ACUERDO de 18 de julio de 2013, del Consejo de Gobierno,
por el que se modifica el Catálogo de Precios Públicos de la Comunidad de
Madrid y se establecen las cuantías de determinados precios públicos de la
Consejería de Educación, Juventud y Deporte. ()
El Texto Refundido de la
Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto
Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, regula, en su título III, las disposiciones
aplicables a los precios públicos, los procedimientos y requisitos para el
establecimiento de los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos
mediante precios públicos y para la fijación o modificación de sus cuantías.
El artículo 28 de la Ley de
Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid prevé que, cuando existan
razones sociales, benéficas, culturales o de interés público que así lo
aconsejen, podrán fijarse precios públicos que resulten inferiores a los costes
económicos originados por la realización de actividades o la prestación de los
servicios, cuya aprobación deberá realizarse mediante Acuerdo del Consejo de
Gobierno.
El Catálogo de Servicios y
Actividades susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el
ámbito de la Comunidad de Madrid, recoge en su apartado I), bajo la rúbrica "Consejería de Educación y Empleo", los precios correspondientes a los servicios educativos
del ámbito no universitario prestados por esta, según la última redacción y
cuantías dadas a los mismos mediante Acuerdo del Consejo de Gobierno de 12 de
julio de 2012, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 13
de julio de 2012.
En la actualidad resulta
necesario introducir determinadas modificaciones en el Catálogo, mediante la
incorporación de nuevos epígrafes relativos a servicios para los que se
establece un precio, y la revisión de las cuantías de algunos de los precios ya
existentes.
Por ello, se revisan los
precios de las enseñanzas de formación profesional de grado superior y artes
plásticas y diseño de grado superior, y se fijan las cuantías de los precios
relativos a los cursos de preparación de las pruebas de acceso a ciclos
formativos de grado superior y de acceso a la universidad para mayores de
veinticinco años.
En virtud de cuanto
antecede, de conformidad con los artículos 27, 28 y 29 del Texto Refundido de
la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, previo informe
favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, a propuesta de la Consejera
de Educación, Juventud y Deporte y previa deliberación en su reunión del día de
la fecha, el Consejo de Gobierno,
ACUERDA
Primero
Modificar la denominación
del apartado I) del Catálogo de Precios Públicos de la Comunidad de Madrid,
aprobado mediante Acuerdo
de Gobierno de 23 de julio de 1998, que pasará a denominarse "Educación".
Segundo
Modificar el epígrafe I.03,
del apartado I) del Anexo I del Catálogo de Precios Públicos de la Comunidad de
Madrid, que pasa a tener la siguiente redacción:
I.03. Enseñanzas
estructuradas en ciclos formativos:
I.03.1. Prueba de acceso a
ciclos de grado superior.
I.03.2. Prueba libre para
la obtención de títulos de grado medio y superior, por módulo.
I.03.3. Pruebas para la homologación de
diplomas federativos con los títulos de Técnico Deportivo o de Técnico
Deportivo Superior.
I.03.4. Matrícula por
curso de formación profesional de grado superior: ()
I.03.4.01. Matrícula por curso completo.
I.03.4.02. Matrícula por repetición de
módulo profesional.
I 03.5. Matrícula por
curso de artes plásticas y diseño de grado superior:
I.03.5.01. Matrícula por curso completo.
I.03.5.02. Matrícula por repetición de
módulo profesional.
Tercero
Añadir un nuevo epígrafe
I.05, cursos de preparación de pruebas de acceso en el apartado I) del Anexo I
del Catálogo de Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, con la siguiente
redacción:
I.05. Cursos de preparación
de pruebas de acceso:
I.05.1. Curso de preparación de la prueba
de acceso a ciclos formativos de grados superior:
I.05.1.01. Matrícula en la parte general.
I.05.1.02. Matrícula en la parte
específica.
I.05.2. Curso de preparación de la prueba
de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años:
I.05.2.01. Matrícula por curso.
Cuarto
Establecer las siguientes
nuevas cuantías de precios públicos correspondientes a las enseñanzas
estructuradas en ciclos formativos:
I.03.4. Matrícula por curso
de formación profesional de grado superior:
I.03.4.01. Matrícula por curso completo,
400 euros.
I.03.4.02. Matrícula por repetición de
módulo profesional, 120 euros.
I.03.5. Matrícula por curso
de artes plásticas y diseño de grado superior:
I.03.5.01. Matrícula por curso completo,
400 euros.
I.03.5.02. Matrícula por repetición de
módulo profesional, 120 euros.
Los alumnos que se matriculen en las
enseñanzas de formación profesional de ciclos formativos de grado superior y de
artes plásticas y diseño de grado superior podrán abonar de forma fraccionada
el precio de matriculación establecido en este acuerdo, la primera parte en el
momento de formalizar la matrícula y la segunda en el mes de diciembre, en un
cincuenta por 100 en cada uno de dichos períodos.
Quinto
Establecer las siguientes
nuevas cuantías de precios públicos correspondientes a los cursos de
preparación de pruebas de acceso:
I.05.1. Curso de preparación de la prueba
de acceso a ciclos formativos de grado superior:
I.05.1.01. Matrícula en la parte general: 60
euros.
I.05.1.02. Matrícula en la parte
específica: 40 euros.
I.05.2. Curso de preparación de la prueba
de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años:
I.05.2.01. Matrícula por curso: 60 euros.
Sexto
Los centros docentes
emitirán factura al alumno por la matrícula en las diferentes enseñanzas, según
el modelo anexo a este acuerdo, en la que se especificará el coste real de la
matrícula, la bonificación o exención que, en su caso, proceda aplicar, y la
cantidad final que el alumno abona.
Séptimo
Se faculta al titular de la
Consejería competente en materia de educación a desarrollar, previo informe
favorable de la Consejería de Economía y Hacienda, las normas relativas a la
gestión, liquidación y recaudación de los precios públicos a que se refiere el
presente Acuerdo.
[Por Orden
2542/2013, de 2 de agosto, de la Consejería de Educación, Juventud y
Deporte, se dictan normas para la aplicación de los precios públicos
correspondientes al curso de preparación de la prueba de acceso a ciclos
formativos de grado superior y curso de preparación de la prueba de acceso a la
Universidad para mayores de veinticinco años]
Octavo
Los alumnos que realicen la
matrícula completa en segundo curso de ciclos formativos de grado superior de
formación profesional o enseñanzas de artes plásticas y diseño, en el curso
2013-2014, deberán abonar el precio público establecido en el Acuerdo de 12 de
julio de 2012, del Consejo de Gobierno (Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid de 13 de julio).
Noveno
El presente Acuerdo entrará
en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
ANEXO
(Véase en formato pdf)