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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Orden 3759/2016, de 25 de noviembre, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte, por la que se designan los miembros de la Mesa de Contratación de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte. ([1])

 

 

                                      

El artículo 66 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, regula la composición de la Mesa de Contratación que ha de existir en cada Consejería, siendo competencia del órgano de contratación la designación de sus miembros. En aplicación de este precepto y de lo dispuesto en el Decreto 117/2004, de 29 de julio, por el que se establecía la estructura orgánica de la Consejería de Educación, en el que las competencias en materia de contratación estaban atribuidas a la Secretaría General Técnica y a la Dirección General de Infraestructuras y Servicios, mediante Orden 3806/2004, de 24 de septiembre, del Consejero de Educación, se designó con carácter permanente a los miembros de la Mesa de Contratación de ambos Centros Directivos.

La nueva estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte establecida por el Decreto 100/2016, de 18 de octubre, mantiene las competencias en materia de contratación pública en los dos órganos citados; sin embargo la conveniencia de actualizar la Orden de composición de las Mesas de Contratación a la nueva estructura orgánica y competencial de la Consejería así como la obligación de aplicar el código ético aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, de 31 de octubre de 2016, de los altos cargos de la Administración de la Comunidad de Madrid y de sus entes adscritos, requiere la aprobación de una nueva Orden de designación de los miembros de la Mesa con carácter permanente, manteniendo la variación de su composición dependiendo de que el contrato a tramitar sea del ámbito competencial de la Secretaría General Técnica o de la Dirección General de Infraestructuras y Servicios.

En consecuencia y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Designar, con carácter permanente, a los siguientes miembros de la Mesa de Contratación de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, en relación con la adjudicación de los contratos que son competencia de la Secretaría General Técnica, de acuerdo con el Decreto 100/2016, de 18 de octubre, por el que se establece la estructura de la Consejería, incluyendo los contratos privados:

Presidente: El titular de la División de Contratación de la Secretaría General Técnica. En los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de dicho titular, la presidencia será ejercida temporalmente, por suplencia, por el titular del Área de Contratación del citado centro directivo, en tanto dure la causa objeto de dicha suplencia.

Vocales:

- Un Subdirector o un Jefe de División, de Área o de Servicio integrado en el órgano proponente del contrato.

- Un técnico integrado en la Subdirección, División o Área del órgano proponente del contrato.

- Un Letrado de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid

- Un Interventor de la Comunidad de Madrid

Secretario: Un Técnico integrado en el Área de Contratación de la Secretaría General Técnica.

Segundo

Designar, con carácter permanente, a los siguientes miembros de la Mesa de Contratación de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte en relación con la adjudicación de los contratos que son competencia de la Dirección General de Infraestructuras y Servicios, de acuerdo con el Decreto 100/2016, de 18 de octubre, por el que se establece la estructura de la Consejería, incluyendo los contratos privados:

Presidente: El titular de la Subdirección General de Infraestructuras y Servicios de la citada Dirección General. En los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad de dicho titular, la presidencia será ejercida temporalmente, por suplencia, por el titular del Área de Contratación del citado Centro Directivo en tanto dure la causa objeto de dicha suplencia.

Vocales:

- Un Subdirector o un Jefe de División, de Área o de Servicio integrado en el órgano proponente del contrato.

- Un Técnico integrado en la Subdirección, División o Área del órgano proponente del contrato.

- Un Letrado de la Abogacía General de la Comunidad de Madrid

- Un Interventor de la Comunidad de Madrid

Secretario: Un Técnico integrado en la Subdirección General de Infraestructuras y Servicios.

Tercero

Queda derogada la Orden 3806/2004, de 24 de septiembre, del Consejero de Educación, por la que se designan los miembros de la Mesa de Contratación de la Consejería de Educación.



[1].-          BOCM de 30 de diciembre de 2016.