RESOLUCIÓN de 12 de enero de 2022, de la Secretaría General Técnica de
la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se delega el ejercicio
de la competencia para la realización de las propuestas de inserción en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid y en los demás diarios oficiales. ()
El artículo 8.
Diecisiete, de la Ley
28/1997, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas,
establece, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 40 la Ley Orgánica
3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
que corresponde al Gerente del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid la autorización de las inserciones promovidas por los
órganos y personas de Derecho Público de la Comunidad de Madrid en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid y en los demás diarios oficiales, a
propuesta, en todo caso, de los titulares de las Secretarías Generales Técnicas
de las Consejerías respectivas o de los órganos que tengan atribuida la
representación legal ordinaria de la respectiva entidad.
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen
Jurídico del Sector Público, los órganos de las diferentes Administraciones
Públicas podrán delegar el ejercicio de las competencias que tengan atribuidas
en otros órganos de la misma Administración, aun cuando no sean jerárquicamente
dependientes, o en los Organismos Públicos o Entidades de Derecho Público
vinculadas o dependientes de aquellas.
En su virtud, y al
amparo de lo dispuesto en el precepto citado,
RESUELVO
Primero.- Delegación
Delegar en los
titulares de las Direcciones Generales de la Consejería de Economía, Hacienda y
Empleo, y de las Gerencias del Instituto Regional de Seguridad y Salud en el
Trabajo y del Instituto Regional de Arbitraje de Consumo, en el ámbito de sus
respectivas competencias, las propuestas de inserción en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid y en los demás diarios oficiales.
Segundo.- Actos
dictados por delegación
Todos los actos que se
adopten en ejercicio de la delegación conferida en esta Resolución harán
constar expresamente esta circunstancia, mediante su consignación en el pie de
firma, junto con los datos de aprobación de esta Resolución y el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid en que fue publicada.
Tercero.- Eficacia
La presente Resolución surtirá efectos
desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.