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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ORDEN POR LA QUE SE ESTABLECE EL HORARIO DEL PROFESOR RESPONSABLE DEL SERVICIO DE BIBLIOTECA ESCOLAR, FUERA DEL HORARIO LECTIVO.

 

 

ORDEN 6365/2010, de 29 de diciembre, de la Consejería de Educación, por la que se establece el horario del profesor responsable del servicio de biblioteca escolar, fuera del horario lectivo. ([1])

 

 

 

La Orden 927/2007, de 24 de mayo, de las Consejerías de Educación y de Cultura y Deportes, por la que se desarrolla el Plan Regional de Fomento de la Lectura en lo referente a la puesta en marcha y funcionamiento de la Red de Bibliotecas Escolares de la Comunidad de Madrid, en los artículos segundo y tercero, determina las actuaciones que estas deberán acometer, estableciéndose en caso de la Consejería de Educación, entre otras, la de "asegurar el apoyo de los centros educativos a la biblioteca escolar y la aceptación por parte de estos de las condiciones de funcionamiento del servicio".

 

A fin de cumplir dicho compromiso y tras estos primeros años de experiencia en el desarrollo del programa de bibliotecas escolares se considera necesario que el profesor responsable del servicio de biblioteca escolar realice fuera del horario lectivo un mínimo de cuatro horas semanales agrupadas en dos días, tanto por criterios puramente organizativos del servicio como por su importante papel dinamizador en la integración de las actividades de la biblioteca en el proyecto educativo del centro.

 

En virtud de las competencias conferidas,

 

DISPONGO

 

Establecer el horario del profesor responsable del servicio de biblioteca escolar fuera del horario lectivo, en un mínimo de cuatro horas semanales agrupadas en dos días.

 



[1] .- BOCM de 17 de enero de 2011.