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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ORDEN 3832/2015, de 17 de diciembre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se autoriza la primera fase de la puesta en funcionamiento del Campus Madrid-Princesa en la Universidad Antonio de Nebrija como nueva sede de la Facultad de Ciencias Sociales. ([1])

 

 

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 12.2, en relación con el artículo 8.2, que la creación, modificación y supresión de centros en las Universidades privadas será acordada por la Comunidad Autónoma correspondiente, a propuesta de la Universidad.

Mediante la Orden 1361/2015, de 12 de mayo (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 29 de mayo), se autorizó a solicitud de la Universidad Antonio de Nebrija la creación del Campus Madrid-Princesa como nueva sede de la Facultad de Ciencias Sociales, para la impartición de las enseñanzas universitarias oficiales de grado y máster gestionadas por esta Facultad.

De conformidad con lo dispuesto en la disposición segunda de la citada Orden, la puesta en funcionamiento será autorizada por esta Consejería una vez finalizada la adecuación de las instalaciones proyectadas a su uso previsto y comprobado su cumplimiento, de conformidad con lo establecido por la normativa vigente.

La Universidad Antonio de Nebrija, dado el retraso en la ejecución de la totalidad de las obras, propone la puesta en funcionamiento del Campus Madrid-Princesa en una primera fase, con el inicio de la impartición de los cursos 1o y 2o de las enseñanzas oficiales de grado y posgrado, dependientes de la Facultad de Ciencias Sociales.

Por la Dirección General de Infraestructuras y Servicios de esta Consejería, se ha comprobado la adecuación de las aulas e instalaciones ya finalizadas a los alumnos previstos, para el inicio de los cursos 1o y 2o de las enseñanzas universitarias oficiales, de conformidad con lo que establece la legislación vigente.

Por todo lo anterior, se propone en una primera fase la autorización de la puesta en funcionamiento del Campus Madrid-Princesa de la Universidad Antonio de Nebrija como nueva sede de la Facultad de Ciencias Sociales, para la impartición de los cursos 1o y 2o de los grados, así como de los posgrados dependientes de la misma. La autorización en una segunda fase, de la puesta en funcionamiento de este nuevo campus universitario para la impartición de la totalidad de los cursos académicos de las enseñanzas universitarias oficiales dependientes de la Facultad de Ciencias Sociales, se llevará a cabo previo informe favorable de la Dirección General de Infraestructuras y Servicios, una vez ejecutadas las obras en su totalidad.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Universidades e Investigación, en ejercicio de las facultades atribuidas por Decreto 198/2015, de 4 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte,

 

DISPONGO

Primero

Autorizar la primera fase de la puesta en funcionamiento del Campus Madrid-Princesa en la Universidad Antonio de Nebrija, como nueva sede de la Facultad de Ciencias Sociales, para la impartición de los cursos 1o y 2o de las enseñanzas de grado y posgrado, dependientes de la misma.

Segundo

La segunda fase de la puesta en funcionamiento del Campus Madrid-Princesa, en el que se impartirá la totalidad de los cursos académicos de las enseñanzas universitarias oficiales de grado y posgrado organizadas por la Facultad de Ciencias Sociales, será autorizada por esta Consejería, una vez finalizada la adecuación de las instalaciones proyectadas a su uso previsto y comprobado su cumplimiento, de conformidad con lo establecido en la legislación vigente.

[Por Orden 3461/2016, de 27 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se autoriza la segunda fase de la puesta en funcionamiento del campus Madrid-Princesa, así como el traslado de determinadas enseñanzas de la Facultad de Ciencias de la Comunicación y de la Facultad de las Artes y las Letras en la Universidad Antonio de Nebrija]

Tercero

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Juventud y Deporte en el plazo de un mes a partir de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.



[1] .- BOCM de 13 de enero de 2016.