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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN COMPETENCIAS EN EL/LA GERENTE.

 

 

ACUERDO de 29 de marzo de 2011, del Consejo de Administración del Orga-nismo Autónomo Servicio Regional de Bienestar Social de la Consejería de -Familia y Asuntos Sociales, por el que se delegan competencias en el/la Gerente.  ([1]) ([2])

 

 

 

De conformidad con los artículos 10 y 11 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Regula-dora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid; artículos 52 y 53 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Consejo de Administración del Organismo Autónomo Administrativo Servicio Regional de Bienestar Social,

 

ACUERDA

 

En relación a la competencia del artículo 10, apartado d), de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid:

Delegar en el/la Gerente del Servicio Regional de Bienestar Social la adopción de los acuerdos referidos al ejercicio de toda clase de acciones y recursos, así como el desistimiento y allanamiento, dando cuenta de ellos al titular de la Consejería a la que esté adscrito el Servicio Regional de Bienestar Social.

Este Acuerdo pone fin a la vía administrativa y contra el mismo los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de Administración del Organismo en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de dicho orden en el plazo de dos meses, computados dichos plazos a partir del día siguiente de su publicación, inclusive.

 

 

 



[1] .- BOCM de 13 de abril de 2011.

[2] .- Téngase en cuenta que por Decreto 72/20015, de 7 de julio, por el que se modifica la estructura orgánica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, el Servicio Regional de Bienestar Social cambia su denominación por la de Agencia Madrileña de Atención Social.