ORDEN POR LA QUE SE ESTABLECE EL HORARIO
DEL PROFESOR RESPONSABLE DEL SERVICIO DE BIBLIOTECA ESCOLAR, FUERA DEL HORARIO
LECTIVO.
ORDEN 6365/2010, de 29 de diciembre, de la Consejería de
Educación, por la que se establece el horario del profesor responsable del
servicio de biblioteca escolar, fuera del horario lectivo. ()
La Orden
927/2007, de 24 de mayo, de las Consejerías de Educación y de Cultura y Deportes,
por la que se desarrolla el Plan Regional de Fomento de la Lectura en lo
referente a la puesta en marcha y funcionamiento de la Red de Bibliotecas
Escolares de la Comunidad de Madrid, en los artículos segundo y tercero,
determina las actuaciones que estas deberán acometer, estableciéndose en caso
de la Consejería de Educación, entre otras, la de "asegurar el apoyo de
los centros educativos a la biblioteca escolar y la aceptación por parte de
estos de las condiciones de funcionamiento del servicio".
A fin de cumplir dicho
compromiso y tras estos primeros años de experiencia en el desarrollo del
programa de bibliotecas escolares se considera necesario que el profesor
responsable del servicio de biblioteca escolar realice fuera del horario
lectivo un mínimo de cuatro horas semanales agrupadas en dos días, tanto por
criterios puramente organizativos del servicio como por su importante papel
dinamizador en la integración de las actividades de la biblioteca en el
proyecto educativo del centro.
En virtud de las
competencias conferidas,
DISPONGO
Establecer el horario del
profesor responsable del servicio de biblioteca escolar fuera del horario
lectivo, en un mínimo de cuatro horas semanales agrupadas en dos días.