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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Orden por la que se declara Zona de Gran Afluencia Turística al municipio de San Martín de Valdeiglesias

 

 

Orden de 17 de junio de 2010, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se declara Zona de Gran Afluencia Turística al municipio de San Martín de Valdeiglesias. ([1])

 

 

 

La Ley 16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid, en su artículo 31.1, así como el artículo 34.1 del Decreto 130/2002, de 18 de julio, por el que se desarrolla la Ley, establecen que la Consejería de Economía y Hacienda podrá declarar Zona de Gran Afluencia Turística a la totalidad de un término municipal, o parte de este, ya sea para la totalidad del comercio o para un tipo de actividad comercial en concreto.

De conformidad con el artículo 31.2.a) de la Ley 16/1999, de 29 de abril, y el artícu-lo 34.3.a) del Decreto 130/2002, de 18 de julio, por el que se desarrolla la anterior Ley, el procedimiento para la declaración de Zona de Gran Afluencia Turística se podrá iniciar a solicitud del Ayuntamiento correspondiente, mediante Acuerdo al respecto del Órgano de Gobierno municipal competente, acompañando certificación o documentación acreditativa de los criterios que fundamentan tal solicitud, contemplados en el artículo 31.3 de la Ley 16/1999, de 29 de abril.

Asimismo, en este procedimiento y conforme se establece en el artículo 34, aparta-dos 3.a) y 4, del Decreto 130/2002, de 18 de julio, se incorporará el informe de la Dirección General de Turismo de la Comunidad de Madrid, así como las alegaciones de las asociacio-nes empresariales del sector comercio, sindicales y de consumidores más representativas a nivel regional, así como de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid y de la Federación de Municipios de Madrid, en el trámite de consulta correspondiente.

Vista la solicitud presentada con fecha 18 de marzo de 2010, ante la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid por el que se solicita la declaración de Zona de Gran Afluencia Turística, a los efectos previstos en la Ley 16/1999, de 29 de abril, de Comercio Interior de la Comunidad de Madrid, de todo el término municipal de San Mar-tín de Valdeiglesias y para todo tipo de establecimiento comercial radicado en el munici-pio, así como la memoria de solicitud de declaración de Zona de Gran Afluencia Turística que se acompaña.

Considerando que mediante la Orden 1341/1994, de 12 de agosto, y en aplicación de la legislación vigente en ese momento, el municipio de San Martín de Valdeiglesias dispo-nía hasta la fecha de un horario especial de apertura para todos los domingos y festivos del año, circunscrito para el comercio de alimentación y que la normativa posterior convalidó dichos regímenes de horarios especiales a las Zonas de Gran Afluencia Turística actual-mente vigentes.

En definitiva, con la solicitud presentada se pretende ampliar el anterior régimen exis-tente, a todo el sector del comercio.

Teniendo en cuenta que la solicitud se fundamenta en que el régimen de horario espe-cial de apertura comercial, vigente desde el 12 de agosto de 1994 hasta la fecha, ha contri-buido a convertir San Martín de Valdeiglesias en un municipio de gran influencia comer-cial dentro de su entorno geográfico y en un núcleo de dinamización económica de la comarca. Además, si a ello se añade su ubicación, sus paisajes, clima y monumentos, ha-cen de este municipio un enclave privilegiado para el turismo y para la realización de acti-vidades relacionadas con los recursos naturales y medio ambientales.

Además, para el Ayuntamiento sería una medida de desarrollo económico y fomento de empleo, al considerar que la ampliación de los horarios comerciales redundará muy favorablemente en la generación de empleo. Por ello, para la materialización de los objetivos establecidos en materia de promoción empresarial y comercial, así como en materia de promoción turística en el municipio de San Martín de Valdeiglesias, una medida imprescindi-ble para ofrecer un resultado favorable para el interés general del mismo, potenciando a su vez el desarrollo económico y creando empleo, es la mayor libertad de horarios para la aper-tura y cierre de los establecimientos comerciales de San Martín de Valdeiglesias.

Considerando los criterios en los que se apoya la solicitud, contenidos en los apartados a), b) y c) del artículo 31.3 de la Ley 16/1999, de 29 de abril, y relativos a la relación de plazas en empresas de actividades turísticas con la población de derecho; la relación de establecimientos de restauración, cafés, bares y similares con la población de derecho; y la descripción de atractivos turísticos que acrediten la afluencia turística. Además, el Ayuntamiento de San Martín de Valdeiglesias manifiesta, a los efectos del criterio recogido en el apartado d) del referido artículo 31.3 de la Ley 16/1999, de 29 de abril, que mediante es-crito presentado el día 2 de febrero de 2010, la Asociación de Comerciantes de San Martín y Comarca (ACESACO) instó al Ayuntamiento para que presentara solicitud de libertad horaria en la apertura y cierre del comercio local.

Considerando la documentación aportada junto con la solicitud, según la cual, y en base a los criterios anteriormente citados, en el municipio de San Martín de Valdeiglesias se localizan 80 establecimientos turísticos, de los cuales 6 son de hospedaje, 35 restauran-tes y 30 bares. En turismo rural cuentan con 171 plazas (2,12 en relación con la población de derecho). El total de empresas turísticas representa el 19 por 100 del total de empresas del municipio y en los establecimientos de hostelería (bares y restaurantes) se da empleo al 9 por 100 de la población, sobre todo mujeres. En el municipio se concentra un número importante de recursos e infraestructuras de interés turístico tales como el castillo de la Co-racera, la iglesia del Obispo y el valle de las Seis Ermitas, todo ello pone de manifiesto el atractivo turístico del municipio en cuestión.

Visto el informe y la propuesta favorable de la Dirección General de Comercio, en donde se pone de manifiesto el dinamismo y el crecimiento demostrado por el sector del co-mercio minorista de la región, con la aplicación de políticas liberalizadoras efectivas, que se han traducido en incrementos acumulados en el número de locales comerciales.

Visto el informe favorable emitido por la Dirección General de Turismo de la Comu-nidad de Madrid, en base a la concentración de establecimientos de hostelería con que cuen-ta la zona, así como la existencia de un gran número de espacios y recursos turísticos (es-pectáculos teatrales, musicales, salas de cine, naturaleza, deportes) y monumentos históricos, como son el castillo de la Coracera, la iglesia del Obispo y el valle de las Seis Ermitas.

Oídas las asociaciones empresariales del sector comercio, sindicales y de consumido-res más representativas a nivel regional, así como la Cámara Oficial de Comercio e Indus-tria de Madrid y la Federación de Municipios de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1. Declaración

Declarar Zona de Gran Afluencia Turística para todo el término municipal de San Martín de Valdeiglesias y para todo tipo de establecimiento comercial radicado en el mu-nicipio, conforme a lo dispuesto en el artículo 31 de la Ley 16/1999, de 29 de abril, de Co-mercio Interior de la Comunidad de Madrid.

 

Artículo 2. Prórrogas y comunicación de modificaciones

Los horarios comerciales de la Zona de Gran Afluencia Turística del municipio de San Martín de Valdeiglesias se entenderán automáticamente prorrogados con carácter anual, salvo renuncia expresa del interesado. Asimismo, cualquier modificación de las condicio-nes tenidas en cuenta para la declaración citada, deberán ser comunicadas a la Dirección General de Comercio de la Comunidad de Madrid, por si pudiera conllevar la modificación del régimen de Zona de Gran Afluencia Turística.

 

DISPOSICIÓN FINAL

La presente Orden surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

 



[1] .- BOCM 7 de julio de 2010