Resolución de 19 de junio de 2009, de la
Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se aprueban los
procedimientos de actuación de las Entidades de Inspección y Control Industrial
en los campos definidos en las órdenes de desarrollo del Decreto 38/2002, de 28
de febrero. ()
ANTECEDENTES
DE HECHO
Primero
El
Decreto
38/2002, de 28 de febrero, por el que se regulan las actividades de control
reglamentario de las instalaciones industriales en la Comunidad de Madrid,
previó la intervención de las Entidades de Inspección y Control Industrial en
los procedimientos para la tramitación administrativa de puesta en servicio de
las instalaciones industriales, con el fin de conseguir una agilización en la
puesta en servicio de las nuevas instalaciones.
Segundo
Como
desarrollo del Decreto 38/2002, de 28 de febrero, se han publicado la Orden
8638/2002, de 8 de octubre, por la que se establece el procedimiento para
el registro de instalaciones petrolíferas para consumo en la propia instalación
y para suministro a vehículos, modificada por la Orden 567/2004, de 8 de julio (); la Orden
9343/2003, de 1 de octubre, por la que se establece el procedimiento para
el registro, puesta en servicio e inspección de instalaciones térmicas no
industriales en los edificios, que ha sido modificada por la Orden 688/2008, de
29 de febrero; la Orden
9344/2003, de 1 de octubre, por la que se establece el procedimiento para
la tramitación, puesta en servicio e inspección de las instalaciones eléctricas
no industriales conectadas a una alimentación en baja tensión; la Orden
3619/2005, de 24 de junio, por la que se establece el procedimiento para el
Registro de Instalaciones de Prevención y Extinción contra Incendios, y la Orden
639/2006, de 22 de marzo, por la que se establece el procedimiento para el
registro de puesta en servicio de las instalaciones interiores de suministro de
agua, modificada por la Orden 1415/2007, de 16 de mayo.
Tercero
Con
fecha 10 de junio de 2009 se publica la Orden
de 17 de febrero de 2009, del Consejero de Economía y Hacienda, de
homogeneización y simplificación del procedimiento de actuación de las
Entidades de Inspección y Control Industrial al amparo del Decreto 38/2002, de
28 de febrero, por el que se regulan las actividades de control reglamentario de
las instalaciones industriales en la Comunidad de Madrid y sus Órdenes de
desarrollo, con el fin de normalizar los procedimientos de actuación de las
Entidades de Inspección y Control Industrial en cada uno de los campos.
Cuarto
El
artículo 8 de la Orden de 17 de febrero de 2009 establece que "Los
protocolos de actuación de las inspecciones definidos en las Órdenes de
desarrollo del Decreto 38/2002, de 28 de febrero, serán únicos para cada campo
y para todas las EICI y serán remitidos a la
Dirección General competente en materia de industria para su aprobación
mediante resolución".
Quinto
Con
fecha 16 de junio de 2009 la Asociación de Entidades de Inspección de la
Comunidad de Madrid (ASEICAM) presenta solicitud de modificación de los
procedimientos de actuación de las Entidades de Inspección y Control Industrial
en los diferentes campos, con la finalidad de adaptarlos al contenido de la
Orden de 17 de febrero de 2009. Así se presenta:
─ Procedimiento para
la tramitación como EICI de las instalaciones térmicas según la Orden 688/2008,
de 29 de febrero, y Orden de 17 de febrero de 2009, de homogeneización y
simplificación, revisión 2, de fecha 25 de mayo de 2009.
─ Procedimiento para
tramitación como EICI del registro de instalaciones interiores de suministro de
agua según la Orden 639/2009, de 22 de marzo, y Orden de 17 de febrero de 2009,
de homogeneización y simplificación, revisión 3, de fecha 14 de mayo de 2009.
─ Procedimiento para
la tramitación del registro de las instalaciones de prevención y extinción de
incendios según Orden 3619/2005, de 24 de junio, y Orden de 17 de febrero de
2009, de homogeneización y simplificación, revisión 4, de fecha 15 de mayo de
2009.
─ Procedimiento de
tramitación como EICI de las instalaciones petrolíferas según la Orden 8638/2002,
de 8 de octubre; Orden 5672/2004, de 8 de julio, y Orden de 17 de febrero de
2009, de homogeneización y simplificación, revisión 2, de fecha 15 de junio de
2009.
─ Procedimientos para
la tramitación como EICI de las instalaciones eléctricas de baja tensión según
Orden 9344/2003, de 1 de octubre, y Orden de 17 de febrero de 2009, de
homogeneización y simplificación: EL01 y EL02, revisión 2, de fecha 25 de mayo
de 2009.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero
Es
competente para la adopción de esta Resolución la
Dirección General de Industria, Energía y Minas, de conformidad con la
Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la
Comunidad de Madrid, reformado por Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de marzo, y
5/1998, de 7 de julio; el Real Decreto 1860/1984, de 18 de julio, de Traspaso
de Funciones y Servicios en materia de Industria, Energía y Minas a la
Comunidad de Madrid, y el Decreto 25/2009, de 18 de marzo, por el que se
establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía y Hacienda.
Segundo
Es
de aplicación el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se
aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la
Seguridad Industria; la Orden 8638/2002, de 8 de octubre, por la que se
establece el procedimiento para el registro de instalaciones petrolíferas para
consumo en la propia instalación y para suministro a vehículos, modificada por
la Orden 567/2004, de 8 de julio (); la Orden 9343/2003, de 1 de octubre, por la que se establece el
procedimiento para el registro, puesta en servicio e inspección de
instalaciones térmicas no industriales en los edificios, modificada por la
Orden 688/2008, de 29 de febrero; la Orden 9344/2003, de 1 de octubre, por la
que se establece el procedimiento para la tramitación, puesta en servicio e
inspección de las instalaciones eléctricas no industriales conectadas a una
alimentación en baja tensión; la Orden 3619/2005, de 24 de junio, por la que se
establece el procedimiento para el Registro de Instalaciones de Prevención y Extinción
contra Incendios, y la Orden 639/2006, de 22 de marzo, por la que se establece
el procedimiento para el registro de puesta en servicio de las instalaciones
interiores de suministro de agua, modificada por la Orden 1415/2007, de 16 de
mayo, y la Orden de 17 de febrero de 2009, de homogeneización y simplificación
del procedimiento de actuación de las Entidades de Inspección y Control
Industrial al amparo del Decreto 38/2002, de 28 de febrero, por el que se
regulan las actividades de control reglamentario de las instalaciones
industriales en la Comunidad de Madrid y sus Órdenes de desarrollo.
Vistos
los preceptos y disposiciones legales mencionados, esta Dirección General de
Industria, Energía y Minas
RESUELVE
Primero
Aprobar
los procedimientos de actuación de las Entidades de Inspección y Control
Industrial aplicables al registro de instalaciones que se encuentran dentro del
ámbito de aplicación de las órdenes de desarrollo del Decreto 38/2002, de 28 de
febrero, en las versiones siguientes:
─ Procedimiento para
la tramitación como EICI de las instalaciones térmicas según la Orden 688/2008,
de 29 de febrero, y Orden de 17 de febrero de 2009, de homogeneización y
simplificación, revisión 2, de fecha 25 de mayo de 2009.
─ Procedimiento para
tramitación como EICI del registro de instalaciones interiores de suministro de
agua según la Orden 639/2009, de 22 de marzo, y Orden de 17 de febrero de 2009,
de homogeneización y simplificación, revisión 3, de fecha 14 de mayo de 2009.
─ Procedimiento para
la tramitación del registro de las instalaciones de prevención y extinción de
incendios según Orden 3619/2005, de 24 de junio, y Orden de 17 de febrero de
2009, de homogeneización y simplificación, revisión 4, de fecha 15 de mayo de
2009.
─ Procedimiento de
tramitación como EICI de las instalaciones petrolíferas según la Orden
8638/2002, de 8 de octubre; Orden 5672/2004, de 8 de julio, y Orden de 17 de
febrero de 2009, de homogeneización y simplificación, revisión 2, de fecha 15
de junio de 2009.
─ Procedimientos para
la tramitación como EICI de las instalaciones eléctricas de baja tensión según
Orden 9344/2003, de 1 de octubre, y Orden de 17 de febrero de 2009, de
homogeneización y simplificación: EL01 y EL02, revisión 2, de fecha 25 de mayo
de 2009.
Segundo
Estos
procedimientos serán de aplicación obligatoria para las Entidades de Inspección
y Control Industrial que actúen en el ámbito de aplicación de las órdenes de
desarrollo del Decreto 38/2002, de 28 de febrero, a partir del día siguiente de
la recepción de la presente Resolución.
Tercero
Cualquier
variación a introducir en cualquiera de los procedimientos aprobados en la
presente Resolución deberá ser solicitada a la
Dirección General de Industria, Energía y Minas para que, en el caso de
considerarla adecuada, proceda a una nueva aprobación del procedimiento en
cuestión mediante Resolución.