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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ORDEN 4185/2010, de 30 de julio, de la Consejería de Educación,  por la que se determina el curso de formación exigido en el marco de los Programas de Enseñanza Bilingüe para la asignación de complemento de productividad.  ([1])

 

 

 

La Orden de 30 de marzo de 2009, de la Consejería de Economía y Hacienda, establece, entre otros aspectos, los criterios para la asignación del complemento de productividad por la participación en los cursos de formación exigidos en el marco de los Programas de Enseñanza Bilingüe de la Comunidad de Madrid.

La mencionada Orden, en el artículo 1.b), señala que la Consejería de Educación, en el ámbito de sus competencias, determinará los cursos de formación necesarios para la impartición de docencia directa en lengua inglesa en los Programas de Enseñanza Bilingüe de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1.b) de la Orden de 30 de marzo de 2009,

 

DISPONGO

 

Único

 

Determinar a los efectos de aplicación del artículo 1.b) de la Orden de 30 de marzo de 2009, ([2]) de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen los criterios para la asignación del complemento de productividad por la participación en los cursos de formación exigidos en el marco de los Programas de Enseñanza Bilingüe de la Comunidad de Madrid, la siguiente actividad:

 

-      Curso de la Modalidad A del Plan de Formación de Entrada al Programa Bilingüe de la Comunidad de Madrid.

 

El curso tiene una duración de cien horas, a realizar durante los meses de febrero a junio, fuera del horario de obligada permanencia en el Centro, y está dirigido a maestros adscritos a Educación Primaria no especialistas de inglés ni adscritos al centro por las especialidades de Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje.

 

 

 

 

 

 



[2] .- La norma vigente actualmente en la materia es la Orden de 8 de febrero de 2022,  de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establecen criterios objetivos para la asignación de productividad a los funcionarios de Cuerpos Docentes no Universitarios, por la participación en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y que impliquen especial dedicación al centro. Véase su artículo 2.1.c)