000
Є) a la siguiente ayuda:
PARTIDA
|
DENOMINACIÓN
|
SUBVENCIÓN
|
IMPORTE
|
48099
|
Otras Instituciones sin
fines de lucro
|
Convocatoria de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro de pacientes o familiares de pacientes
para la realización de programas de
ayuda mutua y autocuidados en salud para personas
con enfermedad crónica, que se desarrollen en la Comunidad de Madrid.
|
386.000 Є
|
TOTAL
|
386.000 Є
|
PROGRAMA 313B:
ACTUACIONES EN MATERIA
DE SALUD PÚBLICA
El Programa 313B ʺActuaciones en materia de salud públicaʺ destinará a subvenciones un total de DOS MILLONES
CIENTO CINCUENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA
Y UN EUROS (2.152.581 Є), con el siguiente desglose:
PARTIDA
|
DENOMINACIÓN
|
SUBVENCIÓN
|
IMPORTE
|
48057
|
Otras Instituciones sin ánimo de lucro
|
Convocatoria
de subvenciones destinadas a las asociaciones y otras organizaciones sin ánimo de lucro que lleven a cabo programas de prevención y diagnóstico
precoz de VIH/Sida e Infecciones de
Transmisión Sexual (ITS) dirigidos a grupos de población de alta prevalencia o especialmente vulnerables a estas enfermedades.
|
500.000 Є
|
48099
|
Otras Instituciones sin ánimo de lucro
|
Convocatoria de subvenciones destinadas
a las asociaciones y fundaciones sin ánimo de lucro y las asociaciones o federaciones de estas entidades que lleven a cabo programas de promoción de salud
mental y prevención de adicciones en población infantojuvenil de la Comunidad de Madrid.
|
1.000.000 Є
|
48079
|
Cruz
Roja Española
|
Subvención nominativa a favor de Cruz
Roja Española para prevención de tuberculosis, infección por VIH y otras actividades de salud pública
en grupos de especial riesgo.
|
402.581 Є
|
46309
|
Corporaciones Locales
|
Convocatoria de subvenciones a las
corporaciones locales destinada a la promoción de la salud
en el ámbito
municipal.
|
250.000 Є
|
TOTAL
|
2.152.581 Є
|
PROGRAMA 312B: ATENCIÓN PRIMARIA
DESALUD ()
El Programa 312B Atención
Primaria de Salud destinará un total de UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA MIL EUROS (1.240.000 ) con el siguiente desglose:
PARTIDA
|
DENOMINACIÓN
|
SUBVENCIÓN
|
IMPORTE
|
48024
|
Asociación Española Contra
el Cáncer
|
Subvención nominativa a favor de la Asociación Española Contra el Cáncer para el desarrollo de
actividades en materia de cuidados paliativos.
|
600.000
|
48027
|
Asociación Adela Madrid
|
Subvención nominativa a favor de la Asociación Adela Madrid para la atención domiciliaria de las
personas afectadas por Esclerosis Lateral
Amiotrófica (ELA) y la información y formación sanitaria de pacientes y familias.
|
240.000
|
48099
|
Otras Instituciones sin fines de lucro
|
Convocatoria de subvenciones destinadas a entidades sin
ánimo de lucro para la
asistencia socio-sanitaria de las personas
afectadas por VIH/Sida.
|
400.000
|
TOTAL
|
1.240.000
|
PROGRAMA 313C: SUMMA 112
El Programa 313C ʺSUMMA 112ʺ destinará DOSCIENTOS DIECISÉIS MIL CIENTO
OCHO EUROS (216.108
Є) a la siguiente ayuda:
PARTIDA
|
DENOMINACIÓN
|
SUBVENCIÓN
|
IMPORTE
|
48029
|
Asociación para la Lucha contra
las Enfermedades del Riñón
|
Subvención nominativa a favor de la Asociación Madrileña para
la Lucha contra
las Enfermedades del Riñón - ALCER, para la coordinación de las necesidades
de transporte sanitario terrestre no urgente
de pacientes en hemodiálisis a cargo del Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid.
|
216.108 Є
|
6. Fuentes de financiación
Las fuentes de financiación de las
subvenciones proceden de los citados Programas 311O ʺHumanización y
Atención al Pacienteʺ, 313B ʺActuaciones en materia de salud públicaʺ,
312B ʺAtención Primaria de Saludʺ y 313C ʺSUMMA 112ʺ, de
los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, aprobados por la referida
Ley 15/2023, de 27 de diciembre.
7. Plazo de ejecución
El plazo de ejecución de este Plan
Estratégico es el año 2024.
8. Efectos o resultados perseguidos
8.1. Apoyar y canalizar la participación
de la sociedad civil para mejorar la calidad de vida de ciertos colectivos
afectados por patologías crónicas.
8.2. Aumentar el impacto de las
actuaciones llevadas a cabo por las instituciones sanitarias, fomentando y
promocionando la transmisión de actitudes saludables y de acciones de formación/educación
para la salud.
8.3. Apoyar las acciones de prevención
de la enfermedad y promoción de la salud en colectivos con un mayor riesgo de
desarrollar tuberculosis y en los grupos de población desfavorecida infectados
por el VIH, con especial atención a personas con escaso soporte familiar o
social y factores de riesgo predictores de mala adherencia al tratamiento.
8.4. Reforzar la atención domiciliaria
de enfermos oncológicos en situación terminal, desarrollando actuaciones que
permitan mejorar la respuesta a las necesidades de los pacientes y el apoyo a
las familias.
8.5. Mejorar la atención domiciliaria a
los enfermos de ELA en estadios avanzados y potenciar la información y
formación sanitaria del paciente.
8.6. Impulsar y facilitar la acción
solidaria de las entidades sin ánimo de lucro dirigidas a afectados de VIH/SIDA
financiando programas que permitan apoyar la inserción familiar de los
enfermos, a través de la atención domiciliaria, y satisfacer sus necesidades de
hogar y afectos por medio de casas de acogida y alojamiento.
8.7. Mejorar la calidad de la asistencia
a los enfermos renales que precisan tratamiento de hemodiálisis, mediante la
coordinación del transporte sanitario no urgente de este colectivo.
8.8. Apoyar iniciativas, actividades,
proyectos y programas promotores de salud de las corporaciones locales que
vayan dirigidas hacia la consecución de objetivos de salud pública.
8.9. Impulsar actuaciones de promoción
de la salud mental y de carácter preventivo, por parte de asociaciones y
entidades sin ánimo de lucro, dirigidas a grupos de población infanto-juvenil y
especialmente vulnerables en cuanto a su exposición a riesgos de adicciones
comportamentales como el juego, las nuevas tecnologías o algunas sustancias
como el alcohol, el cánnabis o los hipnosedantes.
9. Indicadores del cumplimiento de
objetivos y resultados
9.1. Cumplimiento de las acciones en los
tiempos necesarios para la realización de las siguientes fases del
procedimiento de subvenciones:
Publicación de la convocatoria (en el
caso de concurrencia competitiva).
Concesión de la ayuda.
Justificación y pago.
9.2. Porcentaje de proyectos
subvencionados en relación con las subvenciones solicitadas, en el caso de las
subvenciones por concurrencia competitiva.
9.3. Coordinación con
Entidades/Instituciones o Administraciones.
10. Medidas correctoras
Al tratarse de subvenciones anuales, las
desviaciones que se podrían producir serían mínimas. No obstante, previo
análisis del grado de cumplimiento de los objetivos perseguidos, si estos no se
alcanzasen en su totalidad o si se registrasen desviaciones en los resultados,
plazos y costes, las medidas correctoras serían las siguientes:
1. Requerimiento a la entidad
beneficiaria de cuanta documentación adicional se considere necesaria para la
justificación de la aplicación de la subvención a la finalidad para la que se
concedió.
2. Reforzamiento de los sistemas de
coordinación y seguimiento de las actividades objeto de subvención, realizadas
por las asociaciones u organizaciones sin ánimo de lucro.
3. Desarrollo de mecanismos de
cooperación y colaboración con otras instituciones y posibilidad de
concertación con otras entidades en materia sanitaria.
11. Sistemas de evaluación
1. Valoración técnica:
Grado de consecución de las
actividades desarrolladas.
Adecuación a los programas o recursos
subvencionados.
Valoración del grado de consolidación
de las actividades.
2. Valoración del gasto:
Adecuación de la memoria al programa
subvencionado.
Adecuación del gasto a la subvención
concedida.
Adecuación del gasto a las
actividades realizadas.
3. Instrumentos de evaluación:
Memoria justificativa presentada por
el beneficiario.
Justificación de los gastos
presentada por el beneficiario.
Visitas de inspección, si fuera
necesario.
PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2024 DESGLOSE
POR PROGRAMAS Y PARTIDAS
ÓRGANO INSTRUCTOR
|
PROGRAMA
|
PARTIDA
|
DENOMINACIÓN
|
CRÉDITO
(Є)
|
PROCEDIMIENTO CONCESIÓN
|
OBJETIVO
|
DGHASP
|
311O
|
48099
|
Otras
Instituciones sin fines
de lucro
|
386.000,00
|
Concurrencia
competitiva
|
1
|
DGA
|
312B
|
48024
|
Asociación Española contra el Cáncer
|
600.000,00
|
Nominativa
|
2
|
48027
|
Asociación Adela Madrid
|
240.000,00
|
Nominativa
|
2
|
48099
|
Otras instituciones sin fines de lucro: entidades
|
400.000,00
|
Concurrencia competitiva
|
1
|
DGSP
|
313B
|
48057
|
Otras Instituciones sin ánimo de lucro: prevención VIH/SIDA
|
500.000,00
|
Concurrencia
competitiva
|
1
|
48099
|
Otras Instituciones sin ánimo de lucro: promoción salud mental infantojuvenil
|
1.000.000,00
|
Concurrencia
competitiva
|
1
|
48079
|
Cruz Roja Española: prevención tuberculosis, VIH y otras.
|
402.581,00
|
Nominativa
|
2
|
46309
|
Corporaciones Locales: promoción de la salud.
|
250.000,00
|
Concurrencia competitiva
|
3
|
DGA Y SUMMA 112
|
313C
|
48029
|
Asociación para la Lucha
Contra las Enfermedades del Riñón
|
216.108,00
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Nominativa
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2
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TOTAL
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3.994.689,00
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jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la
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