ACUERDO
POR EL QUE SE ACTUALIZA EL CATÁLOGO DE SERVICIOS Y ACTIVIDADES SUSCEPTIBLES DE
SER RETRIBUIDOS MEDIANTE PRECIOS PÚBLICOS EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD DE
MADRID Y SE FIJA LA CUANTÍA DE ESTOS PARA EL USO DE INSTALACIONES Y CURSOS DE
FORMACIÓN CONTINUA O ESPECIALIZADA DE LA ACADEMIA DE POLICÍA LOCAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID.
ACUERDO de 12 de julio de 2012, del Consejo de Gobierno,
por el que se actualiza el Catálogo de servicios y actividades susceptibles de
ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de
Madrid y se fija la cuantía de estos para el uso de instalaciones y cursos de
formación continua o especializada de la Academia de Policía Local de la
Comunidad de Madrid. ()()
Según el artículo 27 del
Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de
Madrid, aprobado mediante Decreto
Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, corresponde al Gobierno, mediante
Acuerdo, establecer el Catálogo de Servicios y Actividades susceptibles de ser
retribuidos mediante precios públicos, a propuesta y con base en la solicitud
de la Consejería que los preste o de la que dependa el órgano o ente
institucional correspondiente y previo informe favorable de la Consejería de
Hacienda.
El Consejo de Administración
de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid, en su sesión de 20
de diciembre de 2011, acordó proponer el establecimiento de precios públicos
para el uso de las instalaciones e infraestructuras y otros servicios docentes
de la Academia de Policía Local.
En su virtud, a propuesta de
la Consejería de Presidencia y Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 27 a 29 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de
la Comunidad de Madrid, previo informe de la Consejería de Economía y Hacienda,
el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su sesión de 12 de julio de
2012,
ACUERDA
Primero
Modificar la denominación
del apartado C) del Anexo I del Catálogo actualizado de Servicios y Actividades
susceptibles de ser retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la
Comunidad de Madrid, aprobado mediante Acuerdo
de 23 de julio de 1998, del Consejo de Gobierno; denominación que pasará a
ser la siguiente:
"C) Consejería de Presidencia y Justicia".
Segundo
Añadir en el apartado c) del
Anexo I del Catálogo actualizado de Servicios y Actividades susceptibles de ser
retribuidos mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid, a
que se ha hecho referencia anteriormente, dos nuevos epígrafes con el siguiente
tenor literal:
C. 01. Uso por terceros de
instalaciones de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.
C.01.1. Uso de la galería de tiro.
C.01.2. Uso del polideportivo.
C.01.3. Uso de la pista de atletismo.
C.01.4. Uso del salón de actos/biblioteca.
C.01.5. Uso del aula judicial.
C.01.6. Uso del aulario completo.
C.01.7. Uso de aulas de administración A1-A2-A3.
C.02. Formación continua y
especializada en la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid.
C.02.1. Formación presencial.
C.02.2. Formación "on-line".
Se aplicará un descuento del
85 por 100 en todas las tarifas del epígrafe C.02.1 y del 33 por 100 en las
tarifas del epígrafe C.02.2 a los miembros de los Cuerpos de Policía Local de
la Comunidad de Madrid y a los miembros del colectivo de voluntarios de
Protección Civil de la Comunidad de Madrid.
Tercero
Incluir en el Anexo II del
Catálogo actualizado de Servicios y Actividades susceptibles de ser retribuidos
mediante precios públicos en el ámbito de la Comunidad de Madrid, la siguiente
"Epígrafes C01 y C02. Centro Gestor: Academia
de Policía Local de la Comunidad de Madrid".
Cuarto
La cuantía de los precios
públicos por la utilización de las instalaciones y cursos de formación continua
o especializada de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid será
la que figura en el Anexo que se inserta a continuación.
Quinto
A los precios del epígrafe
C.01 se les aplicará el tipo de IVA correspondiente. Los precios del epígrafe
C.02 están exentos de IVA, de acuerdo con el artículo 20.1.9 de la Ley 37/1992,
de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Sexto
Se faculta al titular de la
Consejería a la que se adscribe la Academia de Policía Local de la Comunidad
de Madrid para desarrollar, previo informe favorable de la Consejería de
Economía y Hacienda, las normas relativas a la gestión, liquidación y
recaudación de los precios públicos a que se refiere este Acuerdo.
[Por Orden
de 24 de septiembre de 2012, de la Consejería de Presidencia y Justicia,
se establece el procedimiento de gestión, liquidación y recaudación de los
precios públicos por el uso de instalaciones y cursos de formación continua o
especializada de la Academia de Policía Local de la Comunidad de Madrid]
Séptimo
Este Acuerdo producirá
efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
ANEXO
Precios públicos de la Academia de
Policía Local de la Comunidad de Madrid
Epígrafe C.01. Uso por
terceros de instalaciones de la Academia de Policía Local de la Comunidad de
Madrid.
C.01.1. Uso de la galería de tiro: 500
euros/sesión 5 horas.
C.01.2. Uso del polideportivo: 350
euros/sesión 5 horas.
C.01.3. Uso de la pista de atletismo: 200
euros/sesión 5 horas.
C.01.4. Uso del salón de actos/biblioteca:
400 euros/sesión 5 horas.
C.01.5. Uso del aula judicial: 500
euros/sesión 5 horas.
C.01.6. Uso del aulario completo: 750
euros/sesión 5 horas.
C.01.7. Uso de aulas de administración
A1-A2-A3: 200 euros/sesión 5 horas.
Epígrafe C.02. Formación
continua y especializada en la Academia de Policía Local de la Comunidad de
Madrid.
C.2.1. Formación presencial:
C.02.1.1 Una semana: 275 euros.
C.02.1.2 Dos semanas: 440 euros.
C.02.1.3 Cuatro semanas: 660 euros.
C.02.1.4 Ocho semanas: 825 euros.
C.02.2. Formación "on-line":
C.02.2.1 20-30 horas: 55 euros.
C.02.2.2 40-50 horas: 80 euros.
C.02.2.3 60 horas: 150 euros.