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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Acuerdo de 9 de noviembre de 2016, del Gerente de la Universidad de Alcalá, en ejercicio de sus competencias como Órgano de Contratación de esta Universidad, por el que se hace pública la composición de la Mesa de Contratación con carácter permanente. ([1])

 

 

 

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 320.3 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, los miembros de la Mesa de Contratación serán nombrados por el Órgano de Contratación.

En sesión de fecha 23 de febrero de 2012, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá aprobó el Reglamento de la Mesa de Contratación ([2]), publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 22 de marzo de 2012, en cuyo punto II se determinan los cargos a los que se atribuye la condición de miembros de dicho órgano colegiado con carácter permanente.

Con fechas 24 de abril y 4 de junio de 2014, el Órgano de Contratación de la Universidad hizo públicos en sendos Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid los nombres de los titulares de los cargos reglamentariamente designados miembros de la Mesa de Contratación, recogiendo las sucesivas modificaciones producidas en la titularidad de los respectivos cargos. "

La experiencia ha venido a demostrar que para garantizar que la identidad de aquellos que ostentan la titularidad de los cargos designados reglamentariamente como miembros de la Mesa de Contratación de esta Universidad coincida en todo momento con los datos que a este respecto consten publicados, resulta más conveniente que los nombres de los titulares de los mencionados cargos se hagan públicos en el "perfil del contratante" de la Universidad de Alcalá, en el que cuantas modificaciones se produzcan en la titularidad de los respectivos cargos podrán reflejarse con la inmediatez debida, lo que garantizará que la composición de la Mesa de Contratación de esta Universidad esté permanentemente actualizada de forma fiable y segura, en estricto cumplimiento del mandato legal.

En mérito de lo expuesto, el Gerente de la Universidad de Alcalá, en ejercicio de sus competencias como Órgano de Contratación de la misma (Resolución del Rector de fecha 26 de marzo de 2010, Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 90, de 16 de abril de 2010),

 

ACUERDA

Primero

Dejar sin efecto los Acuerdos de fechas 1 de abril y 5 de mayo de 2014, publicados en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fechas 24 de abril y 4 de junio de 2014.

Segundo

Con efectos del día siguiente a la fecha en que se haga público el presente Acuerdo, la composición nominativa de los miembros de la Mesa de Contratación será publicada en el "perfil del contratante" de la Universidad de Alcalá, de acuerdo con lo dispuesto en el punto II del vigente Reglamento de la Mesa de Contratación de la Universidad de Alcalá, debiéndose velar porque esta publicación se mantenga permanentemente actualizada, para conocimiento de todos los interesados y licitadores en los procedimientos de contratación que sean convocados.

Tercero

El presente Acuerdo será objeto de publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.

 



[1]. -       BOCM de 25 de noviembre de 2016.

[2]. -       El citado Reglamento fue derogado por Acuerdo de 25 de Julio de 2017, del Consejo de Gobierno de la Universidad de Alcalá, por el que se aprueba el nuevo Reglamento de la Mesa de Contratación .