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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ORDEN 614/2019, de 6 de marzo, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se autoriza la supresión de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Aeronáuticos y de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Aeronáutica en la Universidad Politécnica de Madrid, así como la supresión de enseñanzas universitarias oficiales de máster en la Universidad Europea de Madrid. ([1])

 

 

 

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece, en su artículo 8.2, que la creación, modificación y supresión de centros en las universidades públicas, será acordada por la Comunidad Autónoma correspondiente, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, bien por iniciativa de la universidad, mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.

Por otro lado, la citada Ley Orgánica establece, en su artículo 12.2, que la implantación y supresión de enseñanzas en las universidades privadas será acordada por la Comunidad Autónoma correspondiente, a propuesta de la universidad.

De acuerdo con lo anterior, la Universidad Politécnica de Madrid ha solicitado la supresión de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Aeronáuticos y de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Aeronáutica, una vez extinguidos los planes de estudios de Ingeniero Aeronáutico y de Ingeniero Técnico Aeronáutico (en sus cinco especialidades), de conformidad con lo establecido en el Acuerdo de 3 de julio de 2008, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se autoriza la creación de la Escuela de Ingeniería Aeronáutica y del Espacio. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 de la citada Ley Orgánica de Universidades, esta supresión ha sido acordada por el Consejo de Gobierno y Consejo Social de dicha universidad, en las sesiones celebradas el 27 de septiembre y 15 de octubre de 2018, respectivamente.

Por otro lado, a solicitud de la Universidad Europea de Madrid, se procede a la supresión de enseñanzas universitarias oficiales de máster, autorizadas con anterioridad por orden de esta Consejería, como consecuencia de la verificación de nuevas enseñanzas que las sustituyen, de su escasa demanda o debido a una reorganización de su oferta de estudios y cuyo calendario de extinción ha comenzado en el curso 2018-2019. En todo caso, la Universidad Europea de Madrid garantizará el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que se extinguen para los estudiantes que las hubieran iniciado hasta su finalización.

El Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid, en sesión de su Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria, celebrada el 18 de febrero de 2019, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid, informó favorablemente por asentimiento ambas propuestas.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 127/2017, de 24 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación e Investigación, a propuesta de la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores,

 

DISPONGO

Primero

Acordar la supresión, a solicitud de la Universidad Politécnica de Madrid, de la Escuela Técnica Superior de Ingenieros Aeronáuticos y de la Escuela Universitaria de Ingeniería Técnica Aeronáutica, de conformidad con los acuerdos adoptados por el Consejo Social y Consejo de Gobierno de la Universidad.

Segundo

1. Acordar la supresión a propuesta de la Universidad Europea de Madrid, de las siguientes enseñanzas universitarias oficiales de Máster con efectos del curso 2018-2019:

Máster Universitario en Dirección y Gestión Hotelera Internacional (código RUCT 4311677).

Máster Universitario en Explotación y Gestión de Infraestructuras (código RUCT 4315404).

Máster Universitario en Gestión de Empresas de Transporte Aéreo (código RUCT 4315406).

Máster Universitario en Marketing y Comunicación (código RUCT 4310686).

Máster Universitario en Odontopediatría (código RUCT 4311684).

Máster Universitario en Optometría Clínica (código RUCT 4310697).

Máster Universitario en Periodismo Digital y Redes Sociales (código RUCT 4313160).

Máster Universitario en Sostenibilidad y Rehabilitación Energética (código RUCT 4310518).

Máster Universitario en Ingeniería de Sistemas Multidisciplinares (código RUCT 4315928).

Máster Universitario en Técnicas Avanzadas en Fisioterapia y Mujer (código RUCT 4311686).

Máster Universitario en Técnicas Avanzadas en Psicología de la Salud (código RUCT 4315424).

Máster Universitario en Finanzas (código RUCT 4315408).

2. La Universidad Europea de Madrid deberá garantizar, en todo caso, el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que se extinguen, de tal forma que los estudiantes que las hubieran iniciado con un aprovechamiento académico normal, puedan finalizarlas.

Tercero

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación e Investigación en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

 

 

 



[1] . BOCM de 15 de marzo de 2019.