RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2020, de las
Viceconsejerías de Política Educativa y de Organización Educativa, por la que
se dictan instrucciones para la celebración de las pruebas correspondientes a
la evaluación individualizada de los alumnos de tercer curso de Educación
Primaria de la Comunidad de Madrid en el año académico 2019-2020. ()
La Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9
de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, establece en su artículo
20 que los centros docentes realizarán una evaluación individualizada a todos
los alumnos al finalizar el tercer curso de Educación Primaria, en la que se
comprobará el grado de dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en
expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolución de problemas en
relación con el grado de adquisición de la competencia en comunicación
lingüística y de la competencia matemática.
El Decreto 89/2014, de
24 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad
de Madrid el currículo de la Educación Primaria, recoge dicho mandato en su
artículo 11.
El artículo 18.1 de la
Orden 3622/2014, de 3 de diciembre, de la Consejería de Educación, Juventud y
Deporte de la Comunidad de Madrid, por la que se regulan determinados aspectos
de organización y funcionamiento, así como la evaluación y los documentos de
aplicación en la Educación Primaria, establece que los referentes de esta
evaluación individualizada al finalizar tercer curso de Educación Primaria
serán los estándares de aprendizaje evaluables de primero a tercer curso de la
Educación Primaria que aparecen en el anexo I del Decreto 89/2014, de 24 de
julio.
El carácter censal de
esta prueba comporta que deberá ser realizada por los alumnos de tercer curso
de Educación Primaria de todos los centros de la Comunidad de Madrid, públicos,
concertados y privados.
Las Viceconsejerías de
Política Educativa y de Organización Educativa son competentes para regular las
actuaciones relacionadas con la celebración de dicha evaluación de acuerdo con
las competencias atribuidas por el Decreto 288/2019, de 12 noviembre, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Educación y Juventud.
En virtud de todo lo
anterior,
RESOLVEMOS
Primero.- Objeto y ámbito de la Resolución
1. La presente
resolución tiene por objeto establecer la organización de las pruebas de la
evaluación individualizada de tercero de Educación Primaria que se realizarán
en el curso 2019-2020.
2. Lo establecido en
esta resolución será de aplicación en los centros, tanto públicos como
concertados y privados, de la Comunidad de Madrid que, debidamente autorizados,
impartan Educación Primaria y que tengan alumnos de tercer curso de Educación
Primaria.
Segundo.- Alumnos que han de realizar la evaluación
1. Las pruebas deberán
ser realizadas por los alumnos que cursen el tercer curso de Educación
Primaria.
2. Los alumnos con
necesidades educativas especiales cuyas adaptaciones curriculares sean de
acceso al currículo, realizarán las pruebas con las adecuaciones precisas a su
necesidad particular. Para ello, los directores de los centros informarán de
las adaptaciones que estos alumnos requieren a la Dirección de Área Territorial
(DAT) correspondiente con la suficiente antelación, con el fin de que realicen
las pruebas con la mayor normalidad posible.
3. Los alumnos con
necesidades educativas especiales con evaluación psicopedagógica emitida por el
Equipo de Orientación Educativa y Psicopedagógica correspondiente, cuyas
adaptaciones curriculares se alejen significativamente del currículo,
realizarán las pruebas siempre que el director del centro, oído el equipo
docente del alumno, lo estime oportuno. En caso contrario, el alumno quedará
exento de realizarlas. Esta exención no computará en los casos de absentismo.
4. Los alumnos
afectados por dislexia, dificultades específicas de aprendizaje (DEA) o
trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH), debidamente
diagnosticados y atendidos a lo largo de su vida escolar previa, podrán
realizar las pruebas según las adecuaciones previstas en las instrucciones de
la Dirección General de Educación Infantil y Primaria y de la Dirección General
de Educación Secundaria, Formación Profesional y Enseñanzas de Régimen
Especial, de 12 de diciembre de 2014, sobre la aplicación de medidas para la
evaluación de los alumnos con dislexia, otras dificultades específicas de
aprendizaje o trastorno por déficit de atención e hiperactividad en las
enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y
Bachillerato reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. A
tal fin, los directores de los centros informarán sobre aquellos con la
suficiente antelación a la DAT correspondiente.
5. Los alumnos que se
encuentren en un aula de enlace o tengan desconocimiento del idioma español por
su incorporación tardía al sistema educativo español, realizarán las pruebas
siempre que el director del centro, oído el equipo docente del alumno, lo
estime oportuno. En caso contrario, el alumno quedará exento de realizarlas.
Esta exención no computará en los casos de absentismo. Los directores de los
centros informarán sobre los alumnos exentos a la DAT correspondiente con la
suficiente antelación.
6. Los Centros Rurales
Agrupados adaptarán estas instrucciones a sus peculiares características,
presentando una propuesta para cada centro que tendrá que ser aprobada por el
Servicio de Inspección Educativa, con el fin de garantizar la aplicación
correcta de las pruebas.
7. Los centros
extranjeros que voluntariamente quieran participar en esta prueba, deberán
solicitarlo en su DAT correspondiente.
8. Aquellos alumnos
que cursen como primera lengua extranjera una lengua diferente al inglés, no
están obligados a hacer las pruebas "Comprensión
oral y escrita en primera lengua extranjera (inglés) " y "Expresión escrita en primera lengua extranjera
(inglés) ", aunque sí podrán hacerlas de forma voluntaria. El
director del centro deberá informar de esta circunstancia a su DAT, y
regístralo, además, a través de la plataforma.
Tercero.- Finalidad
Comprobar el grado de
adquisición de la competencia en comunicación lingüística y de la competencia
matemática. En la competencia en comunicación lingüística se comprobará el
grado de dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en expresión
escrita y comprensión oral y escrita, tanto en español como en primera lengua
extranjera (inglés). En la competencia matemática se comprobará el grado de
dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en cálculo y resolución de
problemas.
Cuarto.- Características de las pruebas de la evaluación
Las pruebas de la
evaluación individualizada de tercer curso de Educación Primaria se agrupan en
dos ámbitos: competencia en comunicación lingüística y competencia matemática:
a) La evaluación en el ámbito de la competencia en
comunicación lingüística, tanto en lengua española como en lengua inglesa, se
centrará en las dos destrezas que delimitan el campo de la competencia
comunicativa: la comprensión y la expresión. Por tanto, evaluará las destrezas
de comprensión oral y escrita, y de expresión escrita.
La evaluación de la comprensión tendrá dos partes:
─ Comprensión oral y escrita en lengua española: 50 minutos de duración.
─ Comprensión oral y escrita en primera lengua extranjera (inglés): 50
minutos de duración.
Las pruebas de comprensión oral incluyen 2 audios en
la prueba de lengua española y 1 audio para la prueba de primera lengua
extranjera (inglés).
La evaluación de la expresión escrita, asimismo,
tendrá dos partes:
─ Expresión escrita en lengua española: 25 minutos de duración.
─ Expresión escrita en primera lengua extranjera (inglés): 25 minutos de
duración.
b) La evaluación en el ámbito de la competencia
matemática implicará la aplicación de conocimientos y razonamientos matemáticos
para la resolución de problemas en contextos funcionales relacionados con la
vida cotidiana.
Esta prueba se dividirá en dos partes, con una
duración de cada una de 40 minutos (duración total de 80 minutos), y cada parte
se aplicará de forma separada para facilitar su realización por parte de los
alumnos.
En el Anexo 1 aparece
el horario y las pautas para la aplicación de las pruebas. El centro deberá
cumplir obligatoriamente los tiempos de realización de cada una de las pruebas
y los de adecuación de ampliación de horario, en caso de que haya alumnos con
dislexia, DEA y TDAH. Con respecto al resto del horario, también se procurará
cumplirlo, aunque los tiempos indicados para ellos son aproximados y se
utilizarán con la flexibilidad necesaria para el buen desarrollo de la
aplicación de la prueba.
Quinto.- Fechas
de realización de las pruebas y resultados
Las pruebas de evaluación
individualizada de los alumnos de tercer curso de Educación Primaria se
celebrarán el martes 5 y miércoles 6 de mayo de 2020.
Los resultados de
estas evaluaciones serán confidenciales y en ningún caso podrán ser utilizados
para el establecimiento y/o publicación de clasificaciones de los centros. Dada
su finalidad diagnóstica, dichos resultados serán puestos en conocimiento de la
comunidad educativa, a fin de que los centros puedan establecer, si procede,
sus propios planes de mejora.
Sexto.- Estándares
de aprendizaje evaluables y criterios de evaluación
Los estándares de
aprendizaje evaluables y criterios de evaluación del logro de los objetivos de
la etapa de Educación Primaria y del grado de adquisición de las competencias
correspondientes serán los establecidos en los anexos I y II del Real Decreto
126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la
Educación Primaria, y en el anexo I del Decreto 89/2014, de 24 de julio, del
Consejo de Gobierno, por el que se establece para la Comunidad de Madrid, el
currículo de la Educación Primaria.
Séptimo.- Cuestionarios
de contexto
El director, los
profesores del centro y las familias de los alumnos cumplimentarán los
cuestionarios de contexto elaborados por la Consejería de Educación y Juventud
de la Comunidad de Madrid. Su acceso y cumplimentación se hará mediante
procedimiento on-line, siendo el Director del centro el responsable de
facilitar a los profesores y familias las claves de acceso a las encuestas.
Estos cuestionarios permitirán
obtener información sobre las condiciones socioeconómicas y culturales de los
centros para la contextualización de los resultados obtenidos.
Octavo.- Responsables
de la aplicación de las pruebas
1. La dirección del
centro docente será responsable de informar a los alumnos y a sus familias de
la finalidad e importancia de la evaluación que van a realizar. Cuando en un
centro el absentismo de los alumnos sea superior al 10 %, el inspector
correspondiente elevará informe sobre las causas de tal hecho y, en su caso,
las responsabilidades pertinentes.
2. El equipo directivo
del centro adoptará las medidas organizativas necesarias para que los alumnos,
incluidos los alumnos con necesidades educativas especiales, realicen las
pruebas en las mejores condiciones posibles.
Asimismo, el equipo
directivo del centro deberá prever la necesidad de contar con alguna persona de
apoyo (miembros del propio equipo directivo o del claustro de profesores),
fuera de las aulas en las que se están desarrollando las pruebas, para actuar
de inmediato en caso de que se produzca cualquier situación sobrevenida
(alumnos que deban dejar el aula, por ejemplo).
3. El director del
centro será el responsable de que, antes del inicio de las pruebas, las aulas
donde vayan a aplicarse estén limpias de mapas, tablas o cualquier material
susceptible de proporcionar información a los alumnos.
Deberá disponer en
cada aula de un reproductor de audio, necesario para reproducir en un formato
digital mp3 las pruebas de comprensión oral en lengua española y en primera
lengua extranjera (inglés). El centro debe comprobar, al menos 3 días antes del
inicio de la prueba, el buen funcionamiento del equipo de audio, para poder
anticipar las posibles dificultades técnicas en la reproducción de los audios.
4. Todas las personas
del centro que participen en la aplicación de las pruebas velarán por que estas
se desarrollen con la seriedad y normalidad requeridas.
5. Los aplicadores de
las pruebas serán los maestros del propio centro, que no impartan docencia en
el grupo en el que se aplica y corrige, preferentemente de 4.o
curso. Habrá un aplicador por aula, seleccionados por el director y coordinados
por el jefe de estudios. El director del centro facilitará al Servicio de la
Inspección educativa el listado de profesores responsables de la aplicación y
corrección al menos una semana antes de la celebración de las pruebas. En el
caso excepcional de que en un centro, por tener un número insuficiente de
maestros, el aplicador deba ser un maestro que imparta docencia en el grupo en
el que aplica, el director del centro deberá comunicar esta circunstancia a su
DAT, argumentando la situación, y la DAT deberá dar permiso especial para que
en ese caso el aplicador sea ese maestro.
6. En el caso de que
fallaran los medios técnicos de reproducción de los audios, un maestro de
inglés designado por el director leerá en cada aula los textos de comprensión
oral en primera lengua extranjera (inglés). Una vez leídos dichos textos, este
maestro abandonará el aula donde se realizan las pruebas, salvo que sea el
aplicador de la misma. Para los audios en lengua española, los textos serán
leídos por el aplicador. El Director registrará dichas incidencias a través de
la plataforma informática.
7. Es responsabilidad
del director la correcta aplicación de las pruebas en su centro, con la
colaboración del jefe de estudios, si este no ejerce las funciones de
aplicador. En caso de ausencia imprevista del director, asumirá sus tareas el
jefe de estudios, y las de este, un maestro del centro nombrado al efecto por
el director o el jefe de estudios.
8. Cualquier
incidencia que pueda surgir habrá de ser resuelta por el director del centro.
En caso de dificultad insuperable, deberá ponerse en contacto con el inspector
del centro, o con la DAT correspondiente, de quien recibirá instrucciones
concretas.
Noveno.- Actuaciones
del Servicio de la Inspección Educativa previas a la aplicación de las pruebas
Con objeto de
garantizar que los procesos se desarrollen con normalidad, cada inspector
supervisará y coordinará el trabajo de aplicación y corrección de sus centros
asignados.
Para ello, convocará
con suficiente antelación a los directores de esos centros a una reunión
informativa para estudiar lo establecido en esta resolución y en otras
instrucciones que pueda emitir la Consejería, así como para asesorarles sobre
las posibles dudas que puedan surgir.
El Servicio de
Inspección Educativa también supervisará el trabajo de los aplicadores internos
mediante la comprobación del buen desarrollo de estas pruebas en algunos
centros.
Décimo.- Codificación
de las variables de identificación
1. Para garantizar el
anonimato del centro, cada uno de ellos tendrá una "clave de centro"
y otra "clave de aplicación", una para cada una de las pruebas en las que
participe, que le habrán sido asignadas y comunicadas por la Administración
Educativa. La clave de centro será utilizada en todo el proceso de la
evaluación para su identificación, y solo será conocida por la Administración,
el director del centro y su equipo.
2. Para garantizar el
anonimato del alumno, el centro elaborará una relación o lista numerada de
todos los alumnos matriculados de tercer curso de Educación Primaria en el
centro. En esta lista se asignará a cada alumno, de modo correlativo, un número
de tres dígitos comenzando por el 001, seguido de la letra del grupo al que
pertenece, para poder asociarlo con su grupo. Es responsabilidad del director
del centro que cada alumno reciba sus cuadernillos con el número y letra de
grupo que se le haya asignado, escrito junto a la clave de aplicación del
centro. La lista con el número y letra de cada uno de los alumnos será
custodiada por el director del centro.
Undécimo.- Actuaciones preliminares del director
1. Previo a la
realización de las pruebas, el director deberá rellenar la base de datos de los
alumnos y comenzar con el proceso de cumplimentación de los diferentes
cuestionarios de las pruebas.
2. Base de datos de
los alumnos. El director cumplimentará en la plataforma informática, en los
días indicados por la DAT, previos a la realización de la prueba, esta base de
datos con el listado de todos los alumnos del centro. Esta base de datos es
totalmente anónima y no incluye ningún dato de carácter personal de los
alumnos. El listado con la identificación de cada alumno solo estará en
posesión del director del centro, tal como se explica en el artículo 10.
En la pantalla inicial
de cada prueba aparecerán los datos del centro y de la prueba, y un listado de
alumnos numerados desde el 001 correlativamente (hay que tener en cuenta que
solo habrá un número por cada alumno que no se repetirá en cada grupo, por
ejemplo, un centro con 2 grupos A y B de 25 alumnos cada uno, si en el grupo A
se asignan los alumnos del 001 al 025, el grupo B tendrá los alumnos del 026 al
050; la asignación se puede hacer como decida el director, no tiene que ir en
orden por grupos).
En esa pantalla, el
director debe rellenar un apartado sobre si el centro es o no bilingüe en ese
curso. A continuación, clicará uno a uno en los códigos de los alumnos que
quiera activar (001, 002, etc.), lo que le llevará a otra pantalla donde deberá
introducir los siguientes datos de cada alumno (con * los datos de introducción
obligatoria):
─ "Grupo":
grupo al que pertenece el alumno (A, B, C, etc.) *.
─ "Situación del alumno": las siguientes 5 entradas son excluyentes, solo se
puede marcar una de las 5, o dejar sin marcar las 5:
§
"Compensatoria":
alumnos de Compensación Educativa, este alumno se presenta al examen pero su
nota no computa en la media del centro (ni del grupo, ni de la DAT, ni de todo
Madrid).
§
"Integración Exento": alumno de Necesidades Educativas Especiales que el
director considera que está Exento de presentarse, por lo que no se va a
presentar a ninguna prueba.
§
"Integración Presentado Sin Computar": alumno de Necesidades Educativas Especiales que el
director considera que puede realizar las pruebas, pero cuyos resultados NO
computan en la media del centro.
§
"Integración Presentado Computa": alumno de Necesidades Educativas Especiales que el director
considera que puede realizar las pruebas y cuyos resultados SI computan en la
media del centro.
§
"Exento de realizar la prueba": por otros motivos diferentes a los anteriores
(incorporación tardía, no dominio de la lengua oficial, etc.).
─ "Sexo" *.
─ "Nacionalidad"
*.
─ "Año de nacimiento" *.
─ "No presentados":
en caso de que el alumno no se presente a alguna de las pruebas, el director
marcará, después de haberse realizado la prueba o pruebas en las que no se ha
presentado ese alumno.
Todas esta
información, salvo la última de no presentación, se cumplimentará antes de la
realización de la prueba, en las fechas indicadas por la DAT.
3. Los directores de
los centros recibirán, con anterioridad a la celebración de las pruebas, las
claves y la información necesaria para acceder y cumplimentar los siguientes
cuestionarios:
─ Cuestionarios de contexto de familias: El director del centro
recibirá, a través de la plataforma informática, las claves personales y la
información para el acceso de las familias a la plataforma informática. El
director hará llegar estas claves y toda la información pertinente a cada
familia, mediante un sistema que respete la confidencialidad (sobre cerrado,
agenda, comunicación electrónica segura, etc.).
Asimismo, para la cumplimentación de estos
cuestionarios, facilitará el asesoramiento y los medios informáticos necesarios
a aquellas familias que lo precisen. Las familias utilizarán estas mismas
claves para descargarse el informe con los resultados del alumno, una vez
corregidas las pruebas.
─ Cuestionario de contexto de centro: debe ser cumplimentado por el
director del centro.
─ Cuestionarios de profesores: deberán ser cumplimentados por los
profesores del centro que impartan docencia en cada grupo evaluado en las áreas
de referencia: Lengua Castellana, Lengua Inglesa y Matemáticas. El director
recibirá, a través de la plataforma informática, las claves personales y la
información para el acceso de los profesores a la plataforma. El director
asignará estos códigos a los profesores que habitualmente imparten las áreas
vinculadas a cada competencia, concretamente 3 profesores (Matemáticas, Lengua
Castellana y Lengua Inglesa) por cada grupo de tercer curso de Educación
Primaria. Es responsabilidad del director hacer llegar a cada profesor asignado
el código de acceso a la Plataforma respetando la confidencialidad.
Los directores de los centros, a través de la
plataforma informática, recibirán información sobre el estado de
cumplimentación de todos estos cuestionarios (nunca sobre su contenido), para
que puedan comprobar el correcto desarrollo de esta actuación. Todos los
cuestionarios deberán estar cumplimentados antes del día 15 de mayo.
Duodécimo.- Instrumentos para la aplicación de las pruebas
El director del
centro, a través de la plataforma informática, recibirá los archivos con los
diferentes cuadernillos de todas las pruebas de esta evaluación y el resto de
materiales necesarios para su realización. Todo este material será fotocopiado
por el propio centro.
Desde al menos 24
horas antes de la realización de prueba, desde la plataforma informática se
podrán descargar los materiales de la prueba en formato PDF y Word, y en mp3
para los audios, aunque no se podrán abrir porque tendrán una contraseña de
apertura. Dos horas antes de la aplicación de cada una de las pruebas se
comunicará esa contraseña a los directores por distintos medios (entre otros, a
través de su publicación en la Plataforma informática), para poder proceder a
la impresión de los cuadernillos. Las pruebas están preparadas para su
impresión en blanco y negro. Una vez impresos, y bajo la supervisión del
director, se deberá transcribir la clave de los alumnos en los cuadernillos.
Los materiales que se
reciben a través de la Plataforma son los siguientes:
Día 5 de mayo:
─ Expresión escrita en Español (1 cuadernillo).
─ Comprensión oral y escrita en Español (1 cuadernillo,
2 audios y sus textos).
─ Competencia Matemática: Parte 1 (1 cuadernillo).
Día 6 de mayo:
─ Expresión escrita en Inglés (1 cuadernillo).
─ Comprensión oral y escrita en Inglés (1 cuadernillo,
1 audio y su texto).
─ Competencia Matemática: Parte 2 (1 cuadernillo).
Para los alumnos con
dificultades visuales que precisen adaptar el tamaño de la fuente en el texto
de la prueba, los centros dispondrán de las pruebas en formato Word y de las
tablas y figuras en formato Excel en la Plataforma, y será el director el
encargado de adaptarlas e imprimirlas. Los alumnos que necesitan un examen en
lenguaje Braille, recibirán esa prueba en su centro. Con respecto a los alumnos
que presentan dificultades auditivas o motoras, el centro actuará como lo hace
de modo habitual, según las necesidades específicas de adaptación que precise
cada uno de ellos.
El director será
responsable de la custodia y confidencialidad de todo el material de las
pruebas, tanto de los archivos informáticos como de las copias en papel, y no
podrá hacerlos públicos ni compartirlos sin previa autorización por parte de la
Consejería.
Decimotercero.- Realización de las pruebas
1. Comienzo de la
evaluación: instrucciones generales.
Bajo la supervisión
general del director del centro y la colaboración directa de la jefatura de
estudios, en cada una de las aulas donde se vaya a aplicar la prueba los
maestros aplicadores pasarán lista a los alumnos y los colocarán según el
listado establecido por el propio centro, tomando, al mismo tiempo, nota de las
ausencias. Los alumnos, con independencia de cómo estén dispuestos en sus
clases, han de colocarse por filas. Los alumnos permanecerán en sus pupitres
hasta que se agote el tiempo asignado a cada una de las partes de la prueba,
momento en el que los aplicadores recogerán los cuadernillos.
Una vez colocados los
alumnos, el aplicador hará la presentación general de las pruebas de
evaluación, que consistirá en una breve explicación sobre su objeto, tratando
de crear un clima adecuado de cooperación, interés, trabajo y silencio.
El aplicador
comunicará a los alumnos:
─ Que se les entregarán unos cuadernillos con ejercicios para que los
hagan lo mejor posible.
─ Que solo necesitarán tener sobre la mesa un lápiz y un bolígrafo de
tinta negra o azul, pinturas de colores y, si quieren, los instrumentos para
borrar de uso habitual en el centro.
─ Que tendrán que realizar los ejercicios en silencio y que si tienen
alguna duda sobre las instrucciones, no sobre las respuestas, levantarán la
mano, esperando en su sitio a que se les atienda.
─ Que deberán permanecer en sus asientos hasta que les sean recogidos
los cuadernillos.
─ Que deberán seguir estrictamente las indicaciones que figuran en cada
una de las preguntas de la prueba.
2. Instrucciones de la
prueba.
El aplicador
distribuirá los cuadernillos correspondientes a cada prueba, comprobando que en
cada cuadernillo figure la clave del centro y el código del alumno. Se entregará
a cada alumno su cuadernillo, es decir, el que lleve su número asignado.
El aplicador explicará
la estructura de cada prueba, leyendo conjuntamente las instrucciones que
figuran en el cuadernillo con los alumnos y resolviendo cualquier duda que se
plantee antes de su comienzo.
En las pruebas que
precisan audio, en el caso de que fallaran los medios técnicos de reproducción
de los audios, un maestro de inglés designado por el director leerá en cada
aula el texto de comprensión oral en inglés. Una vez leído dicho texto, este
maestro abandonará el aula, salvo que sea el aplicador de la prueba. Para los
audios en lengua española, los textos serán leídos por el aplicador. Dichas
incidencias se comunicarán al director, quien las registrará en la plataforma informática.
3. Realización de la
prueba.
Una vez iniciada
cualquier prueba, el aplicador no dará ninguna información adicional o ayuda
sobre su contenido. No obstante, si algún alumno tuviera dudas sobre las
instrucciones recibidas, el aplicador podrá dar públicamente las explicaciones
pertinentes, si ello resultara oportuno, para evitar un clima continuo de
preguntas.
Si un alumno, una vez
iniciada cualquier prueba, descubre que su cuadernillo es defectuoso, se le
entregará otro en el que se escribirá claramente el número asignado al alumno y
la clave del centro. En la portada del cuadernillo defectuoso se indicará el
motivo del cambio.
El alumno seguirá
trabajando en el nuevo cuadernillo, en el que no copiará las respuestas dadas
en el defectuoso. Al finalizar la prueba el aplicador grapará ambos
cuadernillos.
Si un alumno llega
tarde a cualquier prueba, es decir, cuando el aplicador ya haya distribuido los
cuadernillos y empezado a dar las correspondientes instrucciones, no podrá
incorporarse a dicha parte, haciéndolo; sin embargo, a las siguientes. En caso
de que un alumno tuviera que abandonar alguna de las pruebas por una razón
suficientemente justificada, (por ejemplo, enfermedad sobrevenida), se recogerá
su cuadernillo y se señalará en la primera página la razón de su abandono.
Estas situaciones, así
como todas aquellas otras incidencias que los aplicadores (y/o el director)
consideren conveniente consignar, deben ser comunicadas al director y
registradas en la plataforma informática.
4. Período de descanso
y finalización de las pruebas.
Una vez finalizada
cada prueba, el aplicador recogerá los cuadernillos en espera del periodo de
descanso o de la finalización de la jornada, momento en que llevará esos
cuadernillos al despacho del director para su custodia hasta el momento de su
corrección. En caso de que se hayan producido incidencias (alumnos no
presentados, retraso en el inicio del examen, alumnos que se ausentan, fallos
en el audio, etc.), el aplicador se lo comunicará al director en el momento de
entregar los cuadernillos, y el director introducirá dichas incidencias en la
plataforma informática. El director conservará los materiales de las pruebas,
será responsable de su custodia y confidencialidad, y no podrá hacerlos
públicos ni compartirlos sin previa autorización por parte de la Consejería.
Decimocuarto.- Corrección de las pruebas
1. La corrección de
las pruebas será realizada por maestros del propio centro, preferentemente de
4.o curso de Educación Primaria, siempre excluyendo a los maestros
que impartan clase en ese grupo, siendo el director quien designe a los
maestros encargados de esta actividad.
2. Las pruebas
correspondientes a la competencia en comunicación lingüística en lengua
española y competencia matemática serán corregidas, preferentemente, por
maestros que impartan las áreas de Lengua Castellana y Literatura y de
Matemáticas en 4.o curso de Educación Primaria. La parte
correspondiente a la competencia en comunicación lingüística en primera lengua
extranjera (inglés) será corregida en todos los casos por maestros de la
especialidad de inglés, o maestros habilitados para impartir el área de primera
lengua extranjera (inglés). En ningún caso el corrector podrá ser un maestro
que imparta docencia a los alumnos que corrige.
3. La Administración
Educativa, a través del Servicio de Inspección, podrá comprobar que la
corrección por parte de los centros se ha realizado de forma adecuada.
Decimoquinto.- Resultados
1. El resultado de la
evaluación se expresará en 6 niveles para cada una de las competencias.
2. La Consejería de
Educación y Juventud facilitará al director del Centro, a través de la
plataforma informática, un listado provisional con los resultados de todos sus
alumnos, y se les dará un plazo para que reclamen la subsanación de errores
materiales y de hecho. Una vez acabado ese plazo, y antes de finalizar el curso
académico 2019-2020, los directores recibirán el listado definitivo con los
resultados de todos sus alumnos, así como sus informes individuales.
El director del centro
se encargará de trasladar cada informe a los padres o tutores legales de los
alumnos, mediante una de las dos siguientes opciones: 1) que cada familia
descargue su informe de la plataforma informática utilizando la misma clave que
se les proporcionó para cumplimentar el cuestionario de contexto de familias;
2) en caso de que alguna familia no pueda utilizar el método anterior, y en
otros casos en los que la dirección del centro lo considere más adecuado, el
centro imprimirá el informe del alumno y se lo entregará a la familia.
Los informes de los
alumnos tendrán un carácter informativo y orientador para los centros, para los
equipos docentes, los padres o tutores legales y el alumnado.
3. La Consejería de
Educación y Juventud facilitará, a través de la plataforma informática, y
durante el primer trimestre del curso académico 2020-2021, un informe
individualizado del centro educativo. En este Informe de Centro aparecerán sus
resultados, contextualizados en función de factores sociales, económicos y
culturales, y comparados con los resultados de su DAT y del conjunto de la
Comunidad de Madrid.
4. La dirección del
centro informará al Consejo Escolar y al Claustro de profesores sobre los
resultados obtenidos, con la finalidad de que puedan analizarlos, valorarlos y
adoptar, si procede, las medidas y propuestas de mejora que consideren
necesarias.
5. Los resultados de
los alumnos que tengan adaptaciones curriculares significativas por presentar
necesidades educativas especiales y que realicen las pruebas por decisión del
centro, así como los resultados de los alumnos de compensación educativa, no
computarán en el cálculo global de los resultados del centro.
6. La dirección del
centro, una vez recibido sus resultados, podrá reclamar únicamente la
subsanación de errores materiales y de hecho. La reclamación se remitirá a la
Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, a través del
siguiente correo electrónico (sgevyan@madrid.org). En el escrito
de reclamación, dirigido al Director General de la unidad, se indicará
claramente que se trata de la evaluación de tercer curso de Educación Primaria.
La identificación se hará con el número de clave de aplicación del centro y, en
su caso, el código anonimizado del alumno o alumnos, junto con el motivo o
causa que sirva de fundamento al centro para la reclamación de lo que califica
de posible error. La Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza
resolverá en el plazo más breve posible y, como máximo, en dos meses desde el
día siguiente a la fecha de recepción de la reclamación.
Decimosexto.- Planes de mejora
1. El equipo directivo
de cada centro, con el concurso de los equipos docentes que considere oportuno,
analizará y valorará los resultados de la evaluación con el objeto de, si
procede, mejorar los procesos organizativos y didácticos.
2. La dirección del
centro elaborará y coordinará un plan de mejora con las medidas y propuestas
pertinentes, que se incluirá en la programación general anual.
3. El Servicio de la
Inspección Educativa supervisará y analizará los resultados de los alumnos y el
Informe de Centro con el equipo directivo del centro y, en su caso, con la
Comisión de Coordinación Pedagógica. Asimismo, supervisará el plan de mejora
elaborado por el centro y realizará el seguimiento de su desarrollo, de
conformidad con el Plan General de Actuación correspondiente.
Decimoséptimo.- Instrucciones de desarrollo
La Dirección General
de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, la Dirección General de Educación
Infantil y Primaria, la Dirección General de Educación Secundaria, Formación
Profesional y Régimen Especial, y las Direcciones de Área Territorial podrán
dictar, en sus respectivos ámbitos de competencias, cuantas instrucciones sean
precisas para la aplicación de lo establecido en la presente resolución.
Decimoctavo.- Producción de efectos
La presente resolución
producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
ANEXO
(Véase en formato pdf)