Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

DECRETO POR EL QUE SE AUTORIZA LA IMPLANTACIÓN DE ENSEÑANZAS EN LA UNIVERSIDAD ANTONIO DE NEBRIJA.

 

DECRETO 263/1999, de 29 de julio, por el que se autoriza la implantación de enseñanzas en la Universidad Antonio de Nebrija. ([1])

 

 

 

 

La Universidad Antonio de Nebrija, reconocida como Universidad privada por Ley 23/1995, de 17 de julio ("Boletín Oficial del Estado" de 18 de julio), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 de la misma, ha solicitado autorización para implantar las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Ingeriero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial en el curso 1999-2000. Asimismo la Universidad ha solicitado el cambio de denominación de la actual Facultad de Lenguas Aplicadas por el de Facultad de Lenguas Aplicadas y Humanidades.

En la propuesta de la Universidad se aprecia el hecho de que las nuevas enseñanzas tienen afinidad con otras que ya imparte, lo que supone una diversificación de su oferta docente, a la vez que favorece en buena medida la disponibilidad y mejor aprovechamiento de los recursos humanos y materiales. Por otra parte, la demanda de plazas para estas enseñanzas en la Comunidad de Madrid, crece de manera sostenida, pese al incremento de los mismos que se ha producido en los últimos años en otras Universidades Públicas y Privadas de Madrid.

Teniendo en cuenta, que la entidad titular de la Universidad ha aportado las justificaciones precisas en orden al cumplimiento de lo establecido en el artículo 58 de la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria y en el Real Decre to 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de Universidades y Centros Universitarios y demás normativa vigente y que ha asumido el compromiso de acreditarlo debidamente en el expediente de puesta en funcionamiento, procede autorizar la implantación de las enseñanzas solicitadas, una vez que las propuestas han sido informadas favorablemente por el Consejo de Universidades y por el Consejo Universitario de Madrid.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria, y en ejercicio de lo previsto en el Real Decreto 942/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de servicios y funciones de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Universidades, a propuesta del Consejero de Educación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 29 de julio de 1999.

 

DISPONGO

Artículo 1

 

1. Se autoriza, con efectos del curso académico 1999-2000, la implantación en la Universidad Antonio de Nebrija, de las enseñanzas conducentes a la obtención del título de Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial, en la Escuela Politécnica Superior.

2. Se autoriza el cambio de denominación de la actual Facultad de Lenguas Aplicadas por el de Facultad de Lenguas Aplicadas y Humanidades, en la que se seguirán impartiendo las enseñanzas de Diplomado en Turismo y Licenciado en Filología Inglesa. ([2])

 

Artículo 2

 

Las enseñanzas a que se refiere el párrafo 1 del artículo 1 de este Decreto, se implantarán de manera progresiva, curso a curso y hasta su implantación total, la entidad titular de la Universidad Antonio de Nebrija, acreditará debidamente al inicio de cada curso, el cumplimiento de los requisitos y exigencias derivados de lo dispuesto en el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de Universidades y Centros Universitarios, aportando en tiempo y forma oportunos la documentación que permita las correspondientes comprobaciones.

Artículo 3

 

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 23/1995, de 17 de julio, y con el fin de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo anterior, la Consejería de Educación procederá a inspeccionar periódicamente el cumplimiento por la Universidad de las normas que le sean de aplicación y de los compromisos asumidos en el expediente de autorización.

 

DISPOSICIÓN ADICIONAL

 

Por la Consejería de Educación, a propuesta de la entidad titular, se procederá a autorizar el inicio de las enseñanzas de Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica Industrial, cuya implantación se aprueba en este Decreto, una vez se haya constatado el cumplimiento de los requisitos exigidos por el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de Universidades y Centros Universitarios, y normas concordantes y se haya homologado el correspondiente título oficial.

[Por Orden 4805/1999, de 30 de diciembre, se autoriza la puesta en funcionamiento de nuevas enseñanzas en la Universidad Antonio de Nebrija]

 

DISPOSICIÓN FINAL

 

Se autoriza al Consejero de Educación para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este Decreto.



[1] .- BOCM de 5 de agosto de 1999

[2] .- Apartado derogado tácitamente por Acuerdo de 10 de enero de 2008, del Consejo de Gobierno, por el que se reconoce la creación y puesta en funcionamiento de la Facultad de las Artes y las Letras y de la Facultad de Ciencias Sociales.