Orden 199/2013, de 22 de marzo, del Consejero de Sanidad,
por la que se aprueba el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Servicio
Madrileño de Salud. ()
El Estatuto Marco del
Personal Estatutario de los Servicios de Salud, aprobado por Ley 55/2003, de 16
de diciembre, en su capítulo III, artículos 12 a 15, enumera los mecanismos de
ordenación y planificación del personal de cada uno de los Servicios de Salud.
En concreto, el artículo 12 contempla la planificación de la gestión de los
recursos humanos, en orden a mejorar la calidad y eficiencia de los servicios y
el artículo 13 regula los planes de ordenación de recursos humanos, que se
precisen en el ámbito de cada Servicio de Salud.
Mediante estos planes, los
Servicios de Salud, podrán establecer las medidas a adoptar para alcanzar los
objetivos marcados, relativos a cuantificación de recursos, programación del
acceso, movilidad, promoción interna, jubilación del personal, así como
cualquier otra que pueda incidir a mejorar la calidad y eficiencia de los
servicios.
Por tanto, el Plan de
Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, haciendo uso de
la potestad conferida en el artículo 13 del Estatuto Marco en materia de
herramientas de planificación y gestión de los recursos humanos, ha de ser el
instrumento básico de planificación que dé respuesta a las necesidades de la
organización y a sus objetivos, debiendo constituirse en un instrumento de
gestión dinámica, que permita su actualización y adecuación a las diferentes
iniciativas y acciones que vayan teniendo lugar en aplicación del mismo, por lo
que ha de tener un carácter flexible que permita su adaptación a la evolución
de la situación y necesidades del Servicio Madrileño de Salud.
Entre las materias que se
recogen en este Plan cabe reseñar las referidas a la provisión de puestos, el
acceso al empleo fijo y temporal, mediante el respeto a los principios de
igualdad, mérito, capacidad y publicidad, los diferentes tipos de movilidad, la
promoción interna temporal.
Asimismo, en este Plan se
incluye el procedimiento para la integración voluntaria del personal
funcionario sanitario al servicio de instituciones sanitarias públicas, como
personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud, conforme a lo establecido
en la disposición adicional decimosexta de la Ley 55/2003, del Estatuto Marco
del Personal Estatutario, añadida por el Real Decreto-Ley 16/2012, de 24 de
abril, de Medidas Urgentes para Garantizar la Sostenibilidad del Sistema
Nacional de Salud y Mejorar la Calidad y Seguridad de sus Prestaciones.
Por otra parte, en este
Plan se contempla el procedimiento para la prolongación de la permanencia en el
servicio activo, en aplicación de lo previsto en el artículo 26 del Estatuto
Marco del Personal Estatutario y en el artículo 48 y disposición transitoria
sexta de la Ley
8/2012, de 28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas de la
Comunidad de Madrid.
Finalmente, y de acuerdo
con lo previsto en los artículos 13.2 y 80.2.g) del Estatuto Marco y el 37.1.c)
del Estatuto Básico del Empleado Público, el Plan de Ordenación ha sido objeto
de negociación en la Mesa Sectorial de Sanidad.
En virtud de todo lo
expuesto, a propuesta del Servicio Madrileño de Salud y de conformidad con lo
establecido en el artículo 1.1 del Decreto 22/2008, de 3 de abril, del Consejo
de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de
Sanidad, y en el artículo 50, apartado 3, de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre,
de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Aprobar el Plan de
Ordenación de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud, que será
efectivo desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
Segundo
Ordenar la publicación de
esta Orden en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y disponer que, a
los efectos de lo previsto en el artículo 13.2 de la Ley 55/2003, de 16 de
diciembre, del Estatuto Marco del Personal Estatutario de los Servicios de
Salud, se publique el Plan de Ordenación de Recursos Humanos en la página web www.madrid.org
()
Tercero
Facultar a la Dirección
General de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud para que impulse
las medidas necesarias en orden al desarrollo y ejecución del Plan de
Ordenación de Recursos Humanos del personal de las instituciones sanitarias del
Servicio Madrileño de Salud.
[Por Resolución
de 25 de marzo de 2013, de la Dirección General de Recursos Humanos del
Servicio Madrileño de Salud, se procede a la aplicación del Plan de Ordenación
de Recursos Humanos del Servicio Madrileño de Salud en materia de jubilación
forzosa y de prolongación y prórroga de la permanencia en el servicio activo
del personal estatutario]