Orden 3758/2013, de 26 de noviembre, de la
Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se autoriza la creación
y supresión de centros en la Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA). ()
La Ley Orgánica 6/2001, de
21 de diciembre, de Universidades, establece en su artículo 12.2, en relación
con el artículo 8.2, que la creación, modificación y supresión de centros en
las Universidades privadas será acordada por la Comunidad Autónoma
correspondiente, a propuesta de la Universidad.
En este sentido, la
Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA) propone una nueva estructura de
centros acorde con las titulaciones de grado, máster y doctorado que
actualmente se imparten en la Universidad, en las distintas ramas de
conocimiento. La nueva estructura estaría constituida por cuatro facultades y
una escuela, que sustituirían a los dos centros con los que inicialmente fue
reconocida la Universidad: Facultad de Ciencias Sociales, Jurídicas y
Humanidades y Facultad de Enseñanzas Técnicas.
Las enseñanzas actualmente
adscritas a los dos centros que se suprimen pasan a depender de los nuevos,
garantizándose la continuidad de las actividades docentes, de acuerdo con las
instalaciones y medios materiales y humanos necesarios con los que cuenta la
Universidad.
La propuesta ha sido
informada favorablemente por el Consejo Universitario de la Comunidad de Madrid
en su reunión del día 14 de noviembre de 2013, de conformidad con lo
establecido en la Ley 4/1998, de 8 de abril, de Coordinación Universitaria de
la Comunidad de Madrid.
En su virtud, a propuesta
de la Dirección General de Universidades e Investigación, en ejercicio de las
facultades atribuidas por Decreto 126/2012, de 25 de octubre, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Educación, Juventud y Deporte y previo informe del Consejo Universitario de la
Comunidad de Madrid, de 14 de noviembre,
DISPONGO
Primero
1. Autorizar en la
Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA) la supresión de los siguientes centros:
- Facultad de Ciencias
Sociales, Jurídicas y Humanidades.
- Facultad de Enseñanzas
Técnicas.
2. Autorizar en la
Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA) la creación y puesta en
funcionamiento de los siguientes centros, que se encargarán de la organización
académica y gestión administrativa de las enseñanzas universitarias oficiales
que se especifican en cada caso:
Facultad de Ciencias Económicas y
Empresariales:
- Grado en Administración
y Dirección de Empresas.
- Grado en Economía.
()
- Grado en Empresas y
Actividades Turísticas.
- Máster Universitario en
Dirección Económico-Financiera.
- Máster Universitario en
Dirección Comercial y Márketing.
- Máster Universitario en
Márketing Digital y Social Media.
- Máster Universitario en
Banca y Asesoría Financiera.
- Máster Universitario en
Planificación y Gestión Turística.
- Máster Universitario en
Dirección de Empresas Hoteleras.
- Máster Universitario en
Dirección y Gestión Contable.
- Máster Universitario en
Auditoría de Cuentas.
- Máster Universitario en
Dirección de Empresas (MBA).
- Máster Universitario en
Dirección de Negocios Internacionales.
Facultad de Ciencias Jurídicas:
- Grado en Derecho
- Grado en Criminología
- Grado en Ciencias del
Trabajo y Recursos Humanos.
- Máster Universitario en
Asesoría Jurídica de Empresas.
- Máster Universitario en
Tributación y Asesoría Fiscal.
- Máster Universitario en
Fiscalidad Internacional.
- Máster Universitario en
Práctica de la Abogacía.
- Máster Universitario en
Derecho Ambiental.
- Máster Universitario en
Asesoría Jurídico-Laboral.
- Máster Universitario en
Dirección y Gestión de Recursos Humanos.
- Máster Universitario en
Prevención de Riesgos Laborales.
- Máster Universitario en
Gestión Integrada de Prevención, Calidad y Medio Ambiente.
- Máster Universitario en
Estudios Avanzados de Derecho Financiero y Tributario (título conjunto de la
Universidad Complutense de Madrid y la Universidad a Distancia de Madrid).
Facultad de Ciencias Sociales y Humanidades:
- Grado en Periodismo.
- Grado en Historia.
- Grado en Humanidades.
- Máster Universitario en
Mercado del Arte.
- Máster Universitario en
Seguridad, Defensa y Geoestrategia.
- Máster Universitario en
Comunicación Digital.
- Máster Universitario en
Educación y Nuevas Tecnologías.
Facultad de Ciencias de la Salud y de la
Educación:
- Grado en Psicología.
- Grado en Magisterio de
Educación Infantil.
- Grado en Magisterio de
Educación Primaria.
- Máster Universitario en
Gerontología Psicosocial.
- Máster Universitario en
Gestión Sanitaria.
- Máster Universitario en
Formación del Profesorado de Educación Secundaria.
Escuela de Ciencias Técnicas e Ingeniería:
- Grado en Ingeniería
Informática.
- Grado en Ingeniería de
Organización Industrial.
- Máster Universitario en
Arquitectura del Software.
- Máster Universitario en
Ingeniería del Software.
- Máster Universitario en
Energías Renovables y Eficiencia Energética.
Segundo
Contra la presente Orden,
que pone fin a la vía administrativa, podrán interponer los interesados recurso
potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Juventud y Deporte en
el plazo de un mes a partir de su publicación, o impugnarla directamente ante
el orden jurisdiccional contencioso-administrativo en el plazo de dos meses,
conforme a lo previsto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, sin perjuicio de que los interesados puedan
instar cualquier otro recurso que estimen pertinente.