[ Disposición derogada ]

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Acuerdo de 7 de septiembre de 2021, de la Mesa de la Asamblea, por el que se fija el calendario de días hábiles para la celebración de sesiones ordinarias durante el primer período de sesiones de la XII Legislatura (septiembre-diciembre 2021). ([1])

 

 

 

La Mesa de la Asamblea, en sesión celebrada el día 7 de septiembre, oída la Junta de Portavoces,

 

ACUERDA

 

Primero.

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid y en el artículo 101.2 del Reglamento de la Asamblea de Madrid, se fija el siguiente calendario de días hábiles para la celebración de sesiones ordinarias durante el 1er Periodo de Sesiones Ordinarias de la XII Legislatura (septiembre-diciembre 2021):

- Septiembre: 1 al 3; 6 al 10; 13 al 17; 20 al 23.

- Octubre: 1; 4 al 8; 11; 13 al 15; 18 al 22.

- Noviembre: 2 al 5; 8; 10 al 12; 15 al 19; 22 y 23.

- Diciembre: 1 al 3; 7; 9 y 10; 13 al 17; 20 al 23.

El calendario de días hábiles para la celebración de sesiones ordinarias fijado limitará su alcance a tales efectos, sin alterar las reglas generales sobre cómputo de plazos establecidas en el artículo 129 del Reglamento.

 

Segundo.

 

Lo dispuesto en el apartado anterior se entenderá sin perjuicio de los acuerdos que puedan adoptarse según lo previsto en el artículo 101.6 a) del vigente Reglamento, en relación con la habilitación para la celebración de sesiones ordinarias de días concretos no incluidos en el calendario de días hábiles a que se refiere el artículo 101.2 de la citada Norma y este Acuerdo.

 

Tercero.

 

Aprobar los cuadros mensuales de celebración de sesiones de las Comisiones de la Cámara durante el 1er Periodo de Sesiones Ordinarias de la XII Legislatura, sin perjuicio de los acuerdos que puedan adoptarse según lo previsto en el artículo 101.6.a y b) de la citada norma.

 

Cuarto.

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 101.4 del Reglamento de la Asamblea, las Mesas de las Comisiones podrán celebrar reunión en cualquiera de los días hábiles comprendidos en el calendario fijado por la Mesa en cada periodo de sesiones para la celebración de sesiones ordinarias, es decir, durante el 1er Periodo de Sesiones Ordinarias de la XII Legislatura:

- En septiembre los días 8 al 10; 13 al 17; 20 al 23.

- En octubre los días 4 al 8; 11; 13 al 15; 18 al 22.

- En noviembre los días 2 al 5; 8; 10 al 12; 15 al 19.

- En diciembre los días 1 al 3; 7; 9 y 10; 13 al 17; 20 al 23.

 

Quinto.

 

Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Asamblea de Madrid.

 

ANEXO

CUADROS MENSUALES DE CELEBRACIÓN DE SESIONES DE LAS COMISIONES DE LA CÁMARA DURANTE EL 1er PERÍODO DE SESIONES DE LA XII LEGISLATURA

(Véase en versión pdf)

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.



[1].-           BOAM nº 10, de 9 de septiembre de 2021.

                Vigencia temporal de este acuerdo hasta el 31 de diciembre de 2021.