DECRETO POR EL QUE SE AUTORIZA
LA IMPLANTACIÓN DE ENSEÑANZAS EN LA
UNIVERSIDAD ANTONIO DE NEBRIJA.
DECRETO 263/1999, de 29 de julio, por el que se autoriza la
implantación de enseñanzas en la
Universidad Antonio de Nebrija. ()
La Universidad Antonio de Nebrija, reconocida como Universidad privada por
Ley 23/1995, de 17 de julio ("Boletín Oficial del Estado" de 18 de
julio), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.2 de la misma, ha
solicitado autorización para implantar las enseñanzas conducentes a la
obtención del título de Ingeriero Técnico Industrial, especialidad en
Electrónica Industrial en el curso 1999-2000. Asimismo la
Universidad ha solicitado el cambio de denominación de la actual Facultad de
Lenguas Aplicadas por el de Facultad de Lenguas Aplicadas y Humanidades.
En la propuesta de la
Universidad se aprecia el hecho de que las nuevas enseñanzas tienen afinidad
con otras que ya imparte, lo que supone una diversificación de su oferta
docente, a la vez que favorece en buena medida la disponibilidad y mejor
aprovechamiento de los recursos humanos y materiales. Por otra parte, la
demanda de plazas para estas enseñanzas en la
Comunidad de Madrid, crece de manera sostenida, pese al incremento de los
mismos que se ha producido en los últimos años en otras Universidades Públicas
y Privadas de Madrid.
Teniendo en cuenta, que la entidad
titular de la Universidad ha aportado las justificaciones precisas en orden al
cumplimiento de lo establecido en el artículo 58 de la
Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma Universitaria y en el Real
Decre to 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de
Universidades y Centros Universitarios y demás normativa vigente y que ha
asumido el compromiso de acreditarlo debidamente en el expediente de puesta en
funcionamiento, procede autorizar la implantación de las enseñanzas
solicitadas, una vez que las propuestas han sido informadas favorablemente por
el Consejo de Universidades y por el Consejo Universitario de Madrid.
En su virtud, de conformidad con lo
dispuesto en la Ley Orgánica 11/1983, de 25 de agosto, de Reforma
Universitaria, y en ejercicio de lo previsto en el Real Decreto 942/1995, de 9
de junio, sobre traspaso de servicios y funciones de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de Universidades, a propuesta
del Consejero de Educación, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su
reunión del día 29 de julio de 1999.
DISPONGO
Artículo
1
1. Se autoriza, con efectos del curso
académico 1999-2000, la implantación en la
Universidad Antonio de Nebrija, de las enseñanzas conducentes a la obtención
del título de Ingeniero Técnico Industrial, especialidad en Electrónica
Industrial, en la Escuela Politécnica Superior.
2. Se autoriza el cambio de denominación de la actual
Facultad de Lenguas Aplicadas por el de Facultad de Lenguas Aplicadas y
Humanidades, en la que se seguirán impartiendo las enseñanzas de Diplomado en
Turismo y Licenciado en Filología Inglesa. ()
Artículo
2
Las enseñanzas a que se refiere el párrafo
1 del artículo 1 de este Decreto, se implantarán de manera progresiva, curso a
curso y hasta su implantación total, la entidad titular de la
Universidad Antonio de Nebrija, acreditará debidamente al inicio de cada
curso, el cumplimiento de los requisitos y exigencias derivados de lo dispuesto
en el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de
Universidades y Centros Universitarios, aportando en tiempo y forma oportunos
la documentación que permita las correspondientes comprobaciones.
Artículo
3
Sin perjuicio de lo dispuesto en el
artículo 7 de la Ley 23/1995, de 17 de julio, y con el fin de dar cumplimiento
a lo señalado en el artículo anterior, la
Consejería de Educación procederá a inspeccionar periódicamente el cumplimiento
por la Universidad de las normas que le sean de aplicación y de los compromisos
asumidos en el expediente de autorización.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Por la
Consejería de Educación, a propuesta de la entidad titular, se procederá a
autorizar el inicio de las enseñanzas de Ingeniero Técnico Industrial,
especialidad en Electrónica Industrial, cuya implantación se aprueba en este
Decreto, una vez se haya constatado el cumplimiento de los requisitos exigidos
por el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento
de Universidades y Centros Universitarios, y normas concordantes y se haya
homologado el correspondiente título oficial.
[Por Orden 4805/1999,
de 30 de diciembre, se autoriza la puesta en funcionamiento de nuevas
enseñanzas en la Universidad Antonio de Nebrija]
DISPOSICIÓN FINAL
Se autoriza al Consejero de Educación
para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo de este
Decreto.