RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DISPONE LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DEL
CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE 1 DE JUNIO DE 2015, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS
NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DE LA COMISIÓN DELEGADA.
RESOLUCIÓN de 2 de junio de 2015, de la Dirección-Gerencia
del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, por la que se dispone la
publicación del Acuerdo del Consejo de Administración de 1 de junio de 2015,
por el que se aprueban las normas de funcionamiento de la Comisión Delegada. ()
El tiempo transcurrido
desde que este Consejo aprobó unas normas de funcionamiento de la Comisión
Delegada (20 de mayo de 1986), su carácter incompleto y provisional y la
existencia de un acabado régimen de funcionamiento de los órganos colegiados
contemplado en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, aconsejan adoptar
básicamente el modelo legal con las matizaciones imprescindibles para hacer más
operativo el funcionamiento de la Comisión Delegada de este Consejo de
Administración.
En su virtud, se adopta el
siguiente
ACUERDO
El régimen de
funcionamiento de la Comisión Delegada será el establecido en el capítulo II
del título II de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, con las peculiaridades
siguientes:
- Para la válida
constitución del órgano, a efectos de la celebración de sesiones,
deliberaciones y toma de Acuerdos, se requerirá la presencia de la mitad, al
menos, de los miembros, y entre ellos el Presidente, y asimismo del Secretario.
- El Presidente de la
Comisión Delegada será el Presidente del Consejo de Administración.
- Al Presidente le
corresponde dirimir con su voto los empates, a efectos de la adopción de
Acuerdos.
- Actuará como Secretario
de la Comisión Delegada el del Consejo de Administración, con las funciones
previstas en el artículo 25.3 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Asistirá a las reuniones
de la Comisión con voz y sin voto el Director-Gerente