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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

Orden 5286/2009, de 23 de noviembre, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban los modelos de documentos administrativos en los que se formalizarán los conciertos educativos con centros privados a partir del curso 2009-2010.  ([1])

 

 

 

Por Orden 5021/2005, de 23 de septiembre, de la Consejería de Educación (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 14 de octubre), fueron aprobados los modelos de documentos administrativos por los que se formalizaron los conciertos educativos con centros privados para el período del curso 2005-2006 a 2008-2009.

En 2006, no obstante, fue aprobada la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), que, a su vez, derogó, entre otras, la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de Participación, Evaluación y Gobierno de los Centros Docentes, y la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación.

Procede, por tanto, actualizar los citados documentos para adecuarlos a la modificación normativa referida, y formalizar con ellos los conciertos aprobados para el período del curso 2009-2010 a 2012-2013 por la Orden 4053/2009, de 27 de agosto, de la Consejería de Educación (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 7 de septiembre).

Debe establecerse, además, el modelo de documento por el que se formalice la concertación de aquellas enseñanzas que, como los programas de calificación profesional inicial, son de nueva implantación por la LOE.

En consecuencia con lo anterior, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 41.d) de la Ley 1/1983, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y del Decreto 118/2007, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, esta Consejería

DISPONE

Artículo 1

Aprobar los documentos administrativos en los que han de formalizarse los conciertos educativos con centros docentes privados para el período del curso 2009-2010 a 2012-2013, cuyos modelos figuran como Anexo de la presente Orden. ([2])

Artículo 2

Conforme se establece en la Orden 4053/2009, de 27 de agosto, de la Consejería de Educación, los documentos administrativos aprobados por la presente Orden serán suscritos por el Director General de Becas y Ayudas a la Educación, quien, asimismo, incorporará en ellos las diligencias que sean necesarias durante el período de vigencia de los conciertos.

Artículo 3

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de un mes, recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, o bien, directamente, en el plazo de dos meses, recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

 

ANEXO

(Véase en versión pdf)



[1].-           BOCM 23 de diciembre de 2009.

[2].-           Téngase en cuenta la nueva regulación del procedimiento de acceso, renovación y modificación de los conciertos educativos aprobada por Orden 4081/2016, de 20 de diciembre. (BOCM de 30 de diciembre de 2016)