ACUERDO
POR EL QUE SE MODIFICA EL CATÁLOGO DE PRECIOS PÚBLICOS DE LA COMUNIDAD DE
MADRID Y SE FIJA LA CUANTÍA DEL PRECIO PÚBLICO POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
ANÁLISIS DE MUESTRAS POR EL LABORATORIO REGIONAL DE SALUD PÚBLICA DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
ACUERDO de 12 de julio de 2012, del Consejo de Gobierno,
por el que se modifica el Catálogo de Precios Públicos de la Comunidad de
Madrid y se fija la cuantía del precio público por prestación del servicio de
análisis de muestras por el Laboratorio Regional de Salud Pública de la
Comunidad de Madrid. ()
De conformidad con lo
establecido en el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios
Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de
24 de octubre, los servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos
mediante precio público deben recogerse en el Catálogo aprobado por Acuerdo de
Consejo de Gobierno.
Mediante Acuerdo
del Consejo de Gobierno, de 23 de julio de 1998, se establece el Catálogo
actualizado de servicios y actividades susceptibles de ser retribuidos mediante
precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid. En su Anexo I,
apartado E), se recogen servicios y actividades prestados por la Consejería de
Sanidad y Asuntos Sociales que pueden ser retribuidos mediante precios
públicos, donde se detallan tres subapartados.
Considerando que el
Laboratorio Regional de Salud Pública de la Comunidad de Madrid recibe
solicitudes de otras Administraciones o de particulares para llevar a cabo
determinaciones analíticas adicionalmente a su cometido primordial de análisis
de muestras de control oficial y teniendo en cuenta que la realización de estos
servicios lleva aparejada un coste, debe establecerse un precio público como
contraprestación pecuniaria para retribuir y garantizar la viabilidad de la
prestación de este servicio.
En su virtud, en uso de las
facultades recogidas en el artículo 21.z) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre,
de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con lo
dispuesto en el artículo 27 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios
Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto
Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, previo informe favorable de la
Consejería de Economía y Hacienda, a propuesta de la Consejería de Sanidad, el
Consejo de Gobierno, en su reunión del día 12 de julio,
ACUERDA
Primero
Modificar el Catálogo de
Precios Públicos de la Comunidad de Madrid mediante la inclusión en el apartado
E) del Anexo I de un nuevo epígrafe, E.04, con el siguiente tenor literal:
"E.04. Prestación del servicio de análisis
de muestras por el Laboratorio Regional de Salud Pública de la Comunidad de
Madrid:
E.04.1. Determinación de parámetros microbiológicos.
E.04.2. Determinación de parámetros parasitológicos.
E.04.3. Determinación de parámetros fisicoquímicos.
E.04.4. Determinación de parámetros mediante técnicas
instrumentales.
E.04.5. Determinación de perfiles normativos de aguas.
Segundo
Fijar las cuantías de los correspondientes
epígrafes de precio público al que se refiere el presente Acuerdo:
E.04.1. Determinación de parámetros microbiológicos:
E.04.1.1. Procedimientos analíticos sin técnicas de confirmación:
18 euros.
E.04.1.2. Procedimientos analíticos con técnicas de confirmación:
21 euros.
E.04.1.3. Recuento de legionella spp e identificación de L.
neumophyla 50 euros.
E.04.1.4. Investigación de toxinas por ELFA: 56 euros.
E.04.2. Determinación de parámetros parasitológicos:
E.04.2.1. Investigación de triquina según R 2075/2005: l0 euros.
E.04.2.2. Investigación de anisakis spp por digestión enzimática:
l0 euros.
E.04.3. Determinación de parámetros fisicoquímicos:
E.04.3.1. Volumetrías: 25 euros.
E.04.3.2. Potenciometrías: l0 euros.
E.04.3.3. Espectrofotometrías: 25 euros.
E.04.4. Determinación de parámetros mediante técnicas
instrumentales:
E.04.4.1. Absorción atómica: 40 euros.
E.04.4.2. Análisis general cromatográfico (CG/HPLC): 80 euros.
E.04.4.3. Análisis por UPLC MS MS: 100 euros.
E.04.4.4. Residuos zoosanitarios: 350 euros.
E.04.5. Determinación de perfiles normativos de aguas:
E.04.5.1. Análisis de
agua de grifo en consumidor (Rto coliformes totales, Rto E. coli, amonio,
color, conductividad, turbidez, cobre, hierro, níquel, cromo y plomo):
E.04.5.1.1. Análisis completo: 95 euros.
E.04.5.1.2. Solo parámetros microbiológicos: 39 euros.
E.04.5.1.3. Solo parámetros fisicoquímicos: 40 euros.
E.04.5.1.4. Solo metales: 40 euros.
E.04.5.2. Análisis de control (Rto
de aerobios a 22ºC, Rto coliformes totales, Rto E. coli, Rto de cl.
perfringens, amonio, color, conductividad, turbidez, nitritos y aluminio):
E.04.5.2.1. Análisis completo: 147 euros.
E.04.5.2.2. Solo parámetros microbiológicos: 78 euros.
E.04.5.2.3. Solo parámetros fisicoquímicos y aluminio: 105 euros.
E.04.5.3. Análisis perfil completo
de abastecimento de agua (Rto aerobios a 22ºC, Rto coliformes totales, Rto de
E. coli, Rto de enterococos, Rto de Cl. Perfringens, color, turbidez,
conductividad, cloruros, sulfatos, nitratos, nitritos, amonio, oxidabilidad al
permanganato, fluoruros, cianuros, cobre, hierro, manganeso, níquel, cromo,
sodio, aluminio, selenio, antimonio, arsénico, cadmio, mercurio, plomo,
plaguicidas organoclorados, compuestos organoclorados volátiles):
E.04.5.3.1. Análisis completo: 385 euros.
E.04.5.3.2. Solo parámetros microbiológicos: 96 euros.
E.04.5.3.3. Solo parámetros fisicoquímicos: 185 euros.
E.04.5.3.4. Solo metales: 40 euros.
E.04.5.3.5. Solo plaguicidas: 80 euros.
E.04.5.3.6. Solo volátiles: 80 euros.
E.04.5.4. Piscinas (Rto de
aerobios a 37ºC, Rto de coliformes totales, Rto de coliformes fecales, Rto de
E. coli, Rto de enterococos, Rto de pseudomona aeruginosa, Rto de estafilococos
coagulasa +, Inv. de salmonella spp, amonio, conductividad, nitritos,
oxidabilidad al permanganato, turbidez):
E.04.5.4.1. Análisis completo: 172 euros.
E.04.5.4.2. Solo parámetros microbiológicos: 135 euros.
E.04.5.4.3. Solo parámetros fisicoquímicos: 80 euros.
La cuantía que se establezca
para cada epígrafe se incrementará en un 30 por 100 si el resultado se emite
bajo acreditación de ENAC.
A las anteriores cuantías se
añadirá el IVA correspondiente del tipo que esté en vigor.
Tercero
Modificar el Catálogo de
Precios Públicos de la Comunidad de Madrid mediante la inclusión en el Anexo II
del epígrafe E.04, identificando como centro gestor competente a la Consejería
de Sanidad.
Cuarto
Se faculta al Consejero de
Sanidad a desarrollar, previo informe favorable de la Consejería de Economía y
Hacienda, las normas relativas a la gestión, liquidación y recaudación del
precio público al que se refiere este Acuerdo.
Quinto
Se dejan sin efecto todas las
disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo previsto en el
presente Acuerdo.
Sexto
Lo establecido en este Acuerdo
será de aplicación a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.