RESOLUCIÓN de 20 de
mayo de 2021, de la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria, por
la que se hace público el Plan de Inspección de Sanidad para el año 2021. ()
La Orden 880/2020, de
24 de julio, del Consejero de Sanidad, por la que se establecen los criterios
de actuación en materia de inspección sanitaria y se aprueba el Plan Integral
de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid para el período 2020 a 2022,
aprobó, igualmente, en su Anexo III el Plan Integral de Inspección de Sanidad
para el año 2020.
Teniendo en cuenta las
especificidades de actualización requeridas para la aplicación de los programas
parciales de inspección de la Consejería de Sanidad durante el año 2021, de
acuerdo con lo dispuesto en el apartado Tercero de la referida Orden, que
faculta a la Dirección General de Inspección y Ordenación Sanitaria para
adoptar las medidas de desarrollo y ejecución de la misma, así como de acuerdo
con lo establecido en el artículo 4 de la Orden 922/2009, de 17 de diciembre,
por la que se fijan los criterios de elaboración y seguimiento del Plan
Integral de Inspección de Sanidad de la Comunidad de Madrid y la composición y
funciones de la Comisión de Coordinación de las Inspecciones de la Consejería
de Sanidad,
RESUELVO
Primero
Actualizar el Anexo
III de la Orden 880/2020, de 24 de julio, estableciendo los Programas de Inspección
de Sanidad a desarrollar durante el año 2021 y que, a continuación, se
relacionan:
1. Plan de inspección de la Dirección General de
Inspección y Ordenación Sanitaria
1.1. Plan Parcial de
Inspección de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios.
Objetivo general:
─
El objetivo del plan es garantizar la eficiencia, calidad y seguridad de la
asistencia sanitaria que se presta a los ciudadanos, en todos los centros y
servicios sanitarios, tanto públicos como privados, en los establecimientos
sanitarios de óptica, y en los vehículos de transporte sanitario, asegurando el
cumplimiento de la normativa vigente en lo referente a planta física, personal
y medios, así como las normas mínimas para su correcto funcionamiento.
1.1.1. Programas
básicos de inspección:
1.1.1.1. Programa
básico de inspección de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
Objetivo:
─
Comprobar que los centros, servicios y establecimientos sanitarios reúnen los
requisitos previstos en la legislación vigente, previamente a la concesión y/o
renovación de sus distintos tipos de autorización.
1.1.1.2. Programa
básico de inspección de vehículos para transporte sanitario terrestre.
Objetivo:
─
Comprobar que los vehículos de transporte sanitario reúnen los requisitos
técnico-sanitarios previstos en la legislación vigente, previamente a la
emisión o renovación de su certificación técnico-sanitaria.
1.1.2. Programas de
inspección de oficio.
Objetivo:
─
Garantizar que la asistencia prestada en los centros, servicios y
establecimientos sanitarios se lleva a cabo en condiciones de seguridad para el
usuario y de acuerdo con lo previsto en la normativa vigente.
1.1.2.1. Programa de
comprobación de la existencia y vigencia de la autorización sanitaria de
funcionamiento.
1.1.2.2. Programa de
seguimiento del cumplimiento de los requisitos en centros y servicios
sanitarios que por su tipología u oferta asistencial presentan mayor índice de
riesgo para la salud de la población.
1.1.2.3. Programa de
control de vehículos de transporte sanitario terrestre.
1.1.2.4. Programa de
inspección de denuncias y reclamaciones.
1.1.2.5. Programa
específico de centros sanitarios autorizados para la práctica de interrupción
voluntaria del embarazo.
1.1.2.6. Programa
específico para comprobación del cumplimiento de los requisitos
técnico-sanitarios en clínicas dentales.
1.1.2.7. Programa
específico para la prevención y control del intrusismo, mediante comprobación
de la veracidad de las plantillas de profesionales durante el período de
vigencia de la autorización sanitaria de los centros, servicios y
establecimientos sanitarios.
1.1.2.8. Programa
específico para comprobación del cumplimiento de los requisitos
técnico-sanitarios en centros sanitarios renovados por declaración responsable.
1.1.2.9. Programa
específico para comprobación del cumplimiento de los requisitos
técnico-sanitarios en centros sanitarios renovados o modificados por silencio
administrativo estimatorio.
1.1.2.10. Programa
para garantizar la seguridad de los pacientes más vulnerables. Valoración de
los servicios sanitarios integrados en una organización no sanitaria, ubicados
en residencias de mayores y en centros de día.
1.1.2.11. Programa
específico para comprobación del cumplimiento de los requisitos
técnico-sanitarios en centros sanitarios que disponen de la oferta asistencial
U.63 Cirugía mayor ambulatoria.
1.1.2.12. Programa
específico para comprobación del cumplimiento del Decreto 4/2021, de 20 de
enero, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los requisitos para
mejorar la seguridad del paciente, en los centros sanitarios recogidos en su
artículo 2 punto 2.
1.1.2.13. Programa
específico de comprobación de la correcta notificación y el mantenimiento de
las condiciones de los desfibriladores inscritos en el Registro madrileño de
desfibriladores externos.
1.2. Plan Parcial de
Inspección Sanitaria.
1.2.1. Integrar la
información estadística departamental de la Subdirección General.
Objetivos:
─ Redefinir los indicadores de actividad de la
Inspección Sanitaria.
─
Desarrollar la herramienta informática que permita el seguimiento de estos
indicadores.
1.2.2. Programa de
optimización de la gestión e inspección de la Incapacidad Temporal.
Objetivos:
─
Desarrollar las agendas profesionales en el programa informático de gestión de
la Incapacidad Temporal ITWeb.
─
Diseñar y desarrollar nuevas funcionalidades del programa ITWeb para la
obtención de indicadores de gestión de la Incapacidad Temporal y la automatización
de procedimientos de control.
─
Asesorar y formar a los Médicos de Atención Primaria en la utilización del
programa ITWeb como herramienta de gestión de la Incapacidad Temporal.
─
Impartir formación teórica y práctica en materia de Incapacidad Temporal a
residentes de Medicina Familiar y Comunitaria.
─
Continuar con el desarrollo de la Unidad de Valoración de Enfermedades
Profesionales de la Comunidad de Madrid (UVEP) para la gestión de procesos de
Incapacidad Temporal no reconocidos como Enfermedad Profesional y susceptibles
de ese reconocimiento.
─
Desarrollar y monitorizar los programas específicos ya implantados para el
control de la Incapacidad Temporal del personal de los centros dependientes de
la Administración Regional.
1.2.3. Programa de
optimización de la gestión del visado farmacéutico.
Objetivos:
─
Comprobar la adecuación de la prescripción farmacéutica a los criterios
establecidos de indicación para aquellos medicamentos que requieren visado,
promoviendo, en su caso, la actualización de los criterios de uso de
determinados medicamentos y su visado.
─
Promover todas aquellas actuaciones que favorezcan la agilización y
homogeneización de los criterios para el visado en el Servicio Público de
Salud.
1.2.4. Programa de
seguimiento y análisis de los informes técnicos en materia de responsabilidad
patrimonial derivada de la asistencia sanitaria.
Objetivos:
─
Verificar el grado de realización de informes y la adecuación de los tiempos de
respuesta, fomentando el apoyo de otras áreas, adecuando los recursos a la
demanda, supervisando el circuito de tramitación interna, detectando y evitando
posibles ineficiencias.
─
Analizar el grado de concordancia de las conclusiones de los informes con las
resoluciones adoptadas y, en su caso, las sentencias judiciales recaídas.
1.2.5. Programa de
actualización y supervisión en materia de reintegro de gastos.
Objetivos:
─
Avanzar en la informatización de los circuitos de tramitación interna de los
expedientes de reintegro de gastos.
─
Participar junto con el SERMAS en el grupo de trabajo constituido para la
mejora de la prestación ortoprotésica.
1.2.6. Programa de
colaboración en la instrucción de expedientes disciplinarios a personal
sanitario dependiente del SERMAS.
Objetivos:
─
Dar respuesta a las peticiones de instructores formulada por la Dirección
general de recursos Humanos del SERMAS.
─
Analizar las causas que motivan el inicio de los expedientes y proponer medidas
de corrección y control.
1.3. Plan Parcial de
Evaluación Sanitaria.
1.3.1. Programa de auditoría
hospitalaria.
Objetivos:
─
Auditoría de Facturación Intercentros. Validar la actividad asistencial
intercentros susceptible de ser facturada; tanto la realizada en hospitales del
Servicio Madrileño de Salud a la población asignada a los hospitales
concesionados, como la prestada en estos últimos a la población protegida que
no es de su ámbito geográfico.
─
Evaluar el Cumplimiento de los Objetivos de Calidad. Verificar el cumplimiento
de los objetivos fijados a los centros por la Subdirección General de Calidad.
─
Evaluar la adecuación de la prescripción de medicamentos a los protocolos
establecidos en la Comunidad de Madrid. Verificar el cumplimiento de las
indicaciones financiadas y el cumplimiento del protocolo establecido.
─
Evaluar las Terapias Respiratorias Domiciliarias (TRD). Conocer la implantación
y desarrollo de la oxigenoterapia crónica domiciliaria y del tratamiento
ventilatorio domiciliario del síndrome de apnea del sueño, evaluando la calidad
de la prestación, su utilización por el paciente, las medidas de control y el
cumplimiento de las obligaciones de las entidades suministradoras.
─
Verificar en los CSUR, con carácter previo a la tramitación al Ministerio de
Sanidad, Consumo y Bienestar Social, el cumplimiento de los estándares de
actividad exigidos para su designación. Evaluar la actividad y los registros de
los servicios o unidades para comprobar que cumplen los estándares exigidos
antes de tramitar la solicitud ante el Ministerio.
1.3.2. Programa de
verificación del cumplimiento de requisitos para acreditación docente para
formación pregrado.
Objetivo:
─
Verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para la acreditación de
centros para la formación de grado en Ciencias de la Salud y otras actividades
de acreditación y evaluación en el ámbito de la formación sanitaria en sus
distintos niveles.
1.3.3. Programas de
Verificación de Acuerdos Marco/Contratos de Gestión convocados/adjudicados por
el Servicio Madrileño de Salud.
Objetivos:
─
Evaluar el cumplimiento de los Pliegos de Prescripciones Técnicas (PPT) y
Ofertas de Mejora. Evaluar el grado de cumplimiento de los criterios y
requisitos establecidos, por parte de los centros licitantes.
─
Prestación del servicio por los centros adjudicatarios. Verificar que las
condiciones de prestación del servicio por parte de los centros se ajustan a lo
estipulado.
1.3.4. Programa de
Evaluación de la estructura y actividades de los Institutos y Fundaciones de
Investigación Biosanitaria (FIB).
Objetivo:
─
Verificar la adecuación de la información remitida por las FIB a la Dirección
General de Planificación, Investigación y Formación, a las instrucciones
emitidas.
─
Describir el procedimiento y las fuentes de datos utilizados.
1.4. Plan de
Inspección y Ordenación Farmacéutica.
1.4.1. Programa de
garantía de las instalaciones de las Oficinas de Farmacia, Botiquines,
Depósitos de Medicamentos y Servicios de farmacia.
Objetivo:
─
Verificar, con carácter previo a la obtención de la autorización sanitaria, que
las instalaciones propuestas para las oficinas de farmacia, Depósitos de
medicamentos y Servicios de Farmacia, o las modificaciones que se realizan en
las estructuras inicialmente aprobadas reúnen los requisitos estructurales,
dotación, personal, medios y normas mínimas de funcionamiento, suficientes para
realización de la actividad sanitaria que normativamente tienen asignada, con
las debidas garantías para los usuarios.
1.4.2. Programa de
idoneidad de las páginas web de las oficinas de farmacia para la venta de
medicamentos humanos no sujetos a prescripción médica.
Objetivo:
─
Verificar, con carácter previo a su puesta en funcionamiento, que los sitios
web de las oficinas de farmacia para la venta de, medicamentos de uso humano no
sujetos a prescripción médica, reúnen las condiciones establecidas en el Real
Decreto 870/2013, de 8 de noviembre, por el que se regula la venta a distancia
al público, a través de sitios web, de medicamentos de uso humano no sujetos a
prescripción médica.
1.4.3. Programa de
evaluación del funcionamiento y de la calidad del servicio prestado a los
ciudadanos por las Oficinas de Farmacia.
Objetivo:
─
Inspección y seguimiento de la actividad desarrollada por las oficinas de
farmacia en todos los ámbitos de su competencia, incluida la elaboración y
dispensación de fórmulas magistrales y preparados oficinales, control y
supervisión de la gestión de medicamentos estupefacientes, la venta a distancia
de medicamentos a través de sitios web, con el fin de evaluar el funcionamiento
y la calidad del servicio prestado por las oficinas de farmacia a los
ciudadanos.
1.4.4. Programa de
evaluación del acceso a la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de
Salud.
Objetivo:
─
Comprobar que el acceso de los usuarios a la prestación farmacéutica se realiza
con criterios terapéuticos y de uso racional del medicamento, en condiciones de
transparencia, calidad y eficiencia, en especial seguimiento a colectivos
sensibles bien por sus condiciones sanitarias o sociales.
1.4.5. Programa de
control y seguimiento de la prescripción y utilización de medicamentos
dispensados a través de receta médica oficial del SNS.
Objetivo:
─
Con base en los índices de prescripción, su ajuste a protocolos de tratamiento
por patologías y a criterios de eficiencia, analizar y controlar la
prescripción de los médicos autorizados a prescribir en receta oficial.
1.4.6. Programa de
control de la dispensación de medicamentos en oficinas de farmacia.
Objetivo:
─
Verificar que la dispensación de medicamentos en general, y de aquellos
medicamentos diana en particular, se realiza en el marco de la legislación
vigente, con especial atención a medicamentos susceptibles de desvío a otros
usos, sometidos a condiciones especiales de seguimiento y control por sus
características terapéuticas o sobre los que se hayan detectado pautas
inusuales en la distribución.
1.4.7. Programa de
detección, análisis y control de la facturación de las oficinas de farmacia a
la Consejería de Sanidad.
Objetivo:
─
Detección de incidencias, análisis y esclarecimiento de las circunstancias que
motivan la dispensación y facturación a través de recetas oficiales con
prescripciones contrarias al uso racional de los medicamentos y a la
sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud.
1.4.8. Programa de
seguimiento de la utilización fraudulenta de recetas médicas oficiales del
Sistema Nacional de Salud.
Objetivo:
─
Detectar, analizar y controlar la obtención de medicamentos susceptibles de
desvío a usos no terapéuticos, utilizando como soporte, de manera fraudulenta,
la receta oficial del SNS.
1.4.9. Programa de
tramitación de Denuncias y Reclamaciones.
Objetivos:
─
Comprobar las posibles irregularidades denunciadas por los usuarios en relación
con la atención farmacéutica prestada en las oficinas de farmacia
─
Comprobar las posibles irregularidades denunciadas en relación con el acceso a
la Prestación Farmacéutica tanto a nivel de médico prescriptor como de oficina
de farmacia en que se realiza la dispensación.
1.4.10. Programa de
control de mercado de los medicamentos de uso humano.
Objetivos:
─
Supervisar la calidad de los medicamentos de uso humano desde su puesta en el
mercado hasta la dispensación al usuario.
─
Participar en el programa de control de mercado de medicamentos de la Agencia
Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.
─
Controlar que las condiciones de almacenamiento, conservación, transporte y
entrega al destinatario por parte de las entidades distribución de los
medicamentos de uso humano se realiza conforme a la normativa vigente y a las
directrices sobre buenas prácticas de distribución.
─
Gestionar la toma de muestras de medicamentos de uso humano objeto de denuncia
por parte de pacientes, oficinas de farmacia y servicios de farmacia
hospitalaria.
1.4.11. Programa de
control de medicamentos falsificados e ilegales.
Objetivos:
─
Detectar la comercialización de medicamentos falsificados y medicamentos
ilegales que podrían suponer un riesgo para la salud de la población por su uso
individual y/o concomitante con otros medicamentos.
1.4.12. Programa de
control de la producción de plasma rico en plaquetas (PRP).
Objetivos:
─
Verificar el cumplimiento de las condiciones mínimas de calidad en la
producción de PRP.
─
Comprobar que la prescripción, elaboración y utilización de PRP cumple la
normativa vigente, incluida la prohibición de su publicidad.
1.4.13. Programa de
evaluación de las Unidades de radiofarmacia.
Objetivos:
─
Evaluar el funcionamiento y la calidad de la actividad de las Unidades de
radiofarmacia en la Comunidad de Madrid y su adecuación a la normativa vigente.
─
Supervisar la adecuada gestión de los radiofármacos, en lo relativo a su
adquisición, conservación, preparación y control.
1.4.14. Programa de
control de pautas de venta inusuales de medicamentos por las entidades de
distribución.
Objetivos:
─
Verificar que los distribuidores mayoristas controlan e investigan pautas
inusuales en sus ventas de medicamentos y especialmente de los medicamentos
susceptibles de desvío o uso indebido.
─
Verificar las comunicaciones de sospecha de uso indebido o desvío a la
autoridad sanitaria competente por parte de dichos distribuidores mayoristas.
─
Gestionar la información facilitada por las entidades de distribución para el
control de las pautas de venta inusuales.
1.4.15. Programa de
inspección de cumplimiento de Buenas Prácticas de Laboratorio (BPL) en estudios
no clínicos.
Objetivo:
─
Verificar el cumplimiento de normas BPL en los laboratorios que realizan
estudios no clínicos y comprobar que estos estudios se realizan conforme a
dicha normativa.
1.4.16. Programa de
control de la distribución e intermediación de medicamentos de uso humano y de
los principios activos para su fabricación.
Objetivos:
─
Verificar el cumplimiento de Buenas Prácticas de Distribución de medicamentos
de uso humano.
─
Verificar el cumplimiento de la normativa relativa a la distribución e
importación de principios activos para la fabricación de medicamentos de uso
humano.
1.4.17. Programa de
inspección y control de la publicidad de medicamentos y productos sanitarios.
Objetivos:
─
Vigilar que la publicidad de medicamentos, en todas sus modalidades, cumpla con
las exigencias legales establecidas.
─
Verificar que la información y promoción de medicamentos dirigida a los
profesionales sanitarios facultados para prescribirlos o dispensarlos está de
acuerdo con la información técnica y científica autorizada y es rigurosa, bien
fundada y objetiva, no induce a error y se ajusta a la ficha técnica.
─
Planificar la visita médica de forma que no obstaculice la atención a pacientes
ni actividades formativas o de investigación de los profesionales sanitarios,
para lo que se solicitará a los centros sanitarios la actualización de su
oferta de horarios para esta actividad.
─
Comprobar que los medios audiovisuales o de cualquier otra naturaleza que
actúan como soportes válidos de publicidad de medicamentos se dirigen
exclusivamente a profesionales sanitarios facultados para prescribirlos o
dispensarlos y tienen carácter científico o profesional y que, en los
financiados por laboratorios farmacéuticos o entidades relacionadas con los
mismos, se especifica esta circunstancia.
─
Verificar que las ofertas de premios, becas, contribuciones y subvenciones a
reuniones, congresos, viajes de estudio y actos similares por laboratorios
farmacéuticos se aplican exclusivamente a actividades de índole científica
cuando sus destinatarios sean profesionales sanitarios o las entidades en que
se asocian y que la hospitalidad ofrecida cumpla los requisitos legales.
─
Comprobar que los datos contenidos en los índices anuales presentados por los
laboratorios farmacéuticos son acordes con las comunicaciones de publicidad,
soportes válidos y visitas médicas efectuadas en el año anterior, así como con
los datos de transferencias de valor que publica Farmaindustria.
─
Evaluar, directamente o mediante la participación activa en la Comisión Técnica
de Coordinación de la Información, los mensajes sanitarios dirigidos al público
garantizando el cumplimiento de la normativa vigente en materia de publicidad
de medicamentos.
─
Evaluar los mensajes publicitarios de productos sanitarios dirigidos al público
previamente a otorgar la correspondiente autorización sanitaria comprobando que
sea objetiva, veraz y cumpla con las exigencias legales establecidas.
─
Vigilar que la promoción y publicidad de productos sanitarios cumpla con las
exigencias legales establecidas.
1.4.18. Programa de
inspección de cumplimiento de Buenas Prácticas Clínicas (BPC) en el marco de la
investigación con medicamentos.
Objetivos:
─
Verificar el cumplimiento de la legislación vigente y las normas de BPC en el
desarrollo de la investigación con medicamentos para garantizar la protección
de los derechos, la seguridad y el bienestar de los participantes.
─
Verificar el cumplimiento de los requisitos técnico-sanitarios exigibles para
la Certificación de unidades de fase I de investigación clínica.
─
Verificar el cumplimiento de requisitos para la acreditación de Comités de
ética de la investigación con medicamentos conforme a lo establecido en su
normativa específica.
1.4.19. Programa de
control y seguimiento de alertas farmacéuticas.
Objetivos:
─
Seguimiento de las medidas adoptadas en las alertas farmacéuticas generadas por
la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios en relación con la
calidad, seguridad o comercialización ilegal de medicamentos, productos
sanitarios o cosméticos.
─
Verificar que las empresas, cuyos productos están afectados por alertas
farmacéuticas, disponen del procedimiento adecuado para dar cumplimiento a las
medidas adoptadas ante el conocimiento de defectos o riesgos potenciales para
la salud de la población.
1.4.20. Programa de la
distribución, dispensación y utilización de medicamentos veterinarios.
Objetivos:
─
Control de la distribución, almacenamiento y trazabilidad, publicidad y
dispensación de medicamentos veterinarios, incluida la venta de medicamentos
veterinarios a través de internet o por correspondencia.
─
Control del funcionamiento de los botiquines de medicamentos en centros
veterinarios, así como seguimiento de la utilización de medicamentos de
prescripción excepcional por vacío terapéutico.
─
Control de los gases medicinales en el ejercicio profesional veterinario y sus
depósitos.
─
Control de la adquisición de medicamentos no autorizados en España y
autorizados en la Unión Europea y su comunicación por vacío terapéutico.
1.4.21. Programa de inspección
y control de productos sanitarios y productos cosméticos.
Objetivos:
─
Supervisar la calidad de los productos sanitarios y cosméticos para verificar
el mantenimiento de las características desde su fabricación o importación.
─
Verificar, con carácter previo a la obtención de la autorización sanitaria, que
los fabricantes de productos sanitarios a medida reúnen los requisitos
establecidos para el inicio o renovación de la actividad solicitada.
─
Comprobar la existencia y vigencia de las autorizaciones sanitarias de
fabricantes a medida.
─
Supervisar el almacenamiento, conservación, trazabilidad y vigilancia de los
productos sanitarios distribuidos de acuerdo con las exigencias contempladas en
su normativa específica.
─
Supervisar que los establecimientos sanitarios de ortopedia y audioprótesis
comunicados se adecúan a los requisitos previstos en la legislación vigente.
─
Comprobar que la venta por internet de productos sanitarios cumple la normativa
vigente.
─
Detectar incidentes potenciales con productos sanitarios mediante la
notificación por profesionales sanitarios para su control o evaluación por el
Sistema de Vigilancia de Productos Sanitarios.
─
Detectar a través de comunicaciones de consumidores, usuarios y profesionales
de la salud, efectos no deseados o ingredientes no permitidos o sujetos a
restricción relacionados con el uso de productos cosméticos o de cuidado
personal.
1.4.22. Programa de
inspección y control de denuncias y reclamaciones en materia de productos
sanitarios y cosméticos.
Objetivo:
─
Verificar los hechos denunciados sobre posibles incumplimientos de los
requisitos establecidos en la normativa específica relacionados con
establecimientos de venta con adaptación individualizada, y con la
comercialización de productos sanitarios y cosméticos.
2. Plan de Inspección de la Dirección General de Salud
Pública
2.1. Plan parcial de
inspección en Sanidad Ambiental.
Objetivo general:
─
Identificar los riesgos ambientales en salud y desarrollar sistemas de
vigilancia, inspección y control de los factores ambientales en la Comunidad de
Madrid para preservar la salud de los ciudadanos.
2.1.1. Programa de
intervención y evaluación sobre riesgos ambientales en salud.
Objetivos:
─
Prevenir los riesgos ambientales para la salud de la población a través de la
verificación del cumplimiento de la normativa mediante la inspección y toma de
muestras de aguas de abastecimiento, aguas recreativas, piscinas y parques
acuáticos, zonas de baño calificadas y aguas regeneradas.
─
Prevenir el riesgo químico para la salud mediante la inspección para comprobar
el cumplimiento de la normativa Europea en las empresas de productos químicos
de la CM (Reglamento Europeo de Sustancias y Productos Químicos (REACH);
Materiales en contacto con alimentos; Biocidas y Consumidor final: detergentes,
pinturas, etc.
─
Gestionar las alertas, demandas y reclamaciones en sanidad ambiental referentes
a establecimientos, empresas, instalaciones y productos.
─
Evaluar el impacto ambiental en salud de planes, programas y proyectos en
cumplimiento de la Ley 2/2012 de Evaluación de Impacto Ambiental de la
Comunidad de Madrid.
─
Asesoramiento técnico a los municipios para el cumplimiento de la normativa de
sanidad ambiental.
2.1.2. Programa de
vigilancia del polen y otros determinantes ambientales físicos y químicos con
efecto en salud.
Objetivos:
─
Vigilar la concentración de polen atmosférico mediante el análisis continuo de
sus niveles, por medio de captadores distribuidos por la Región, difundiendo la
información polínica a la población general, a la población de riesgo y a los
profesionales sanitarios con el fin de minimizar el riesgo y facilitar el
abordaje de las alergias al polen.
─
Vigilar la exposición a otros factores ambientales con especial relevancia para
la salud de la población en los siguientes ámbitos:
§
Contaminación atmosférica (Ozono troposférico O3, Dióxido de nitrógeno NO2 y
otros contaminantes) con la finalidad de mantener informado al sistema
asistencial sanitario y socio sanitario y facilitar el tratamiento y
seguimiento de patologías asociadas.
§
Extremos térmicos, dentro del Plan de Vigilancia y Control de los Efectos de
las Olas de Calor y del Plan de Vigilancia y Control de los Efectos del Frío en
la Salud en la Comunidad de Madrid, al objeto de prevenir y minimizar los
efectos nocivos de las temperaturas extremas en la salud.
§
Campos electromagnéticos procedentes de estaciones base de telefonía móvil e
infraestructuras eléctricas con el fin de atender las demandas de información
de los ciudadanos relacionadas con su preocupación ante posibles riesgos para
la salud.
2.1.3. Programa de
Prevención y control de legionellosis.
Objetivo:
─
Minimizar el riesgo de transmisión de legionellosis mediante la inspección y
toma de muestras, principalmente en:
§
Instalaciones intercambiadoras de calor que emiten aerosoles (torres de
refrigeración y condensadores evaporativos).
§
Los sistemas de agua caliente sanitaria en establecimientos de uso colectivo,
especialmente en los considerados de riesgo, residencias de mayores y hoteles.
§
Pulverizadores de agua al ambiente y en spas.
§
En instalaciones con antecedentes de riesgo o que tengan malas condiciones
higiénico-sanitarias.
2.1.4. Programa de
Prevención y Vigilancia de Zoonosis en fauna silvestre y animales domésticos.
Objetivos:
─
Prevenir los riesgos para la salud de la población derivados de las zoonosis y
otros agentes biológicos mediante la vigilancia y la toma de muestras en
animales domésticos y fauna silvestre (hidatidosis/echinococosis, rabia,
parásitos gastrointestinales zoonósicos, tularemia, psitacosis, etc.).
─
Prevenir los riesgos ambientales para la salud de la población a través de la
verificación del cumplimiento de la normativa mediante la inspección a
instalaciones con actividad de Granja Escuela.
─
Evaluar los resultados de la vigilancia y proponer estrategias de control para
estas enfermedades.
─
Informar a ciudadanos y profesionales y potenciar actividades de educación
sanitaria.
2.1.5. Programa de
vigilancia y control de vectores y otros agentes biológicos con interés en
Salud Pública.
Objetivos:
─
Prevenir enfermedades infecciosas causadas por virus, bacterias, protozoos y
parásitos, que supongan un riesgo o una amenaza para la salud de la población,
transmitidas a través de vectores como mosquitos, garrapatas, pulgas etc.
─
Prevenir efectos en la salud de la población debidos a agentes biológicos como
Simúlidos (mosca negra), procesionaria del pino etc.
─
Establecer una red de vigilancia entomológica y control sanitarioambiental de
vectores con interés en salud pública en la Comunidad de Madrid.
─
Protocolizar las actuaciones en materia de sanidad ambiental ante la aparición
de una alerta por vectores transmisores de enfermedades con interés en salud
pública.
─
Coordinar las actuaciones en materia de control vectorial y prevención de
enfermedades transmitidas por vectores.
─
Colaborar con la administración competente y con las asociaciones de sanidad
ambiental, en la promoción de estrategias de lucha antivectorial y programas de
control de plagas a nivel local.
─
Informar a ciudadanos y profesionales y potenciar actividades de educación
sanitaria.
Subprogramas:
1. Mosquito tigre
(Aedes albopictus).
2. Simúlidos (mosca
negra).
3. Garrapatas.
4. Flebotomos. Este subprograma se desarrolla en un
Programa independiente de prevención y vigilancia de Leishmaniasis debido al
carácter endémico de la enfermedad en la Comunidad de Madrid.
2.1.6. Programa de
Prevención y Vigilancia de Leishmaniasis.
Objetivos:
─
Vigilancia epidemiológica de la Leishmaniasis como enfermedad endémica regional
y de declaración obligatoria en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
─
Vigilancia del reservorio (animales de domésticos y fauna silvestre), así como
del vector (flebotomo).
─
Coordinar actuaciones de control ambiental, aplicando medidas de saneamiento.
─
Informar a ciudadanos y profesionales y potenciar actividades de educación
sanitaria.
2.1.7. Programa de
Sistema de Información Geográfica de Indicadores de Salud (SIGIS).
Objetivos:
─
Elaborar, mantener y mejorar las herramientas geoespaciales que apoyan las
tareas de la Subdirección General de Higiene, Seguridad Alimentaria y
Ambiental.
─
Capacitar a técnicos de cualquier nivel en el uso de datos y tecnología
geoespacial.
─
Identificar y dar respuesta a las necesidades y demandas de la Dirección General
de Salud Pública en materia geoespacial y de mapas, promoviendo mejoras y
desarrollos futuros.
2.2. Plan parcial de
inspección de Sanidad Mortuoria.
Objetivo general:
─
Contribuir a minimizar los riesgos derivados de la actividad funeraria mediante
la auditoria documental, la inspección de servicios funerarios y el
asesoramiento a las instituciones con competencias en materia de sanidad
mortuoria.
2.2.1. Programa de
control de actividades y empresas funerarias.
Objetivos:
─
Comprobar el cumplimiento de las condiciones higiénico-sanitarias, funcionales
y estructurales fijadas normativamente para la realización de prácticas
tanatológicas.
─
Comprobar el cumplimiento de los requisitos funcionales y condiciones
higiénico-sanitarias y estructurales de los establecimientos, instalaciones y
empresas funerarias, en coordinación con las diferentes Administraciones con
competencias en la materia.
2.3. Plan Parcial de
inspección en Salud Laboral.
2.3.1. Programa de
Salud Laboral Objetivos:
─
Verificar que los servicios de prevención ajenos, sociedades de prevención y
entidades auditoras reúnen, en materia sanitaria, los requisitos previstos en
la legislación vigente para obtener su acreditación por la autoridad laboral.
─
Vigilar, analizar, evaluar y emitir informes a centros sanitarios para prevenir
accidentes con riesgo biológico de sus trabajadores.
2.4. Plan parcial de
inspección calidad alimentaria.
Objetivo general:
─
Contribuir a prevenir el fraude alimentario y garantizar la calidad alimentaria
de los productos alimenticios y su publicidad, desde la producción hasta el
consumo, mediante la vigilancia y el control de los establecimientos y
servicios, así como el derecho del consumidor a recibir una información veraz
en los alimentos que consume.
2.4.1. Programa de
control de la calidad alimentaria de los productos alimenticios producidos y/o
comercializados en la Comunidad de Madrid.
Objetivos:
─
Inspeccionar la calidad de los productos alimenticios para la prevención del
fraude y la protección del consumidor en el ámbito alimentario, mediante la
vigilancia y control de establecimientos y productos verificando su identidad,
peso, composición o trazabilidad, entre otros, en las distintas fases de la
cadena alimentaria.
─
Analizar e inspeccionar grupos de alimentos en los lineales de distribución y
venta de productos alimenticios para prevenir el fraude, adoptando las medidas
necesarias en caso de incumplimientos.
2.4.2. Programa de
control de la publicidad engañosa de los productos alimenticios producidos y/o
comercializados en la Comunidad de Madrid.
Objetivos:
─
Vigilar y controlar las indicaciones obligatorias y/o voluntarias así como los
mensajes nutricionales y de propiedades saludables de los alimentos para
asegurar el derecho de los consumidores a recibir una información veraz
mediante la evaluación:
§
Del etiquetado de los alimentos.
§
De la información incluida en las páginas web.
§
La publicidad incluida en los folletos y/o carteles donde se publiciten.
§
La publicidad incluida en los medios de difusión escritos (periódicos,
revistas).
2.5. Plan parcial de
Inspección en Higiene y Seguridad Alimentaria.
Objetivo general:
─
Prevenir las enfermedades relacionadas con los alimentos y la exposición de las
personas a los agentes capaces de causar enfermedades vía alimentaria, a través
del control oficial de establecimientos alimentarios y alimentos.
2.5.1. Programa de
inspección y apoyo al control oficial.
Objetivos:
─
Reducir la aparición de riesgos para la salud de las personas mediante la
realización de inspecciones de los establecimientos alimentarios y de las
empresas de transporte de alimentos en base a criterios de riesgo, con el fin
de comprobar el cumplimiento de la legislación.
─
Realizar inspecciones de seguimiento de los incumplimientos detectados en los
establecimientos alimentarios.
─
Realizar inspecciones ante los brotes de toxiinfección alimentaria y denuncias
en materia de seguridad alimentaria.
─
Realizar inspecciones para la inscripción y/o autorización en el Registro
Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos.
2.5.2. Programa de
implantación de sistemas de autocontrol.
Objetivos:
─
Verificar mediante auditorías que los establecimientos alimentarios cumplen los
requisitos de higiene mediante la implantación de sistemas de autocontrol
basados en los principios del APPCC.
─
Evaluar los sistemas de seguridad alimentaria propuestos por asociaciones
sectoriales, entidades y empresas de las que dependen colectivos de
establecimientos alimentarios.
─
Fomentar la implantación de sistemas de autocontrol basados en los principios
del APPCC en las pequeñas empresas siguiendo criterios de flexibilidad.
2.5.3. Programa de
control oficial de mataderos.
Objetivos:
─
Garantizar la obtención higiénica de la carne mediante la inspección ante mortem
e inspección post mortem de los animales destinados a consumo humano.
─
Verificar que los mataderos cuentan con procedimientos acordes a la legislación
aplicable en relación con el estado de limpieza de los animales, su
documentación de traslado e información sobre cadena alimentaria, su estado de
salud y su identificación.
─
Controlar los aspectos del bienestar animal en la estabulación y en el
sacrificio.
─
Verificar que los establecimientos gestionan los subproductos y el Material
Especificado de Riesgo (MER) de forma que garanticen que no son introducidos en
la cadena alimentaria.
2.5.4. Programa de
control oficial de establecimientos de manipulación de caza silvestre y salas
de tratamiento de reses de lidia.
Objetivos:
─
Garantizar la obtención higiénica de la carne mediante la inspección post
mortem de los animales destinados a consumo humano.
─
Verificar que los establecimientos gestionan los subproductos y el Material
Especificado de Riesgo (MER) de forma que garanticen que no son introducidos en
la cadena alimentaria.
2.5.5. Programa de
control de la información y la composición alimentaria.
Objetivos:
─
Mejorar el cumplimiento de la legislación a fin de que los productos
alimenticios destinados a ser puestos a disposición del consumidor contengan la
información de seguridad alimentaria establecida en las disposiciones legales.
─
Reducir la aparición de riesgos derivados de una incorrecta información de
alimentos entregados al consumidor final.
─
Reducir la aparición de riesgos derivados del uso incorrecto de ingredientes
tecnológicos presentes en los alimentos, de tratamientos de irradiación no
autorizados y de OMG no autorizados o declarados en el etiquetado.
─
Reducir la aparición de riesgos vinculados a la presencia de gluten y de alérgenos
no declarados en los alimentos de acuerdo con la normativa vigente.
─
Reducir la aparición de riesgos para la salud de las personas vinculados al
consumo de complementos alimenticios y de productos destinados a una
alimentación especial.
2.5.6. Programa de
gestión de alertas alimentarias en la Comunidad de Madrid.
Objetivos:
─
Prevenir y/o limitar los posibles daños para la salud de las personas derivados
de situaciones en las que exista un riesgo alimentario potencial o declarado y
que sean notificadas a nivel nacional dentro del Sistema Coordinado de
Intercambio Rápido de Información (SCIRI).
─
Realizar actuaciones con motivo de la notificación de alertas alimentarias.
─
Realizar actuaciones con motivo de la notificación de expedientes de tipo información/varios.
2.5.7. Programa de
vigilancia y control de contaminantes y residuos en alimentos.
Objetivos:
─
Verificar los criterios microbiológicos y otras normas sanitarias en alimentos.
─
Vigilar los agentes zoonóticos y otros agentes causantes de brotes en
alimentos.
─
Vigilar las resistencias antimicrobianas de agentes zoonóticos alimentarios.
─
Verificar mediante análisis la composición de alimentos y las migraciones de
materiales en contacto.
─
Controlar los contaminantes en productos alimenticios.
─
Controlas los residuos de plaguicidas en alimentos.
─
Controlar los medicamentos veterinarios y otras sustancias en alimentos de
origen animal (PNIR).
2.5.8. Programa de
control de requisitos de salud pública para la exportación de alimentos.
Objetivos:
─
Verificar el cumplimiento de los requisitos de salud pública exigidos por las
autoridades sanitarias de países terceros a los alimentos exportados desde
empresas de la Comunidad de Madrid.
─
Gestionar las solicitudes de autorización de establecimientos para exportación
de productos alimentarios a países terceros.
─
Emitir certificados sanitarios de exportación que acompañan a los alimentos.
─
Emitir certificados de libre venta.
─
Gestionar las solicitudes relacionadas con la información recibida a través de
TRACES (reetiquetados, rechazos, reimportaciones
).
2.5.9. Programa de
auditoría de los sistemas de control en seguridad alimentaria.
Objetivo:
─
Verificar mediante auditoría interna si los programas, actividades y documentos
de Control Oficial en materia de Seguridad Alimentaria son adecuados para
alcanzar los objetivos fijados por la legislación y el Plan Regional de Control
de la Seguridad Alimentaria.
2.6. Plan de
autorizaciones y registros en el ámbito de la Salud Pública.
Objetivo general:
─
Contribuir a minimizar los riesgos derivados de las actividades sometidas a
control mediante la inscripción en los Registros de Empresas y Establecimientos
de Salud Pública y garantizar el mantenimiento de la información actualizada
sobre las mismas.
2.6.1. Programa de
gestión de las Autorizaciones y Registros de empresas, establecimientos y
servicios en el ámbito de la salud pública.
Objetivos:
─
Dar cumplimiento al marco normativo sobre el mantenimiento de los registros de:
§
Empresas y Establecimientos Alimentarios.
§
Establecimientos y Servicios Biocidas.
§
Laboratorios de análisis de alimentos y aguas.
§
Establecimientos de adorno corporal (tatuajes, piercing y micropigmentación).
§
Centros de bronceado mediante radiaciones UVA.
§
Centros de formación de aplicadores biocidas, adorno corporal y rayos UVA.
─
Realizar inspecciones para la inscripción inicial (laboratorios de productos
alimenticios y aguas), por demanda de los ayuntamientos sin servicios de
inspección (centros de adorno corporal) o por denuncias (centros de adorno
corporal y bronceado).
2.7. Plan de
Inspección en materia de alcohol y tabaco.
Objetivo general:
─
Desarrollar las acciones de control y verificación del cumplimiento de la
legislación en lo referente a la promoción, publicidad, venta, suministro y
consumo de bebidas alcohólicas y productos del tabaco.
2.7.1. Programa de
control del cumplimiento de la normativa vigente en materia de alcohol y tabaco
en establecimientos abiertos al público (comercio, restauración, espectáculos
públicos, de ocio, etc.).
Objetivos:
─
Verificar que la venta, suministro de bebidas alcohólicas y productos del
tabaco se limita exclusivamente a los establecimientos autorizados.
─
Comprobar el cumplimiento de las restricciones establecidas en la normativa
vigente respecto a la venta, suministro de bebidas alcohólicas y productos del
tabaco a los menores de dieciocho años.
─
Verificar la existencia de la preceptiva información sobre la prohibición de
consumo de los productos del tabaco en los establecimientos de cualquier clase
en los que se encuentre restringido su consumo.
─
Verificar el cumplimiento de la normativa vigente en la instalación y
funcionamiento de máquinas expendedoras de productos del tabaco.
2.7.2. Programa de
inspección y control de denuncias recibidas en relación con el incumplimiento
de la normativa vigente en materia de alcohol y tabaco.
Objetivos:
─
Verificar los hechos denunciados en relación con la venta, suministro y consumo
de bebidas alcohólicas y productos del tabaco en aquellos lugares donde la
normativa vigente lo prohíba.
─
Verificar el cumplimiento de la legislación en materia de promoción y
publicidad de alcohol y productos del tabaco.
─
Comprobar el cumplimiento de las medidas de autocontrol y autolimitación de las
empresas anunciadoras de bebidas alcohólicas y productos del tabaco.
2.7.3. Programa de
control del cumplimiento de la normativa vigente en materia de alcohol y tabaco
en el ámbito de las Administraciones Públicas sitas en la Comunidad de Madrid.
Objetivos:
─
Verificar el cumplimiento de la prohibición de consumo de productos del tabaco
en las Administraciones Públicas.
─
Comprobar el grado de cumplimiento de las exigencias legales en cuanto a la
información sobre la prohibición de consumo y venta de bebidas alcohólicas y
productos del tabaco.
2.7.4. Programa de
control del cumplimiento de la normativa vigente en materia de alcohol y tabaco
en los centros y servicios sanitarios.
Objetivos:
─
Verificar el cumplimiento de la prohibición de consumo de productos del tabaco
en los centros sanitarios.
─
Comprobar el grado de cumplimiento de las exigencias legales en cuanto a la
información sobre la prohibición de consumo y venta de bebidas alcohólicas y
productos del tabaco.
2.7.5. Programa de
control del cumplimiento de la normativa vigente en materia de alcohol y tabaco
en centros docentes, universitarios, formativos e instalaciones deportivas.
Objetivos:
─
Verificar la aplicación de la legislación vigente en materia de promoción,
publicidad, consumo, venta y suministro de bebidas alcohólicas y productos del
tabaco en los citados centros.
Segundo
La presente
actualización del Plan de Inspección para 2021 se publicará en Boletín Oficial
de la Comunidad de Madrid y entrará en vigor al día siguiente al de dicha
publicación.