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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

Orde 22/27 de junio de 1983

Orden de 22 de junio de 1983, de la Consejería de Presidencia, por la que se dictan normas sobre la numeración de las inserciones de disposiciones en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. ([1])

 

 

Creado el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» por Decreto 13/1983, de 16 de junio del Consejo de Gobierno, y habiéndose iniciado la publicación del mismo con carácter diario desde la fecha indicada esta Consejería ha resuelto dictar las siguientes normas sobre la numeración de inserciones en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».

Primera.

Se numerarán todas las inserciones que se efectúen en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» correspondientes a los epígrafes siguientes: Disposiciones Generales; otras Disposiciones y Autoridades y Personal.

Segunda

La citada numeración será correlativa en conjunto para los tres epígrafes señalados en la norma anterior y continuará también correlativamente, en las sucesivas ediciones diarias del «Boletín», cerrándose al 31 de diciembre de cada año.

Tercera

A los efectos anteriores, en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» correspondiente al día 30 de junio próximo se publicará una resolución en la que se relacionarán los títulos de todas las inserciones relativas a Disposiciones Generales; Otras Disposiciones y Autoridades y Personal, que hayan sido publicadas desde el día 16 de junio de 1983 hasta el día 30 del mismo mes, ambos inclusive, haciendo constar en la relación el número de orden que corresponda a cada inserción.

Cuarta

En el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid» correspondiente al día primero de julio próximo, se iniciará la publicación impresa de los aludidos números de orden, precediendo al texto de cada inserción, de tal forma que la numeración correlativa comience por el número siguiente a aquél en que haya terminado la relación de inserciones del mes de junio que se menciona en la norma anterior.

 

 

 

 

Este documento no tiene valor jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación oficial.

 



[1].-        BOCM 30 de junio de 1983.

              Téngase en cuenta que la regulación contenida en esta Orden afecta a la edición en papel del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, cuyo último número fue publicado el 11 de febrero de 20120. A partir de esta fecha, las características tanto de la edición electrónica como de la edición impresa, fueron las establecidas por el Decreto 2/2010, de 28 de enero, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la edición electrónica del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM de 1 de febrero de 2010), posteriormente derogado por el Decreto 126/2022, de 7 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la edición electrónica y la sede electrónica del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID (BOCM de 12 de Diciembre de 2022).