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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

RESOLUCIÓN SOBRE REINTEGRO DE GASTOS DE VESTUARIO A LOS CONDUCTORES DE LA PRESIDENCIA DE LA CÁMARA Y A LOS FUNCIONARIOS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA POLICÍA AL SERVICIO DE LA PRESIDENCIA DE LA ASAMBLEA DE MADRID

 

 

 

Resolución 1/2011, de 21 de diciembre de 2010, de la Presidencia de la Asamblea de Madrid, sobre reintegro de gastos de vestuario a los conductores de la Presidencia de la Cámara y a los funcionarios de la Dirección General de la Policía al servicio de la Presidencia de la Asamblea de Madrid. ([1])

 

 

La Presidencia de la Asamblea

 

RESUELVE

 

Que la Asamblea de Madrid abonará a los conductores al servicio de la Presidencia de la Cámara y a los funcionarios de la Dirección General de la Policía al servicio de la Presidencia y, en su caso, de los Portavoces de la Cámara que los tengan asignados ([2]), de acuerdo con criterios similares a los que rigen para casos semejantes en la Administración de la Comunidad de Madrid, la cantidad equivalente al coste de uniformidad, en cuantía máxima anual de 885 euros, destinada a ayuda de vestuario.

 

Esta cuantía anual se abonará contra la presentación de las facturas originales de los gastos realizados en concepto de vestuario que contendrán necesariamente:

 

1.- Denominación y domicilio social de la empresa.

2.- NIF o CIF del emisor y del pagador.

3.- Importe con impuestos incluidos.

4.- Número de factura.

5.- Fecha de emisión de la factura que deberá coincidir con el año natural en el que se efectúa el pago.

6.- Desglose de las compras efectuadas.

7.- Conformidad de la Dirección del Gabinete de la Presidencia.

 

La cuantía total se abonará en dos pagos, uno correspondiente a los gastos efectuados en el primer semestre del año natural, que deberán presentarse antes del 30 de junio y otro para los gastos efectuados en el segundo semestre, que deberán presentarse antes del 31 de diciembre.

 

El importe total de las facturas correspondientes al primer pago no excederá del 50 % de la cuantía máxima anual.

 

El personal que se incorpore al servicio de la Presidencia durante el segundo semestre del año tendrá derecho a percibir la mitad de la cuantía máxima anual establecida para ese ejercicio. La fecha de incorporación deberá justificarse documentalmente.

 

Esta prestación se incrementará en su cuantía de forma automática, anualmente, mediante la aplicación del IPC de diciembre del año anterior.

 

La eficacia de la presente Resolución entrará en vigor el 1 de enero de 2011.



[1] .- BOAM nº 229, de 13 de enero de 2011.

[2].- Véase la Resolución 17/2013, de 16 de septiembre, de la Presidencia de la Asamblea de Madrid, por la que se modifica la Resolución 1/2011, de 21 de diciembre de 2010, de la Presidencia de la Asamblea, sobre reintegro de gastos de vestuario a los conductores al servicio de la Presidencia de la Asamblea de Madrid y a los funcionarios de la Dirección General de la Policía, ampliando su aplicación al conductor al servicio del Gabinete de la Presidencia de la Asamblea.