RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DISPONE LA PUBLICACIÓN DEL ACUERDO DE LA
COMISIÓN DELEGADA DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE ESTE ORGANISMO, DE FECHA 11
DE JULIO DE 2013, POR EL QUE SE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LOS SERVICIOS
DEL CONSORCIO REGIONAL DE TRANSPORTES DE MADRID
Resolución de 7 de agosto de 2013, de la Dirección-Gerencia
del Consorcio Regional de Transportes, por la que se dispone la publicación del
Acuerdo de la Comisión Delegada del Consejo de Administración de este
Organismo, de fecha 11 de julio de 2013, por el que se aprueba la estructura
orgánica de los servicios del Consorcio Regional de Transportes de Madrid. ()
Han pasado más de
veintiocho años desde que la Ley 5/1985, de la Comunidad de Madrid, de 16 de
mayo, crease el Consorcio Regional de Transportes, y puede asegurarse con
absoluta objetividad que se han cumplido con satisfacción las expectativas más
optimistas:
- Se ha producido la integración modal y tarifaria del
transporte público en la Comunidad de Madrid.
- Se ha coadyuvado a la utilización del transporte público.
- Se constata el reconocimiento social de su función
planificadora, coordinadora e integradora.
- Se han logrado unos altos estándares de calidad en el
servicio prestado por los operadores del transporte.
La persistencia de,
prácticamente, la misma estructura básica durante casi tres décadas, dificulta
la revitalización del organismo y su adecuación a las nuevas demandas, por lo
que para atender adecuadamente campos de actividad, que serán cada vez más
solicitados en el futuro, se necesita reordenar las funciones de las diversas
áreas: En unos casos, por estar dispersas y ser susceptibles de mejora en su
coordinación, y en otros, por ser conveniente su potenciación.
Estos motivos aconsejan
acometer la reestructuración del organismo, reordenando las responsabilidades e
incorporando algunas, que, en el contexto socioeconómico actual, van a ser cada
vez más demandadas.
En resumen, los objetivos
previstos con la nueva organización son:
- Mejorar la coordinación del sistema integrado de transporte
público.
- Potenciar la actividad planificadora del Organismo.
- Garantizar la sostenibilidad económica del sistema.
- Introducir indicadores de calidad en la gestión de los
contratos de explotación.
- Impulsar la actividad comercial, la comunicación coordinada a
nivel de sistema de transportes y la atención al cliente.
- Potenciar las nuevas tecnologías y los sistemas de
información en tiempo real al cliente.
Por todo ello, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.17, en relación con el artículo
4.6 de la Ley 5/1985, a propuesta del Director-Gerente del Organismo, la Comisión
Delegada adopta el siguiente.
ACUERDO
Primero
El Consorcio Regional de
Transportes es el Organismo Autónomo de carácter mercantil que ejerce las
funciones atribuidas por su Ley de creación.
Segundo ()
El Consorcio Regional de
Transportes de Madrid, bajo la dirección inmediata del Director-Gerente, y bajo
la autoridad del Consejo de Administración y de su Presidente, se estructura en
los siguientes Órganos Administrativos:
- Secretaría General.
- Dirección de
Planificación Estratégica y Explotación.
También bajo la directa
dependencia del Director-Gerente, existirá una unidad administrativa denominada
Dirección de Relaciones Externas.
Tercero
A la Secretaría General le
corresponde la elaboración y seguimiento del presupuesto, el control de costes
de las empresas operadoras, la evaluación de la calidad del servicio, la
atención al cliente y políticas comerciales, la gestión jurídico-administrativa
y la gestión de los recursos humanos y servicios generales del Organismo.
El Secretario General
ostenta la condición de Secretario nato del Consejo de Administración.
[Por Resolución
de 2 de junio de 2015, de la Dirección-Gerencia del Consorcio Regional de
Transportes, se dispone la publicación del Acuerdo del consejo de Administración
de 1 de junio de 2015, por el que se establece el procedimiento de sustitución
temporal del Secretario del Consejo de Administración]
Bajo la dependencia directa
del Secretario General existirá una División de Coordinación Administrativa, de
quien dependerán las diferentes áreas funcionales, excepto la de Calidad y
atención al cliente, que dependerá directamente del Secretario General.
Para desarrollar las
funciones atribuidas a la Secretaría General, esta se estructura de acuerdo a
las siguientes áreas funcionales:
1. Económico-Financiera.
2. Calidad y Atención al Cliente.
3. Gestión Comercial.
4. Régimen Jurídico,
Contratación y Recursos Humanos.
1. Corresponde al área
Económico-Financiera las siguientes funciones:
a) La elaboración del anteproyecto anual y propuesta de
liquidación de presupuestos del Organismo.
b) El seguimiento de la ejecución de los créditos presupuestarios
y la tramitación de sus modificaciones y otras operaciones sobre los
presupuestos.
c) Contabilización de las operaciones financieras.
d) La gestión, seguimiento y control de la tesorería, ingresos y
pagos.
e) Liquidación de impuestos.
f) Auditorías, controles externos e informes periódicos.
g) Control y seguimiento económico de convenios y acuerdos.
h) El análisis, seguimiento y control de costes de todas las
empresas operadoras.
2. Corresponde al área de
Calidad y Atención al Cliente las funciones siguientes:
a) El seguimiento y valoración de los indicadores del nivel de
calidad de los servicios prestados por el Organismo y por las empresas
operadoras.
b) La tramitación y contestación de las quejas y sugerencias de
los usuarios del transporte público.
c) La información sobre el transporte público dependiente del
Consorcio, a través de los diversos canales de atención al ciudadano.
d) El impulso de la introducción de técnicas de gestión y
evaluación que permitan mejorar la prestación de los servicios y la
simplificación de los trámites administrativos, en colaboración con la Dirección
General de Calidad de los Servicios.
e) La inspección, seguimiento y control del cumplimiento de las
obligaciones de los concesionarios de infraestructuras y operadores de
transporte público (oferta, vehículos, accesibilidad, instalaciones o equipamiento
asignado), en coordinación con la Dirección de Planificación Estratégica y
Explotación.
3. Corresponde al área de
Gestión Comercial las siguientes funciones:
a) El estímulo de la política comercial de los títulos de
transporte.
b) La comercialización de títulos de transporte, gestionando a
tal efecto los acuerdos pertinentes.
c) El control y seguimiento de las ventas.
4. Corresponde al área de
Régimen jurídico, contratación y recursos humanos:
a) El estudio y elaboración de las propuestas de resolución de
los recursos y reclamaciones interpuestos contra los actos de los órganos del
Consorcio, así como el impulso del procedimiento.
b) La coordinación e impulso de los asuntos que vayan a ser
remitidos a los órganos colegiados del Consorcio.
c) El estudio y la coordinación de la tramitación de los
anteproyectos de disposiciones normativas y, en su caso, la elaboración de los
mismos.
d) El archivo y comunicación de los acuerdos, convenios,
protocolos o declaraciones de intenciones celebrados por el Consorcio.
e) La expedición y custodia de certificaciones, informes, actas y
documentos del Consorcio.
f) La elaboración y seguimiento de los contratos y convenios
suscritos por el Consorcio Regional de Transportes, así como la propuesta de su
revisión cuando las modificaciones en las condiciones de prestación del
servicio lo requieran.
g) La tramitación de los expedientes de contratación
administrativa y de gasto del programa presupuestario que corresponde al
Organismo, así como la gestión de cuantas incidencias guarden relación con
dicha tramitación.
h) La gestión del personal destinado en el Organismo.
i) La gestión y tramitación de las nóminas y Seguridad Social
del personal.
j) La gestión de las funciones de mantenimiento de las instalaciones
y necesidades ofimáticas del Organismo, así como las de régimen interior y
servicios generales.
k) La gestión del Centro de Documentación.
Cuarto
El Director de Planificación
Estratégica y Explotación será responsable de la planificación y explotación de
las infraestructuras y servicios de transporte público en la Comunidad de
Madrid, la programación de las inversiones y la supervisión de los
correspondientes proyectos, así como de la ejecución y control de las obras en
los casos en que estas competencias le sean atribuidas al Organismo.
Bajo la dirección inmediata
del Director, existirá un Subdirector de Explotación, con la responsabilidad de
coordinar los sectores de actividad atribuidos a las siguientes áreas
funcionales:
1. Metro y Metros Ligeros.
2. Autobuses Urbanos de Madrid.
3. Transportes Interurbanos y Urbanos de
otros Municipios.
4. Centro de Gestión del Transporte
Público.
5. Sistemas.
6. Estudios y Proyectos.
7. Accesibilidad.
8. Explotación de Intercambiadores.
9. Información sobre
Servicio y Señalización.
1. Corresponden al área
funcional de Metro y Metros Ligeros las siguientes funciones:
a) La actuación en materia de programación de la oferta de
servicios y planes de inversión, operación y mantenimiento de Metro y Metros
Ligeros, así como el seguimiento de la demanda.
b) El informe y tramitación de los expedientes de modificación
de los servicios de estos operadores, así como la coordinación con otras
instituciones/organismos en su ámbito de actuación.
c) La gestión, seguimiento y control del cumplimiento de las
obligaciones como operadores de transporte público (oferta, vehículos,
instalaciones y equipamiento asignado).
2. Corresponden al área
funcional de Autobuses Urbanos de Madrid las siguientes funciones:
a) La actuación en materia de programación de la oferta de
servicios y planes de inversión, operación y mantenimiento de los servicios
urbanos por autobús en Madrid, así como el seguimiento de la demanda.
b) El informe y tramitación de los expedientes de modificación de
los servicios de este operador, así como la coordinación con otras
instituciones/organismos en su ámbito de actuación.
c) La gestión, seguimiento y control del cumplimiento de las
obligaciones como operador de transporte público (oferta, vehículos,
instalaciones y equipamiento asignado).
3. Corresponden al área
funcional de Transportes Interurbanos y Urbanos de otros Municipios las
funciones siguientes:
a) La actuación en materia de programación de la oferta de
servicios y planes de inversión, operación y mantenimiento de los operadores de
servicios interurbanos y urbanos de otros municipios, por autobús, así como el
seguimiento de la demanda.
b) El informe y tramitación de los expedientes de modificación de
los servicios de estos operadores, así como la coordinación con otras
instituciones/organismos en su ámbito de actuación.
c) La gestión, seguimiento y control del cumplimiento de las
obligaciones como operadores de transporte público (oferta, vehículos,
instalaciones y equipamiento asignado).
4. Corresponden al área
funcional de Centro de Gestión del Transporte Público las funciones siguientes:
a) La coordinación y supervisión en tiempo real, en régimen
24/7/365, de la oferta de servicios de los distintos operadores y concesionarios
de infraestructuras, especialmente ante incidencias en la explotación y durante
la celebración de diversos eventos con afección sobre la movilidad.
b) La coordinación de la información a los usuarios, operadores
de transporte y concesionarios de infraestructuras, y la coordinación con otras
instituciones/organismos en su ámbito de actuación.
5. Corresponden al área
funcional de Sistemas las funciones siguientes:
a) La definición funcional, elaboración de especificaciones y
actuación en materia de programación de los planes de implantación de nuevas
tecnologías en las infraestructuras y servicios de transporte público de la
Comunidad de Madrid.
b) El análisis y desarrollo coordinado con los distintos
operadores de transporte de acciones en materia de prospectiva tecnológica del
transporte, con el objetivo de mejorar la calidad de los servicios.
c) El desarrollo y mantenimiento de las bases de datos, las
aplicaciones de planificación y gestión del transporte y del sistema de
información geográfica, de acuerdo a las necesidades del Organismo.
6. Corresponden al área
funcional de Estudios y Proyectos las funciones siguientes:
a) La redacción, informe y supervisión de los estudios previos,
estudios de viabilidad, anteproyectos y proyectos de infraestructuras y
servicios de transporte público.
b) La coordinación con otros Organismos y la emisión de informe
en los procedimientos de aprobación, modificación o revisión de los
instrumentos de planteamiento urbanístico, movilidad y de ordenación territorial
que afecten a las infraestructuras y servicios de transporte público en el
ámbito de la Comunidad de Madrid.
c) La realización de estudios, encuestas y trabajos de campo
orientados a un mejor conocimiento de la movilidad y a la optimización del
sistema integrado de transporte público de la Comunidad de Madrid.
d) El desarrollo y mantenimiento de los modelos de movilidad.
e) La coordinación del Plan de Publicaciones Informativas del
Organismo y la gestión de la distribución de los libros y manuales editados.
7. Corresponden al área
funcional de Accesibilidad las siguientes funciones:
a) Realización de las funciones de promoción de la accesibilidad
universal y supresión de barreras arquitectónicas y coordinación con otras
instituciones/organismos en su ámbito de actuación.
b) El análisis y desarrollo coordinado con los distintos
operadores de transporte de acciones en materia de accesibilidad.
8. Corresponden al área
funcional de Explotación de Intercambiadores:
a) La actuación en materia de programación de los planes de
inversión, operación y mantenimiento de los intercambiadores de transporte
público en explotación.
b) El informe y tramitación de los expedientes de modificación de
los servicios e instalaciones de estas infraestructuras, así como la
coordinación con otras instituciones/organismos en su ámbito de actuación.
c) La gestión, seguimiento y control del cumplimiento de las
obligaciones de los gestores de intercambiadores (oferta, locales comerciales,
instalaciones y equipamiento asignado).
9. Corresponden al área
funcional de Información sobre Servicio y Señalización el apoyo a las áreas
funcionales responsables de explotación en la elaboración de planos, horarios,
carteles tarifarios, avisos, desvíos, modificaciones, etc., sobre todos los
servicios de transporte público en la Comunidad de Madrid, así como su
señalización en estaciones/paradas, vehículos, instalaciones y equipamiento
asignado.
Quinto
El Director de Relaciones
Externas, bajo la dependencia directa del Director-Gerente, será responsable de
la estrategia de coordinación general interna de las actividades encaminadas a
conseguir los siguientes objetivos:
a) La representación del Organismo en las asociaciones nacionales
e internacionales de transporte.
b) El seguimiento, impulso y supervisión de los programas y
proyectos de asesoramiento externo y servicios de consultoría en los que
participe el Organismo.
c) La definición de la imagen corporativa, la estrategia de
comunicación coordinada y la relación con los medios de comunicación.
d) La dirección y gestión de las relaciones institucionales,
participación en conferencias, organización de foros y eventos técnicos.
e) El impulso y la gestión de la responsabilidad social
corporativa.
Sexto
Las funciones que aparecen
recogidas en este Acuerdo no son limitativas, de modo que se proyectan sobre
aquellas no enunciadas pero con las que guarden íntima conexión. A tal fin,
corresponderá al Director-Gerente interpretar el presente acuerdo y resolver
las dudas que pudieran surgir respecto a la distribución concreta de funciones.