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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DISPONE LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE 1 DE JUNIO DE 2015, POR EL QUE SE ESTABLECE EL PROCEDIMIENTO DE SUSTITUCIÓN TEMPORAL DEL SECRETARIO DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN

 

 

 

Resolución de 2 de junio de 2015, de la Dirección-Gerencia del Consorcio Regional de Transportes, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Administración de 1 de junio de 2015, por el que se establece el procedimiento de sustitución temporal del Secretario del Consejo de Administración. ([1])

 

 

De conformidad con las disposiciones que regulan la estructura orgánica de los servicios del Consorcio Regional de Transportes de Madrid, se atribuye al Secretario General la condición de Secretario nato del Consejo de Administración. Sin embargo, dichas disposiciones no prevén el procedimiento para la sustitución temporal del Secretario, lo que hace aconsejable que se regule esta situación a fin de garantizar en todo momento el normal funcionamiento de los órganos colegiados del Consorcio.

El artículo 10.1.g) de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid, establece como atribución de los Consejos de Administración de los Organismos Autónomos aprobar las normas de funcionamiento del propio Consejo.

Por su parte, el artículo 25.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dispone que la sustitución temporal del Secretario en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, se realizará según lo dispuesto en las normas específicas de cada órgano.

En su virtud, se adopta el siguiente

ACUERDO

La sustitución temporal del Secretario del Consejo de Administración en los supuestos de vacante, ausencia o enfermedad, se efectuará por Resolución de su Presidente.



[1].- BOCM de 16 de junio de 2015.