ORDEN de 6 de abril de 2010, de la
Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, por la que se establece la
uniformidad e imagen institucional del Cuerpo de Agentes Forestales de la
Comunidad de Madrid. ()
La Ley
1/2002, de 27 de marzo, por la que se crea el Cuerpo de Agentes Forestales
de la Comunidad de Madrid, en su artículo 8 establece que los funcionarios
pertenecientes al Cuerpo de Agentes Forestales, cuando se hallen de servicio,
irán debidamente uniformados y portarán la acreditación correspondiente a su
identidad profesional, todo ello según se establezca reglamentariamente.
Mediante Orden 3364/2005, de 24 de noviembre, del Consejero de Medio Ambiente y
Ordenación del Territorio, sobre acreditación de los funcionarios del Cuerpo de
Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, se actualizó y reguló
convenientemente lo referente a la acreditación profesional de este colectivo,
quedando pendiente el desarrollo normativo de la
Ley en lo referente a la uniformidad e imagen institucional.
De esta forma,
dando cumplimiento a la Ley y teniendo en cuenta las funciones de policía, custodia
y vigilancia asignadas como misiones principales a dicho Cuerpo, su carácter de
agentes de la autoridad y la jerarquización de sus puestos de trabajo, se hace
necesario establecer la uniformidad y los distintivos con los que se reconozca
al Cuerpo y que los vinculen inequívocamente con la
Comunidad de Madrid.
En su virtud, y de conformidad con lo
dispuesto en el Decreto 25/2008, de 10 de abril, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Presidencia e Interior, en relación con
el Decreto 77/2008, de 3 de julio, por el que se establece el número y
denominación de las Consejerías de la
Comunidad de Madrid; con el Decreto 102/2008, de 17 de julio, por el que se
modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías
de la Comunidad de Madrid, y con el Decreto 67/2009, de 16 de julio, y en uso
de las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la
Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la
Comunidad de Madrid,
DISPONE
Artículo 1.-
Objeto
El objeto de la presente Orden es
establecer la uniformidad reglamentaria e imagen institucional del Cuerpo de
Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, así como las condiciones y
requisitos de su uso, con la finalidad de garantizar su identificación como agentes
de la autoridad, y el ejercicio eficiente y eficaz de las funciones que legalmente
tienen encomendadas como Policía Administrativa Especial y Policía Judicial.
Artículo 2.-
Ámbito de aplicación
La presente Orden es de aplicación a todos
los miembros, medios, vehículos y dependencias del Cuerpo de Agentes Forestales
de la Comunidad de Madrid.
Artículo 3.-
Uniformidad e imagen institucional
1. La uniformidad e
imagen institucional del Cuerpo de Agentes Forestales de la
Comunidad de Madrid se configura por la concurrencia de determinados signos
externos que permitan una adecuada identificación.
2. Se consideran
signos externos de identificación del Cuerpo de Agentes Forestales:
a) El uniforme, que se compone de las prendas,
elementos de vestuario, insignias identificativas y distintivos necesarios para
el desempeño de la actividad profesional.
b) Elementos complementarios al uniforme, como
mochilas, carteras portadocumentos, etcétera.
c) El documento de acreditación profesional.
d) Los carteles informativos sobre la localización de
las dependencias, así como los correspondientes a las unidades que ejercen la
actividad administrativa del Cuerpo de Agentes Forestales de la
Comunidad de Madrid.
e) El diseño de la imagen institucional de los
vehículos necesarios para el cumplimiento de sus funciones.
Artículo 4.-
Uso del uniforme
1. Todos los
miembros del Cuerpo de Agentes Forestales están obligados a hacer uso del
uniforme cuando se encuentren de servicio.
2. El uso del
uniforme por los funcionarios del Cuerpo de Agentes Forestales acreditará la
condición de agentes de la autoridad de los mismos, sin perjuicio de la
obligatoriedad de exhibir el documento de acreditación profesional cuando sean
requeridos por los ciudadanos para identificarse, con motivo de sus actuaciones
policiales.
3. Queda prohibido
a los funcionarios del Cuerpo de Agentes Forestales el uso en actos de servicio
de otras prendas, distintivos, insignias o emblemas que no sean las descritas en
la presente Orden o suministradas oficialmente al efecto.
4. Asimismo,
siempre que se entregue una nueva remesa de ropa a los miembros del Cuerpo de
Agentes Forestales, estos se abstendrán de utilizar prendas de partidas
anteriores que, por diseño, color o tipo de prenda, no se correspondan con las
nuevas prendas entregadas, con objeto de homogeneizar la imagen del colectivo.
5. Excepcionalmente y por tiempo limitado,
cuando la naturaleza del servicio requiera no ser identificado como miembro del
Cuerpo de Agentes Forestales, y con la autorización expresa de la
Jefatura del Cuerpo, se podrán hacer servicios sin prendas oficiales con distintivos
y/o divisas. En esta ocasión, se utilizará el equipamiento que en cada caso se
determine y, cuando sea necesario, se acreditará la condición de funcionario
del Cuerpo de Agentes Forestales mediante el documento de acreditación
profesional descrito en el artículo 13 de la presente Orden.
Artículo 5.-
Entrega y renovación
1. Los miembros del
Cuerpo de Agentes Forestales dispondrán del uniforme oficial, así como de su
acreditación profesional y número de identificación profesional desde el momento
de su incorporación al Cuerpo de Agentes Forestales.
2. La
Comunidad de Madrid deberá dotar periódicamente a los miembros del Cuerpo de
los elementos de uniformidad básica en los términos establecidos en el Anexo I
de la presente Orden, así como de los distintivos, de los elementos de
acreditación y complementarios.
Cuando, debido a su
uso continuado, estos materiales hayan sufrido un deterioro, se hayan
extraviado o hayan sido sustraídos (previa presentación de la denuncia que lo
acredite en este último caso), serán repuestos a la mayor brevedad.
3. Las
adquisiciones de las prendas de uniformidad para su renovación, se ajustarán a
la normativa vigente y se estudiarán en la
Mesa Técnica de Agentes Forestales, para que elabore sus propuestas con antelación
suficiente a la finalización del contrato de suministro en vigor.
4. Los gastos de
uniformidad y equipamiento del Cuerpo de Agentes Forestales de la
Comunidad de Madrid serán a cargo de la
Consejería a la que se encuentre adscrito.
5. Cuando los elementos
de uniformidad o equipamientos requieran, de acuerdo con las recomendaciones
del fabricante, un mantenimiento específico, este será facilitado por la
Administración.
6. La
Jefatura del Cuerpo informará sobre las condiciones técnicas de uso,
mantenimiento y seguridad de los elementos de uniformidad e imagen
institucional del Cuerpo de Agentes Forestales.
Artículo 6.-
Cambios y mejoras en la uniformidad
Las características técnicas del diseño y
calidad de los tejidos empleados en las diferentes prendas se ajustarán a las
recogidas en los Pliegos de Prescripciones Técnicas Particulares que se
elaboren, tras el estudio y propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales, sin perjuicio de lo dispuesto en la
presente Orden, valorando y favoreciendo la inclusión de todas aquellas mejoras
que puedan acordarse.
Artículo 7.-
Utilización de insignias y condecoraciones
1. Las distintas
prendas y elementos de la uniformidad portarán las insignias identificativas y
reglamentarias incluidas en el Anexo II de la presente Orden.
2. Excepcionalmente, y con motivo de
ceremonias y actos protocolarios, se podrán lucir medallas o condecoraciones
concedidas por la Comunidad de Madrid, Administración del Estado o institución
pública reconocida publicadas en sus respectivos boletines oficiales.
Artículo 8.-
Distintivos
Los distintivos de las diferentes
categorías serán únicamente los establecidos en el Anexo II de la presente
Orden.
Artículo 9.-
Exclusividad de uso
Los elementos de uniformidad e imagen
institucional atribuidos en la presente Orden al Cuerpo de Agentes Forestales
son exclusivos del mismo y no podrán ser utilizados por los miembros de otros
colectivos u organismos.
Artículo 10.-
Prendas y elementos de uniformidad
El uniforme reglamentario básico que utilizarán
los miembros del Cuerpo de Agentes Forestales se establece en el Anexo I, sin
perjuicio de que posteriormente se incorporen nuevos elementos en las
correspondientes disposiciones normativas, para lo que se estudiarán las
propuestas de la Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Artículo 11.-
Colores institucionales
1. Sin perjuicio de
lo dispuesto en los Anexos de la presente Orden, los colores que se podrán
utilizar en los distintos elementos del Cuerpo de Agentes Forestales serán el
verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC, el verde claro "Gray Green"
Pantone 16-0518 TC, el blanco, el negro y el naranja "Red
Orange" Pantone 17-1464 TC.
2. También podrán
utilizarse los colores admitidos en la imagen corporativa de la
Comunidad de Madrid.
3. En el caso de los vehículos, cartelería
y documentación del Cuerpo de Agentes Forestales, además de los contemplados en
el apartado primero del presente artículo (o adaptaciones de los mismos a los
distintos soportes), se admitirá el verde Pantone 5747-CS.
Artículo 12.-
Vestuario de las integrantes femeninas del Cuerpo de Agentes Forestales
En el diseño del
vestuario recogido en el Anexo I (fundamentalmente camisas, polos y pantalones)
se tendrán en cuenta las características anatómicas diferenciales de la constitución
femenina. El objeto es que su confortabilidad y buena presencia no resulte
aminorada con respecto a los integrantes masculinos del colectivo.
Asimismo, se diseñará un modelo básico de
uniforme de embarazadas para las integrantes femeninas del Cuerpo que se
encuentren en estado de gestación.
Artículo 13.-
Documento de acreditación profesional
Todos los miembros del Cuerpo de Agentes
Forestales de la Comunidad de Madrid estarán obligados a llevar consigo en todo
acto de servicio el documento de acreditación profesional expedido por el
órgano competente de la Comunidad de Madrid que les acredita como tales, según
modelo homologado, cuya descripción y características serán las que se especifican
en la Orden 3364/2005, de 24 de noviembre (), del Consejero de Medio Ambiente
y Ordenación del Territorio, sobre acreditación de los funcionarios del Cuerpo
de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, si bien sustituyendo el escudo
de la Comunidad de Madrid indicado en el articulado y Anexos de dicha Orden por
el escudo oficial del Cuerpo de Agentes Forestales.
Artículo 14.-
Vehículos
1. Para la eficaz
prestación de los servicios, el Cuerpo de Agentes Forestales de la
Comunidad de Madrid deberá contar con vehículos adecuados a sus necesidades y
con el equipamiento que la
Administración determine, tras el estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales. La imagen institucional de los vehículos
oficiales del Cuerpo de Agentes Forestales se ajustará a lo dispuesto en el
Anexo III de la presente Orden.
2. En determinados servicios y previa
autorización de la Jefatura del Cuerpo de Agentes Forestales, se podrán usar
vehículos sin rotulación, en los términos previstos en la legislación vigente.
Artículo 15.-
Documentos del Cuerpo de Agentes Forestales
En todos los documentos, elementos de
oficina y publicaciones emanados del Cuerpo de Agentes Forestales, ya sea en
soporte de papel, informático o audiovisual, se utilizará el escudo oficial del
Cuerpo de Agentes Forestales.
Artículo 16.-
Instalaciones y dependencias
Las instalaciones
en las que se ubique la Jefatura del Cuerpo de Agentes Forestales, las oficinas
comarcales y demás dependencias pertenecientes a las mismas, deberán estar identificadas
por medio de carteles en los que se establecerán las inscripciones
correspondientes para facilitar a los ciudadanos su correcta identificación.
Asimismo, estarán dotadas, en lugar visible desde la vía pública, de las
banderas oficiales de la
Unión Europea, del Estado Español y de la
Comunidad de Madrid, conforme a lo dispuesto en la
Ley 39/1981, de 28 de octubre, por la que se regula el uso de la
Bandera de España y el de otras banderas y enseñas, y en la Ley
2/1983, de 23 de diciembre, de la
Bandera, Escudo e Himno de la Comunidad de Madrid, y su normativa de
desarrollo.
Se instalarán en la
vía pública, de acuerdo con la normativa de tráfico, los carteles necesarios para
guiar a la ciudadanía hacia las oficinas comarcales desde los accesos
principales.
Asimismo, las vías
donde se encuentren las salidas de vehículos del Cuerpo de Agentes Forestales
podrán contar con barreras móviles y/o semáforos para indicar la salida de vehículos
en servicio de urgencia.
La descripción y características de los
mencionados carteles se recogen en el Anexo IV.
Artículo 17.-
Identificación del Equipo de Protección Individual para incendios
El Equipo de Protección Individual (EPI)
utilizado por el Cuerpo de Agentes Forestales, para incendios forestales y
otras emergencias por siniestros diferenciará claramente al colectivo, al
poseer, sin exclusión alguna, las insignias y distintivos identificativos del
Cuerpo de Agentes Forestales de la Comunidad de Madrid, así como la combinación
de colores verde oscuro Pantone 19-0515 TC "OliveNight" y "Red
Orange" Pantone 17-1464 TC. Dicha
combinación de colores y elementos identificativos son exclusivos del Cuerpo de
Agentes Forestales y no podrán ser utilizados por otros colectivos u
organismos.
Artículo 18.-
Divulgación
La Comunidad de Madrid dará publicidad y posibilitará el conocimiento entre los
ciudadanos de la imagen del Cuerpo de Agentes Forestales.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA
Renovación del vestuario y los elementos de
uniformidad existentes
La aprobación de la
presente Orden no supone la renovación inmediata del vestuario y demás
elementos de uniformidad contemplados en la misma, dado que gran parte de los mismos
se encuentran dentro de su vida útil.
La renovación se irá haciendo gradualmente
según necesidades, una vez se aprueben los expedientes de contratación
correspondientes y se fijen los plazos de entrega en dichos expedientes.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Entrada en vigor
La presente Orden entrará en vigor el día
de su publicación en el Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid.
ANEXO I
PRENDAS Y ELEMENTOS DE UNIFORMIDAD
Prendas de la uniformidad, período de renovación y
descripción básica
UNIFORME DE TRABAJO
Modalidad de invierno
a) Gorra de invierno
Renovación.-Una unidad/dos años:
- Características
generales: Confeccionada en tejido exterior impermeable y transpirable y con
forro interior térmico. Llevará visera semirrígida y orejeras abatibles forradas
por su interior, que se podrán sujetar elevadas o en el interior de la copa, cerrándose
alrededor de la cabeza cuando estén abatidas.
- Colores
admitidos: Verde oscuro "Olive Night" Pantone 19-0515 TC y/o negro. También
podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los apartados
1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal llevará la insignia de
prenda de cabeza incluida en el Anexo II de la presente Orden. Estará permitida
la inclusión de una línea de una tonalidad diferente a la del resto de la gorra
en la parte inferior de la copa (ver figura). Asimismo podrá incorporarse la
leyenda "AGENTES FORESTALES", mediante un bordado o un "transfer",
en el lugar que se determine en los Pliegos de Prescripciones Técnicas
elaborados por la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Figura
b) Chaqueta impermeable-cortaviento
Renovación.-Una unidad/tres años:
- Características
generales: Chaqueta técnica de tipo tres cuartos con capucha. Los materiales
empleados garantizarán la impermeabilidad y la transpiración de la prenda, así
como la protección eficaz contra el viento.
- Colores
admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night"
Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en
colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura) llevará
en el lado derecho la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente Orden
y en el izquierdo la divisa de rango (que incluye el número de identificación profesional)
descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga izquierda se incluirá la
divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente Orden. Estará permitida
la incorporación de la leyenda "AGENTES
FORESTALES", en el lugar o lugares que
determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Figura
c) Chaqueta de forro polar-cortaviento
Renovación.-Una unidad/tres años:
- Características
generales: Garantizará la protección térmica eficaz de los usuarios en
ambientes fríos y contra el viento garantizando la transpirabilidad.
- Colores
admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night"
Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en
colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente
Orden.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura) llevará,
en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente
Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de Idenb) tificación
Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga izquierda se
incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente Orden.
Estará permitida la incorporación de la
leyenda "AGENTES FORESTALES", en el lugar o lugares que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Figura
d) Polo térmico de manga larga
Renovación.-Dos unidades/dos años:
- Características
generales: Proporcionará protección térmica eficaz a los usuarios en ambientes
fríos asegurando la suficiente transpirabilidad.
- Colores
admitidos: La tonalidad predominante será el verde claro "Gray Green"
Pantone 16-0518 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en
colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura)
llevará, en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la
presente Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de
Identificación Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga
izquierda, se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la
presente Orden. Estará permitida la incorporación de la leyenda "AGENTES FORESTALES",
en el lugar o lugares que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Figura
e) Pantalón térmico de invierno
Renovación.-Dos unidades/dos años:
- Características
generales: Proporcionará protección térmica eficaz a los usuarios en ambientes
fríos asegurando la suficiente transpirabilidad. Estará confeccionado en tejido
repelente al agua y con alta resistencia a la abrasión y al desgarro.
- Colores
admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night"
Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en
colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
f) Pantalón impermeable-cortaviento
Renovación.-Una unidad/tres años:
¿ Características generales: Los materiales empleados
garantizarán la impermeabilidad y la transpiración de la prenda así como la
protección eficaz contra el viento.
- Colores
admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night"
Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en
colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
g) Mallas térmicas
Renovación.-Dos unidades/dos años:
- Características
generales: Proporcionarán protección térmica eficaz a los usuarios en ambientes
fríos y garantizará la suficiente transpirabilidad. Se utilizará siempre como
prenda interior bajo el pantalón.
- Colores
admitidos: Los colores predominantes serán verde, negro o gris, aunque se
admiten detalles de otros colores.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
h) Camiseta interior
Renovación.-Tres unidades/un año:
- Características
generales: Garantizará la suficiente transpirabilidad. Se utilizará siempre
como prenda interior bajo el polo.
- Colores
admitidos: El color será verde oscuro Pantone 19-0515 TC "Olive Night"
o negro, aunque se admiten detalles de otros colores.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
i) Calzado de invierno
Renovación.-Un par/dos años:
- Características
generales: Serán botas de montaña o de "trekking". Garantizarán la protección térmica eficaz
de los usuarios en ambientes fríos, la impermeabilidad y la evacuación de la
transpiración así como el mayor agarre posible en condiciones deslizantes.
- Colores
admitidos: Los colores serán en tonos oscuros, preferentemente verde, negro o
gris aunque se admiten detalles de otros colores.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
j) Calcetines de invierno
Renovación.-Tres pares/un año:
- Características
generales: Garantizarán la protección térmica eficaz de los usuarios en
ambientes fríos y la transpirabilidad.
- Colores admitidos: Los colores
predominantes serán verde, negro o gris aunque se admiten
detalles de otros colores.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
k) Guantes de polar cortaviento
Renovación.-Un par/dos años:
- Características
generales: Garantizarán la protección térmica de los usuarios en ambientes
fríos. También protegerán eficazmente contra el viento.
- Colores admitidos: Negro, aunque se
admiten detalles de otros colores.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
l) Guantes de nieve
Renovación.-Un par/dos años:
- Características
generales: Garantizarán la protección térmica eficaz y la impermeabilidad de
los usuarios en ambientes fríos.
- Colores admitidos:
Verde, negro o gris, aunque se admiten detalles de otros colores.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
m) Bufanda tubular de forro polar
Renovación.-Una unidad/dos años:
- Características generales:
Garantizará la protección térmica eficaz a los usuarios
en ambientes fríos y la
transpirabilidad.
- Colores admitidos: El color será
verde oscuro Pantone 19-0515 TC "Olive
Night"
o negro, aunque se admiten
detalles de otros colores.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Modalidad de verano
a) Prenda de cabeza
Renovación.-Una unidad/dos años:
- Características
generales: Sombrero de ala ancha. Proporcionará una protección térmica eficaz
contra las altas temperaturas y contra la radiación solar.
- Colores
admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night"
Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en
colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
¿ Características de diseño: Sin perjuicio de lo
dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal llevará la insignia de
prenda de cabeza incluida en el Anexo II de la presente Orden. Asimismo, podrá incorporarse
la leyenda "AGENTES FORESTALES", en el lugar que se determine en los
Pliegos de Prescripciones Técnicas elaborados por la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Figura
b) Polo de manga corta
Renovación.-Tres unidades/dos años:
- Características
generales: Garantizará la protección térmica eficaz de los usuarios en
ambientes cálidos y la transpirabilidad.
- Colores
admitidos: La tonalidad predominante será el verde claro "Gray Green"
Pantone 16-0518 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en
colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
¿ Características de diseño: Sin perjuicio de lo
dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura) llevará,
en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente
Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de
Identificación Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga
izquierda se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente
Orden. Estará permitida la incorporación de la leyenda "AGENTES
FORESTALES", en el lugar o lugares que
se determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Figura
c)
Pantalón de verano
Renovación.-Dos unidades/dos años:
- Características
generales: Garantizará la protección térmica eficaz de los usuarios en
ambientes cálidos y la transpirabilidad. Estará confeccionado en tejido
repelente al agua y con alta resistencia a la abrasión y al desgarro.
- Colores
admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night"
Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en
colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
d) Calzado de verano
Renovación.-Un par/dos años:
- Características
generales: Serán botas de montaña o de "trekking". Garantizarán la impermeabilidad y la
evacuación de la transpiración así como el mayor agarre posible en condiciones
deslizantes.
- Colores
admitidos: Los colores serán en tonos oscuros, preferentemente verde, negro o
gris aunque se admiten detalles de otros colores.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
e) Calcetines verano
Renovación.-Tres pares/un año:
- Características
generales: Garantizarán la protección térmica eficaz de los usuarios en
ambientes cálidos. Asimismo, asegurarán un secado rápido y una buena transpiración
del pie.
- Colores
admitidos: Los colores predominantes serán verde, negro o gris aunque se admiten
detalles de otros colores.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Modalidad de entretiempo
a) Prenda de cabeza
Renovación.-Una unidad/dos años:
- Características
generales: Gorra con visera. Proporcionará una protección térmica eficaz contra
las altas temperaturas y contra la radiación solar.
- Colores
admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night"
Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en
colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal llevará la insignia de
prenda de cabeza incluida en el Anexo II de la presente Orden. Asimismo podrá incorporarse
la leyenda "AGENTES FORESTALES", en el lugar que se determine en los
Pliegos de Prescripciones Técnicas elaborados por la
Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Figura
b) Polo de manga larga
Renovación.-Tres unidades/dos años:
- Características
generales: Garantizará la protección térmica eficaz de los usuarios en
ambientes cálidos y la transpirabilidad.
- Colores
admitidos: La tonalidad predominante será el verde claro "Gray Green"
Pantone 16-0518 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en
colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
¿ Características de diseño: Sin perjuicio de lo
dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura) llevará,
en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente
Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de
Identificación Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga
izquierda se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente
Orden. Estará permitida la incorporación de la leyenda "AGENTES
FORESTALES", en el lugar o lugares que
determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Figura
c) Chaqueta polar ligera
Renovación.-Una unidad/tres años:
- Características
generales: Chaqueta corta y ligera. Garantizará la protección térmica eficaz de
los usuarios en ambientes frescos y la transpirabilidad, así como cierta impermeabilidad.
- Colores
admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night"
Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en
colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura)
llevará, en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la
presente Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de
Identificación Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga
izquierda se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente
Orden. Estará permitida la incorporación de la
Leyenda "AGENTES FORESTALES", en el lugar o lugares que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Figura
Uniforme de representación
a) Camisa de manga larga
Renovación.-Una unidad y a demanda:
- Características
generales: Garantizará la protección térmica eficaz de los usuarios en
ambientes cálidos y la transpirabilidad.
- Colores
admitidos: La tonalidad predominante será el verde claro "Gray Green"
Pantone 16-0518 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en
colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior llevará, en
el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente
Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de
Identificación Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga
izquierda se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente
Orden.
b) Pantalón recto
Renovación.-Una unidad y a demanda:
- Características generales: Con
pliegues en delanteros, sin vuelta.
- Colores admitidos: Verde oscuro
Pantone 19-0515 TC "Olive Night".
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
c) Corbata
Renovación.-Una unidad y a demanda:
- Características generales: Prenda
de la forma usual en el comercio, con entretela.
- Colores admitidos: Verde oscuro
Pantone 19-0515 TC "Olive Night" y/o negro.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
d) Alfiler de corbata
Renovación.-Una unidad y a demanda:
-
Características generales: De metal dorado, con el escudo del Cuerpo de Agentes
Forestales en su centro.
- Colores admitidos: Dorado y gris
plateado.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
e) Zapatos
Renovación.-Una unidad y a demanda:
- Características generales:
¿ De hombre: Tipo blucher o cartera,
ojetes con cordón.
¿ De mujer: Tipo mocasín montado.
- Colores admitidos: Negro.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Otros elementos de uniformidad
a) Chaleco reflectante
Renovación.-Una unidad y a demanda:
- Características
generales: Garantizará la visibilidad del Agente Forestal cuando lo porte
encima.
- Colores
admitidos: La tonalidad predominante será el naranja fluorescente. En el diseño
se podrán incorporar áreas o partes en color verde similar al verde oscuro Pantone
19-0515 TC "Olive Night". Incorporará bandas retro-luminiscentes de los
colores que se determinen. Si se incluyen leyendas, estas irán en color blanco o
negro.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura)
llevará, en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la
presente Orden. Incorporará, al menos, en la espalda la leyenda "AGENTE FORESTAL",
tal y como se muestra en la figura.
Figura
b) Chaqueta de trabajo
Renovación.-Una unidad/tres años:
- Características
generales: Chaqueta tipo tres cuartos. Los materiales empleados garantizarán la
resistencia de la prenda a la abrasión.
- Colores
admitidos: La tonalidad predominante será el verde oscuro "Olive Night"
Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en
colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que se determine en la
Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior (ver figura)
llevará, en el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la
presente Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de
Identificación Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga
izquierda se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente
Orden. Estará permitida la incorporación de la
Leyenda "AGENTES FORESTALES", en el lugar o lugares que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Figura
c) Mono de trabajo
Renovación.-Una unidad/tres años:
- Características
generales: Prenda completa abierta en su frente con una cremallera. Los
materiales empleados garantizarán la resistencia de la prenda a la abrasión.
- Colores
admitidos: Verde oscuro Pantone 19-0515 TC "Olive
Night". En el diseño se podrán
incorporar áreas en color negro.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que se determine en la
Mesa Técnica de Agentes Forestales. En la parte frontal superior llevará, en
el lado derecho, la insignia de pecho descrita en el Anexo II de la presente
Orden, y en el izquierdo, la divisa de rango (que incluye el Número de
Identificación Profesional) descrita en dicho Anexo II. Asimismo, en la manga
izquierda se incluirá la divisa de brazo descrita en el Anexo II de la presente
Orden. Estará permitida la incorporación de la leyenda "AGENTES
FORESTALES", en el lugar o lugares que
determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
d) Guantes de trabajo
Renovación.-Un par/dos años:
- Características generales:
Garantizarán la resistencia de la prenda a la abrasión.
- Colores admitidos: Negro, aunque se
admiten detalles de otros colores.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
e) Cinturón porta-útiles
Renovación.-Una unidad/tres años:
- Características
generales: Será de material resistente para portar distintos utensilios y su
cierre permitirá una rápida instalación. La hebilla podrá ser de plástico o metálica
pero, una vez cerrado el cinturón, poseerá el aspecto que se muestra en la
figura.
- Colores admitidos: Negro. La
hebilla será de color gris plateado.
- Características
de diseño: En la hebilla aparecerán siete estrellas de cinco puntas en la
disposición de las de la bandera de la
Comunidad de Madrid como se muestra en la imagen. Sin perjuicio de lo
dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Figura
f) Cinturón de piel
Renovación.-Una unidad/tres años:
- Características generales: Cinturón
de piel con hebilla metálica.
- Colores admitidos: Negro. La
hebilla será de color plateado.
- Características
de diseño: En la hebilla aparecerán siete estrellas de cinco puntas en la
disposición de las de la bandera de la
Comunidad de Madrid como se muestra en la imagen. Sin perjuicio de lo
dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
Figura
Elementos complementarios
a) Mochila
Renovación.-Una unidad/tres años:
- Características
generales:Mochila portamaterial ligera y resistente. Con múltiples bolsillos.
- Colores
admitidos: La tonalidad predominante será el negro o el verde oscuro semejante al
"Olive Night"
Pantone 19-0515 TC. También podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en
colores incluidos en los apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
b) Polainas
Renovación.-Un par/tres años:
- Características
generales: Los materiales empleados garantizarán la impermeabilidad y la
resistencia de la prenda.
- Colores
admitidos: Negro y/o verde semejante al verde oscuro "Olive
Night" Pantone 19-0515 TC. También
podrán incluirse detalles en otros colores.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden se ajustarán a lo
que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
c) Cartera portadocumentos
Renovación.-Una unidad/tres años:
- Características
generales: Cartera porta-documentos con varios departamentos para el transporte
de material de papelería y otros utensilios.
- Colores
admitidos: Negro y/o verde semejante al verde oscuro "Olive
Night" Pantone 19-0515 TC. También
podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los
apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
d) Botas de agua
Renovación.-Un par/tres años:
- Características
generales: Completamente impermeables. De altura hasta por debajo de las
rodillas. Suela con dibujo antideslizante.
- Colores
admitidos: Negro y/o verde semejante al verde oscuro "Olive
Night" Pantone 19-0515 TC. También
podrán incluirse áreas, detalles o leyendas en colores incluidos en los
apartados 1 y 2 del artículo 11 de la presente Orden.
- Características
de diseño: Sin perjuicio de lo dispuesto en la presente Orden, se ajustarán a
lo que determine la Administración, tras estudio de las propuestas de la
Mesa Técnica de Agentes Forestales.
e) Cualquier otra prenda, elemento o medio que la
Comunidad de Madrid considere conveniente
para una mejor prestación del servicio.
ANEXO II
INSIGNIAS Y DIVISAS
1. Insignias del Cuerpo
de Agentes Forestales
1.1. Insignia de brazo: Se situará en la
manga izquierda con la parte superior de la insignia colocada aproximadamente a
50 mm de la costura de la unión o caída de la manga; tendrá forma de trapecio,
siendo la parte superior del mismo de forma convexa y con vértices redondeados,
y la inferior cóncava con vértices redondeados. Estará confeccionado en tela y
en su interior destacan, en la parte superior, "Comunidad
deMadrid"; en la parte central, el
escudo Oficial del Cuerpo de Agentes Forestales de la
Comunidad de Madrid, y en la parte inferior, la leyenda "Agentes Forestales".
Todo el conjunto irá contorneado por un
fileteado bordado de 5 mm, el cual se colocará a 3
mm del borde, siendo la inscripción y el contorno de color blanco todo sobre
fondo verde oscuro número Pantone 19-0515 TC "Olive
Night". Las dimensiones totales del conjunto
son: Ancho superior, 100 mm; ancho inferior, 70
mm, y alto, 80 mm.
1.2. Insignia de pecho (Escudo Oficial del
Cuerpo de Agentes Forestales): Se situará en la parte superior derecha de la
prenda, centrado en el pecho y a la misma altura que la insignia del lado
izquierdo. Será el Escudo Oficial del Cuerpo de Agentes Forestales de la
Comunidad de Madrid, en tela. Con la
Leyenda "Comunidad de Madrid¿ " en la parte superior y "Agentes Forestales"
en la parte inferior. Dimensiones: Diámetro, 65
mm.
1.3. Insignia de prenda de cabeza: Se
utilizará el mismo distintivo que el indicado en el punto 1.2 para el pecho,
pero de menor tamaño o la bandera oficial de la
Comunidad de Madrid. Se situará en el frontal de la prenda.
2. Divisas identificativas de escalas y categorías
Permiten determinar la categoría dentro
del Cuerpo de Agentes Forestales y se organizan como se describen a
continuación:
- Divisa de
pecho: Confeccionada en tela, será fijada a la prenda mediante velcro. Se situará
en el lado izquierdo a la altura del pecho, alineada con la insignia de pecho. El
conjunto será de forma rectangular y con unas dimensiones de 40
mm de alto por 50 mm de ancho. El color del fondo será el verde oscuro Pantone
19-0515 TC "Olive Night" y las inscripciones y símbolos de su
interior irán en color blanco; todo el conjunto irá contorneado por un
fileteado blanco bordado de 1mmde ancho, el cual se colocará a 3
mm del borde. En el interior del recuadro principal se incluirá: En la parte
superior, el símbolo de la categoría; en la parte central, la leyenda de la
categoría en letras mayúsculas de color blanco, y en la parte inferior
dispondrá de dos orificios para instalar la placa con el número de identificación
personal (NIP) del agente. El sistema de instalación será similar al que se
muestra en la figura:
La placa con el NIP tendrá unas
dimensiones de 10 mm de alto y 40 mm de ancho. El anverso tendrá un fondo de
color blanco e inserto en este el número de identificación personal (NIP) en
color negro. En el reverso dispondrá de dos patillas de fijación.
En tanto en cuanto no se desarrollen
reglamentariamente las categorías profesionales del Cuerpo de Agentes
Forestales, los símbolos de identificación de cada nivel serán los siguientes:
- Símbolos de
la escala operativa: Para el Agente Forestal una banda blanca con extremos en
pico con ángulo de 90o e inserta en el centro una franja del color del fondo de
la divisa, dos bandas superpuestas para el Jefe de Comarca y tres bandas para
el Responsable Técnico.
- Símbolos de
la escala técnica: Una hoja de roble en color blanco para el Jefe de Unidad,
dos hojas de roble alineadas para el Jefe de Servicio y tres hojas de roble alineadas
para el Jefe del Cuerpo.
Se dotará a cada agente de cuatro divisas
en cada entrega de vestuario, con sistema de velcro para colocar en las
distintas prendas. Asimismo, se entregarán cuatro placas con el NIP que serán
sustituidas por deterioro, pérdida o robo.
Diseños:
ANEXOS III y IV
(Véanse en formato PDF)