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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Orden 276/2015, de 9 de febrero, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se autoriza la creación, modificación y supresión de centros, así como la autorización de enseñanzas universitarias oficiales en las universidades de la Comunidad de Madrid. ([1])

 

 

 

La Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 8.2 que la creación, modificación y supresión de centros, así como la implantación y supresión de las enseñanzas conducentes a la obtención de títulos universitarios de carácter oficial en las universidades públicas, será acordada por la Comunidad Autónoma correspondiente, bien por propia iniciativa, con el acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad, bien por iniciativa de la Universidad, mediante propuesta del Consejo de Gobierno, en ambos casos con informe previo favorable del Consejo Social.

Por otro lado, la citada Ley Orgánica establece en su artículo 12.2, en relación con el artículo 8.2, que la creación, modificación y supresión de centros en las universidades privadas será acordada por la Comunidad Autónoma correspondiente, a propuesta de la universidad.

El Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, en su redacción vigente, regula la estructura de las enseñanzas universitarias oficiales de grado, máster y doctorado, y establece las directrices, condiciones y procedimiento de verificación y acreditación que deberán superar sus planes de estudio.

Por lo que respecta a las enseñanzas de doctorado, de conformidad con el artículo 10 del Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, los programas de doctorado conducentes a la obtención del título oficial de Doctor deberán ser verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por la correspondiente Comunidad Autónoma.

En este sentido, la Universidad Alfonso X El Sabio propone la creación de la Facultad de Música y Artes Escénicas, en Madrid. Este nuevo centro se encargará de la organización académica y gestión administrativa de los títulos oficiales de Grado en Interpretación Musical, Grado en Interpretación de Música Moderna, Grado en Musicología, así como del Máster Universitario en Interpretación Musical e Investigación Performativa, que actualmente se encuentran adscritos a la Facultad de Estudios Sociales, en Villanueva de la Cañada. Por la Dirección General de Infraestructuras y Servicios se ha comprobado el cumplimiento de los requisitos de este nuevo centro, en cuanto a la accesibilidad y adecuación de sus instalaciones, de conformidad con el Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de universidades y centros universitarios y otra normativa vigente, para la impartición de las enseñanzas universitarias oficiales y los alumnos previstos.

Por su parte, la Universidad Rey Juan Carlos, como consecuencia de una reestructuración de departamentos, solicita la supresión de la Facultad de Ciencias del Turismo. Las enseñanzas oficiales de Grado en Turismo actualmente adscritas a esta Facultad, pasarán a ser organizadas por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.

Por lo que respecta a la Universidad Antonio de Nebrija, se solicita el cambio del centro responsable de las titulaciones universitarias oficiales de Grado en Bellas Artes y de Grado en Diseño de Interiores, de la Facultad de las Artes y las Letras a la Escuela Politécnica Superior (EPS), sita en el campus de la Dehesa de la Villa, en el que ya se vienen impartiendo estas enseñanzas.

Por otro lado, la Universidad Politécnica de Madrid solicita la implantación del Máster Universitario en Ingeniería de Minas que habilita para el ejercicio de la profesión regulada de Ingeniero de Minas, una vez obtenida una resolución favorable de verificación.

Estas propuestas han sido informadas favorablemente por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid en la reunión de la Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria del día 19 de enero de 2015, de conformidad con lo establecido en la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de la Comunidad de Madrid.

Por último, se autorizan diversos programas de doctorado a solicitud de las universidades correspondientes, una vez cumplido el trámite de verificación establecido en el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado, y conforme a lo acordado por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid en la reunión de la Comisión de Planificación y Coordinación Universitaria de 20 de septiembre de 2013.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Universidades e Investigación, en ejercicio de las facultades atribuidas por Decreto 126/2012, de 25 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte,

DISPONGO

Primero

 

1. Autorizar en la Universidad Alfonso X El Sabio la creación de la Facultad de Música y Artes Escénicas.

2. La Facultad de Música y Artes Escénicas se hará cargo de la gestión administrativa y organización académica de las siguientes enseñanzas oficiales, que actualmente se encuentran adscritas a la Facultad de Estudios Sociales:

-  Grado en Interpretación Musical.

-  Grado en Interpretación de Música Moderna.

-  Grado en Musicología.

-  Máster Universitario en Interpretación Musical e Investigación Performativa.

3. La Facultad de Música y Artes Escénicas tendrá su sede en Madrid, en la avenida Comandante Franco, número 10.

4. La Universidad Alfonso X El Sabio deberá garantizar una separación estricta entre los espacios y actividades de la Facultad de Música y Artes Escénicas y las de la sociedad mercantil denominada "Centro de Alto Rendimiento Musical y Artes Escénicas" para alumnos preuniversitarios. En este sentido, deberán existir accesos separados e independientes para los dos centros, tanto en los espacios para la docencia como para la utilización de los servicios comunes, o bien su utilización en turnos claramente diferenciados, en el caso de que alguna instalación específica lo requiera.

5. El incumplimiento de lo previsto en el apartado cuarto dará lugar a la revocación de esta autorización.

 

Segundo

 

1. Acordar en la Universidad Rey Juan Carlos la supresión de la Facultad de Ciencias del Turismo.

2. Las enseñanzas oficiales de Grado en Turismo actualmente adscritas a la Facultad de Ciencias del Turismo pasarán a ser organizadas por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales.

 

Tercero

 

Acordar la implantación a propuesta de la Universidad Politécnica de Madrid, a partir del curso 2014-2015, del Máster Universitario en Ingeniería de Minas, una vez cumplido el trámite de verificación establecido en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se regula la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.

 

Cuarto

 

Acordar, a solicitud de la Universidad Antonio de Nebrija, el cambio en la organización académica y gestión administrativa de las enseñanzas universitarias oficiales de Grado en Bellas Artes ([2]) y del Grado en Diseño de Interiores, de la Facultad de las Artes y las Letras en la que están actualmente adscritas, a la Escuela Politécnica Superior.

 

Quinto

 

Acordar la implantación en las Universidades de la Comunidad de Madrid, de las enseñanzas oficiales de doctorado que se relacionan en el Anexo, una vez cumplido el trámite de verificación establecido en el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas oficiales de doctorado.

 

Sexto

 

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, en el plazo de un mes a partir de su publicación, o impugnarla directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que los interesados puedan instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.

 

ANEXO

PROGRAMAS DE DOCTORADO UNIVERSITARIOS CON RESOLUCIÓN FAVORABLE EN EL PROCEDIMIENTO DE VERIFICACIÓN

 

Universidad de Alcalá:

-  Programa de Doctorado en Ecología. Conservación y Restauración de Ecosistemas (título conjunto de la Universidad de Alcalá, Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Politécnica de Madrid y la Universidad Rey Juan Carlos. Coordina la Universidad de Alcalá). ([3])

-  Programa de Doctorado en Epidemiología y Salud Pública (título conjunto de la Universidad Autónoma de Madrid, la Universidad de Alcalá y la Universidad Rey Juan Carlos. Coordina la Universidad de Alcalá).

Universidad Autónoma de Madrid:

-  Programa de Doctorado en Epidemiología y Salud Pública (título conjunto de la Universidad Autónoma de Madrid, la Universidad de Alcalá y la Universidad Rey Juan Carlos. Coordina la Universidad de Alcalá).

Universidad Complutense de Madrid:

-  Programa de Doctorado en Ecología. Conservación y Restauración de Ecosistemas (título conjunto de la Universidad de Alcalá, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Politécnica de Madrid y la Universidad Rey Juan Carlos. Coordina la Universidad de Alcalá). ([4])

Universidad Politécnica de Madrid:

-  Programa de Doctorado en Ecología. Conservación y Restauración de Ecosistemas (título conjunto de la Universidad de Alcalá, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Politécnica de Madrid y la Universidad Rey Juan Carlos. Coordina la Universidad de Alcalá).

-  Programa de Doctorado en Ingeniería Geomática (título conjunto de la Universidad Politécnica de Madrid y la Universitat Politècnica de València. Coordina la Universidad Politécnica de València).

Universidad Rey Juan Carlos:

-  Programa de Doctorado en Ecología. Conservación y Restauración de Ecosistemas (título conjunto de la Universidad de Alcalá, la Universidad Complutense de Madrid, la Universidad Politécnica de Madrid y la Universidad Rey Juan Carlos. Coordina la Universidad de Alcalá). ([5])

-  Programa de Doctorado en Epidemiología y Salud Pública (título conjunto de la Universidad Autónoma de Madrid, la Universidad de Alcalá y la Universidad Rey Juan Carlos. Coordina la Universidad de Alcalá).



[1].-           BOCM de 6 de marzo de 2015.

                El texto reproducido incorpora las modificaciones efectuadas por las siguientes normas:

                - Orden 137/2020, de 29 de julio, de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se autoriza la implantación y supresión de enseñanzas universitarias de grado, máster y doctorado en las universidades de la Comunidad de Madrid (BOCM 6 de agosto de 2020).

                - Orden 252/2020, de 15 de diciembre, de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se autoriza la supresión de enseñanzas universitarias de máster y doctorado en las universidades de la Comunidad de Madrid, así como la corrección de la Orden 2393/2019, de 1 de agosto (BOCM 28 de diciembre de 2020).

[2].-           Por Orden 2940/2017, de 16 de agosto, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, la organización académica y gestión administrativa de las enseñanzas de Grado de Bellas Artes están encomendadas a la Facultad de Comunicación y Artes.

[3].-           Programa de Doctorado suprimido por la Orden 137/2020, de 29 de julio, de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación.

[4].-           Programa de Doctorado suprimido por la Orden 137/2020, de 29 de julio, de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación.

[5].-           Programa de Doctorado suprimido por la Orden 252/2020, de 15 de diciembre, de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación.