RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DETERMINA LA COMPOSICIÓN PERMANENTE DE LA
MESA DE CONTRATACIÓN DEL ORGANISMO.
RESOLUCIÓN 4133/2015, de 26 de septiembre, de la Gerencia
de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se determina la
composición permanente de la Mesa de Contratación del Organismo. ()
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
De conformidad con lo
dispuesto en el artículo 320 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del
Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de
noviembre, los órganos de contratación de las Administraciones Públicas estarán
asistidos por una Mesa de Contratación, que será el órgano competente para la
valoración de las ofertas y que estará constituida por un presidente, los
vocales que se determinen reglamentariamente y un secretario.
En la Comunidad de Madrid,
el artículo 18 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad
de Madrid, aprobado por Decreto
49/2003, de 3 de abril, establece de igual forma que el artículo 66 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de
Madrid, que la Mesa de Contratación estará constituida por un presidente, un
mínimo de cuatro vocales y un secretario designados por el órgano de
contratación, el último entre funcionarios del mismo o, en su defecto, entre el
personal a su servicio.
Asimismo, prevé que entre
los vocales deberá figurar necesariamente un Letrado de la Abogacía General y
un Interventor de la Comunidad de Madrid, y que la designación de los miembros
de la Mesa de Contratación podrá hacerse de manera específica, para la
adjudicación de uno o más contratos, o con carácter permanente, en cuyo caso su
composición deberá publicarse en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
En su virtud, haciendo uso de las
atribuciones que me han sido conferidas por las disposiciones vigentes.
RESUELVO
Primero
Designar a los miembros de
la Mesa de Contratación permanente de la Agencia Madrileña de Atención Social,
que serán los siguientes:
Presidente: El titular de
la Secretaría General del AMAS o, en su defecto, un funcionario titulado
superior del AMAS con nivel 28 o superior.
Vocales:
- Un Interventor de la
Comunidad de Madrid.
- Un Letrado de los
Abogacía General de la Comunidad de Madrid.
- Un Técnico titulado medio
o superior, perteneciente a la unidad promotora de los contratos en relación
con los cuales se constituya la Mesa.
- Un Técnico integrante del
que actúe como unidad promotora de los contratos en relación con los cuales se
constituya la Mesa
Secretario: Un funcionario con rango de
Jefe de Servicio o superior perteneciente a la Unidad de Contratación del AMAS
o, en su defecto, un funcionario titulado medio o superior de la Secretaría
General.
Segundo
Dejar sin efecto la Resolución 1835/2004,
de 8 de junio, del Gerente del Servicio Regional de Bienestar Social, por la
que se determina la composición permanente de la Mesa de Contratación del SRBS.
Tercero
La presente Orden producirá
efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.