ACUERDO
POR EL QUE SE DELEGAN COMPETENCIAS EN EL/LA GERENTE.
ACUERDO
de 29 de marzo de 2011, del Consejo de Administración del Orga-nismo
Autónomo Servicio Regional de Bienestar Social de la Consejería de -Familia y
Asuntos Sociales, por el que se delegan competencias en el/la Gerente. () ()
De conformidad con los artículos 10 y 11
de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Regula-dora de la Administración
Institucional de la Comunidad de Madrid; artículos 52 y 53 de la Ley 1/1983, de
13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el
artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el Consejo
de Administración del Organismo Autónomo Administrativo Servicio Regional de
Bienestar Social,
ACUERDA
En relación a la competencia del
artículo 10, apartado d), de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la
Administración Institucional de la Comunidad de Madrid:
Delegar en el/la Gerente del Servicio
Regional de Bienestar Social la adopción de los acuerdos referidos al ejercicio
de toda clase de acciones y recursos, así como el desistimiento y allanamiento,
dando cuenta de ellos al titular de la Consejería a la que esté adscrito el
Servicio Regional de Bienestar Social.
Este Acuerdo pone fin a la vía
administrativa y contra el mismo los interesados podrán interponer, con
carácter potestativo, recurso de reposición ante el Consejo de Administración
del Organismo en el plazo de un mes o, directamente, recurso
contencioso-administrativo ante los Juzgados de dicho orden en el plazo de dos
meses, computados dichos plazos a partir del día siguiente de su publicación,
inclusive.