ORDEN POR LA QUE SE ESTABLECE LA RELACIÓN DE MATERIALES DE BASE PARA LA PRODUCCIÓN DE MATERIAL FORESTAL DE REPRODUCCIÓN
SELECCIONADO EN LA COMUNIDAD DE MADRID.
Orden 618/2009, de 24 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, por la que se establece
la relación de materiales de base para la producción de material forestal de
reproducción seleccionado en la Comunidad de Madrid.()
El Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo,
sobre comercialización de los materiales forestales de reproducción, incorpora
a nuestra legislación nacional la Directiva 1999/105/CE del Consejo, de 22 de
diciembre de 1999, refunde y actualiza toda la normativa anterior al efecto, y
establece el procedimiento y los requisitos que han de cumplir los materiales
forestales de reproducción destinados a la comercialización en orden a
garantizar su valor genético e identidad.
En el artículo 3.1 del Real Decreto
289/2003 se establece que para la producción de materiales forestales de
reproducción destinados a la comercialización se utilizarán únicamente
materiales de base autorizados.
En el punto 2 del artículo 3 se indica
que los materiales de base destinados a la producción de material forestal de
reproducción de la categoría seleccionado solo podrán obtener la condición de
autorizados si satisfacen las exigencias establecidas en el Anexo III del
citado Real Decreto, y además estén referidos a una unidad de admisión, que
estará identificada mediante una única referencia en el correspondiente
registro.
Asimismo, el punto 3 del citado artículo
señala que la autorización de los materiales de base para la producción de
materiales forestales de reproducción identificados, seleccionados,
cualificados y controlados se efectuará por el órgano competente de la respectiva
comunidad autónoma, que comunicará dichos materiales de base a la Dirección General de Medio Natural y Política Forestal para su traslado a la Dirección General de Recursos Agrícolas y Ganaderos, del Ministerio de Medio Ambiente y Medio
Rural y Marino.
Por otra parte, en virtud de la Orden de 28 de septiembre de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" número 240, de 7 de
octubre de 1999), del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, se
publican los nuevos catálogos nacionales de materiales de base para los
materiales forestales de reproducción relativos a las especies Pinus sylvestris
L. y Pinus nigra Arn., donde figuran tres rodales selectos de la especie Pinus
sylvestris L. en la Comunidad de Madrid.
Como consecuencia de la entrada en vigor
del Real Decreto 289/2003, se ha procedido a una revisión de todos los rodales -selectos
caracterizados fenotípicamente en el territorio de la Comunidad de Madrid, de las especies Pinus sylvestris L., Pinus halepen-sis Mill. y Pinus
pinea L., para establecer el listado de rodales selectos que cumpla los
requisitos y exigencias establecidas por el Real Decreto 289/2003.
En su virtud, de acuerdo con el artículo
41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto 77/2008, de 3 de julio, del Consejo de
Gobierno, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías
de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Artículo 1
Se procede a dar de baja los tres
rodales selectos de Pinus sylvestris L. de la Comunidad de Madrid incluidos en el catálogo nacional de materiales de base de esta especie,
según Orden de 28 de septiembre de 1999 ("Boletín Oficial del Estado"
número 240, de 7 de octubre de 1999), del Ministerio de Agricultura, Pesca y
Alimentación.
Artículo 2
Se establece en el Anexo de la presente
Orden el listado de materiales de base para la producción de material forestal
de reproducción seleccionado.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Orden será eficaz desde el
día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
ANEXO
LISTADO DE MATERIALES DE BASE PARA LA PRODUCCIÓN DE MATERIAL FORESTAL DE REPRODUCCIÓN SELECCIONADO
(Véase en formato pdf)