ORDEN 3832/2015, de 17 de diciembre, de la Consejería de
Educación, Juventud y Deporte, por la que se autoriza la primera fase de la
puesta en funcionamiento del Campus Madrid-Princesa en la Universidad Antonio
de Nebrija como nueva sede de la Facultad de Ciencias Sociales. ()
La Ley Orgánica 6/2001, de
21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 12.2, en relación
con el artículo 8.2, que la creación, modificación y supresión de centros en
las Universidades privadas será acordada por la Comunidad Autónoma
correspondiente, a propuesta de la Universidad.
Mediante la Orden
1361/2015, de 12 de mayo (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 29
de mayo), se autorizó a solicitud de la Universidad Antonio de Nebrija la
creación del Campus Madrid-Princesa como nueva sede de la Facultad de Ciencias
Sociales, para la impartición de las enseñanzas universitarias oficiales de
grado y máster gestionadas por esta Facultad.
De conformidad con lo
dispuesto en la disposición segunda de la citada Orden, la puesta en
funcionamiento será autorizada por esta Consejería una vez finalizada la
adecuación de las instalaciones proyectadas a su uso previsto y comprobado su
cumplimiento, de conformidad con lo establecido por la normativa vigente.
La Universidad Antonio de
Nebrija, dado el retraso en la ejecución de la totalidad de las obras, propone
la puesta en funcionamiento del Campus Madrid-Princesa en una primera fase, con
el inicio de la impartición de los cursos 1o y 2o de las
enseñanzas oficiales de grado y posgrado, dependientes de la Facultad de
Ciencias Sociales.
Por la Dirección General de
Infraestructuras y Servicios de esta Consejería, se ha comprobado la adecuación
de las aulas e instalaciones ya finalizadas a los alumnos previstos, para el
inicio de los cursos 1o y 2o de las enseñanzas
universitarias oficiales, de conformidad con lo que establece la legislación
vigente.
Por todo lo anterior, se
propone en una primera fase la autorización de la puesta en funcionamiento del
Campus Madrid-Princesa de la Universidad Antonio de Nebrija como nueva sede de
la Facultad de Ciencias Sociales, para la impartición de los cursos 1o
y 2o de los grados, así como de los posgrados dependientes de la
misma. La autorización en una segunda fase, de la puesta en funcionamiento de
este nuevo campus universitario para la impartición de la totalidad de los
cursos académicos de las enseñanzas universitarias oficiales dependientes de la
Facultad de Ciencias Sociales, se llevará a cabo previo informe favorable de la
Dirección General de Infraestructuras y Servicios, una vez ejecutadas las obras
en su totalidad.
En su virtud, a propuesta
de la Dirección General de Universidades e Investigación, en ejercicio de las
facultades atribuidas por Decreto 198/2015, de 4 de agosto, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Educación, Juventud y Deporte,
DISPONGO
Primero
Autorizar la primera fase
de la puesta en funcionamiento del Campus Madrid-Princesa en la Universidad
Antonio de Nebrija, como nueva sede de la Facultad de Ciencias Sociales, para
la impartición de los cursos 1o y 2o de las enseñanzas de
grado y posgrado, dependientes de la misma.
Segundo
La segunda fase de la
puesta en funcionamiento del Campus Madrid-Princesa, en el que se impartirá la
totalidad de los cursos académicos de las enseñanzas universitarias oficiales
de grado y posgrado organizadas por la Facultad de Ciencias Sociales, será autorizada
por esta Consejería, una vez finalizada la adecuación de las instalaciones
proyectadas a su uso previsto y comprobado su cumplimiento, de conformidad con
lo establecido en la legislación vigente.
[Por Orden
3461/2016, de 27 de octubre, de la Consejería de Educación, Juventud y
Deporte, se autoriza la segunda fase de la puesta en funcionamiento del campus
Madrid-Princesa, así como el traslado de determinadas enseñanzas de la Facultad
de Ciencias de la Comunicación y de la Facultad de las Artes y las Letras en la
Universidad Antonio de Nebrija]
Tercero
Contra la presente Orden,
que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso
potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Juventud y Deporte en
el plazo de un mes a partir de su publicación, o impugnarla directamente ante
el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,
conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que los interesados puedan
instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.