Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ORDEN 2941/2018, de 8 de agosto, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se autoriza la implantación y supresión de enseñanzas universitarias oficiales en las Universidades de la Comunidad de Madrid. ([1])

 

 

 

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 8.2, que la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial en las Universidades públicas será acordada por la Comunidad Autónoma correspondiente, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, bien por iniciativa de la Universidad, mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.

La citada Ley Orgánica establece en su artículo 12.2, que la implantación y supresión de enseñanzas en las Universidades privadas será acordada por la Comunidad Autónoma correspondiente, a propuesta de la Universidad.

Por lo que respecta a las enseñanzas de doctorado, de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, los programas de doctorado conducentes a la obtención del título oficial de Doctor deberán ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por la correspondiente Comunidad Autónoma.

Por otro lado, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en su redacción vigente, regula la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales y establece las directrices, condiciones y procedimiento de verificación y acreditación que deberán superar sus planes de estudio. Asimismo, la disposición adicional primera del citado Real Decreto establece que la implantación por las universidades de los planes de estudio conducentes a la obtención de los títulos de Grado podrá realizarse de manera simultánea, para uno o varios cursos, o progresiva, de acuerdo con la temporalidad prevista.

De acuerdo con lo anterior, se procede mediante la presente Orden a la autorización de nuevas enseñanzas oficiales de grado, máster y doctorado para el curso 2018-2019 cuya implantación ha sido solicitada por las universidades a fecha 15 de julio de 2018, una vez obtenida la resolución favorable de verificación del Consejo de Universidades, tal y como se acordó en la reunión de la Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria del Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid en las sesiones celebradas el 11 de abril y el 4 de julio de 2018.

Asimismo y a solicitud de las universidades correspondientes, se procede a la extinción de determinadas enseñanzas autorizadas con anterioridad por Orden de esta Consejería, garantizándose por las universidades, en todo caso, el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que se extinguen para los estudiantes que las hubieran iniciado hasta su finalización.

Por último, de conformidad con lo señalado en la disposición primera de la Orden 3371/2013, de 18 de octubre, se procede a dejar sin efecto la autorización para impartir un máster universitario en el Centro de Enseñanza Superior en Humanidades y Ciencias de la Educación Don Bosco, adscrito a la Universidad Complutense de Madrid, al haber transcurrido dos años sin haberse puesto en funcionamiento dicha enseñanza.

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 127/2017, de 24 de octubre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación e Investigación, a propuesta de la Dirección General de Universidades y Enseñanzas Artísticas Superiores,

 

DISPONGO

Primero  ([2])

Acordar la implantación, a solicitud de las universidades correspondientes, de las titulaciones oficiales de Grado que se relacionan en el Anexo I, una vez cumplido el trámite de verificación establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, de acuerdo con el calendario de implantación que se especifica en cada caso.

Segundo ([3])

Acordar la implantación, a solicitud de las universidades correspondientes, de las enseñanzas oficiales de máster que se relacionan en el Anexo II, una vez cumplido el trámite de verificación establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

Tercero

Acordar la implantación, a solicitud de las universidades correspondientes, de las enseñanzas oficiales de doctorado que se relacionan en el Anexo III, una vez cumplido el trámite de verificación establecido en el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.

Cuarto

Dejar sin efecto la autorización de implantación del Máster Universitario en Formación del Profesorado de ESO y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, en el Centro de Enseñanza Superior en Humanidades y Ciencias de la Educación Don Bosco, centro adscrito a la Universidad Complutense de Madrid, autorizada por Orden 3371/2013, de 18 de octubre (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 7 de noviembre).

Quinto

1. Se acuerda la supresión, a propuesta de las universidades correspondientes, de las enseñanzas universitarias oficiales que se relacionan en el Anexo IV.

2. Las universidades deberán garantizar, en todo caso, el adecuado desarrollo efectivo de las enseñanzas que se extinguen, de tal forma que los estudiantes que las hubieran iniciado con un aprovechamiento académico normal puedan finalizarlas.

Sexto

Las universidades de la Comunidad de Madrid implantarán las titulaciones con los recursos humanos y materiales adecuados a su impartición de conformidad con las memorias presentadas. Las universidades públicas contarán para ello con los recursos procedentes de los precios públicos establecidos para las enseñanzas universitarias oficiales, los ingresos procedentes del sistema de financiación de las universidades de la Comunidad de Madrid ya aprobado y el resto de los recursos con que cuente la universidad.

Las actividades docentes de las enseñanzas cuya implantación se autoriza solo podrán ser impartidas en las instalaciones que hayan sido autorizadas por la Comunidad de Madrid, con independencia del contenido de las Memorias correspondientes a los Planes de Estudios que cuentan con la Resolución favorable del Consejo de Universidades.

Séptimo

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación e Investigación en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses conforme a lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

 

ANEXOS ([4])([5])

(Véanse en formato pdf)

 



[2] . Téngase en cuenta que respecto a los títulos implantados en la Universidad Carlos III, se ha efectuado un cambio de denominación en los siguientes Grados:

-          Por Resolución de 18 de mayo de 2020, se modifica la denominación del Plan de Estudios del título de "Grado en Ciencia e Ingeniería de Datos" por el de "Grado en Data Science and Engineering/Ciencia e Ingeniería de Datos".

-          Por Resolución de 18 de mayo de 2020, se modifica la denominación del Plan de Estudios del título de "Grado en Historia y Política" por el de "Grado en Historia y Política/Bachelor in History and Politics"

-          Por Resolución de 18 de mayo de 2020, se modifica la denominación del Plan de Estudios del título de "Grado en Empresa y Tecnología" por el de "Grado en Management and Technology/Empresa y Tecnología"

[3] . Téngase en cuenta en elación a los títulos de Máster implantados en la Universidad Alfonso X El Sabio, la Orden 3270/2021, de 2 de noviembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno, por la que se autoriza a la Universidad Alfonso X el Sabio a impartir el Máster Universitario en Psicología General Sanitaria de la Facultad de Medicina en el campus de Chamartín, además de en el campus de Villanueva de la Cañada.

[4].-           Por Orden 1820/2021, de 13 de julio, de la Consejería de Educacion, Universidades, Ciencia y Portavocía del Gº. se suprimen:

-          Máster Universitario en Medicina de Pequeños Animales (Universidad Alfonso X El Sabio)

-          Máster Universitario en Dirección Estratégica de Comercio Internacional (Univ. Francisco de Vitoria)

[5] .           Por  Orden 2214/2021, de 27 de julio, de la Consejería de Educacion, Universidades, Ciencia y Portavocía del Gº. se suprime el título de Máster en Sociedad y Relaciones de Poder en el Mundo Premoderno.(Universidad a Distancia de Madrid-UDIMA)