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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Orden 245/2015, de 31 de julio, de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se atribuye indistintamente la representación de la Comunidad de Madrid en el otorgamiento de documentos y escrituras públicas que contengan negocios jurídicos patrimoniales. ([1])

 

 

 

Mediante Decreto 25/2015, de 26 de junio, la Presidenta ha establecido el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 150 de 26 de junio de 2015).

Por su parte, a través del Decreto 72/2015, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno, se ha modificado la estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 160 de 8 de julio de 2015). De acuerdo con el apartado 8 del artículo 2 de este último Decreto, la Dirección General de Contratación y Patrimonio asume las competencias de tesorería de la Dirección General de Economía y Política Financiera y pasa a denominarse Dirección General de Contratación, Patrimonio y Tesorería.

La Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, establece en su artículo 14 que corresponde a la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda el otorgamiento de escrituras públicas y la formalización de inscripciones en el Registro de la Propiedad de los bienes inmuebles y derechos inscribibles de los que sea titular la Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en la legislación hipotecaria.

Dado el importante número de expedientes que se tramitan, cuya formalización exige escritura pública, certificación administrativa o suscripción de contratos privados, principalmente de arrendamientos, y con el fin de flexibilizar, agilizar y economizar la tramitación patrimonial, se hace necesario atribuir indistintamente la representación de la Comunidad de Madrid en el otorgamiento de documentos y escrituras públicas de los negocios jurídicos patrimoniales a los titulares de la Dirección General de Contratación, Patrimonio y Tesorería, de la Subdirección General de Patrimonio y de la Jefatura del Área Jurídica de Patrimonio.

Por ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7, 14 y concordantes de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid, y, en uso de las atribuciones que me competen,

 

DISPONGO

 

Primero

 

Atribuir indistintamente la representación de la Comunidad de Madrid en el otorgamiento de documentos y escrituras públicas que contengan negocios jurídicos patrimoniales a los titulares de los órganos y unidades administrativas siguientes:

- Dirección General de Contratación, Patrimonio y Tesorería. ([2])

- Subdirección General de Patrimonio.

- Jefatura de Área Jurídica de Patrimonio.

Todo ello, sin perjuicio de la propia representación que pueda ejercitar en cualquier momento por razón del cargo el titular de Consejería.

 

Segundo

 

Dejar sin efecto la Orden de esta Consejería, de 11 de noviembre de 2014 (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid número 288 de 4 de diciembre de 2014).

 

Tercero

 

La presente Orden producirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.



[1].-          BOCM de 18 de agosto de 2015.

[2].-          De conformidad con lo dispuesto en el Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, la denominación actual es Dirección General de Patrimonio y Contratación.