ACUERDO de 29 de diciembre de 2021, del Consejo de Gobierno, por el que
se fija el calendario para el año 2022 de días inhábiles a efectos del cómputo
de plazos administrativos en la Comunidad de Madrid. ()
El artículo 30.7 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, determina que las Administraciones de las
Comunidades Autónomas, con sujeción al calendario laboral oficial, fijarán, en
su respectivo ámbito, el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de
plazos, comprendiendo los días inhábiles de las Entidades que integran la
Administración Local correspondiente a su ámbito territorial.
En consecuencia, a
propuesta del Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, el Consejo de Gobierno,
en su reunión del día 29 de diciembre de 2021,
ACUERDA
Primero
El calendario de días
inhábiles a efectos del cómputo de plazos administrativos, que regirá durante
el año 2022 en la Comunidad de Madrid, se fija en los siguientes términos:
A) Serán días
inhábiles en todo el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, además de
los sábados y domingos, las fiestas laborales en esta Comunidad Autónoma que
figuran en la Resolución de 14 de octubre de 2021, de la Dirección General de
Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Economía Social, por la que se publica la
relación de fiestas laborales para el año 2022 (Boletín Oficial del Estado de
21 de octubre de 2021), y que a continuación se relacionan:
1 de enero, Año
Nuevo.
6 de enero, Epifanía
del Señor.
14 de abril, Jueves
Santo.
15 de abril, Viernes
Santo.
2 de mayo, Fiesta de
la Comunidad de Madrid.
25 de julio,
Santiago Apóstol.
15 de agosto,
Asunción de la Virgen.
12 de octubre,
Fiesta Nacional de España.
1 de noviembre,
Todos los Santos.
6 de diciembre, Día
de la Constitución Española.
8 de diciembre,
Inmaculada Concepción.
26 de diciembre,
Lunes siguiente a la Natividad del Señor.
B) Además serán
inhábiles en cada municipio de la Comunidad de Madrid los días de sus
respectivas fiestas locales, que figuran en la relación aprobada mediante Resolución
de 9 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo, de la Consejería
de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, por la que se
declaran las fiestas laborales de ámbito local en la Comunidad de Madrid para
el año 2022 (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 20 de diciembre de
2021).
Segundo
El presente acuerdo
producirá efectos el día de su publicación en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid, debiendo publicarse también en el Boletín Oficial del
Estado.
Este documento no tiene valor jurídico, solo
informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.