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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ANUNCIA LA CONSTITUCIÓN DE LA MESA DE CONTRATACIÓN DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO “LA PAZ”, CON CARÁCTER PERMANENTE

 

 

 

Resolución de 27 de abril de 2009, de la Dirección-Gerencia del Hospital Universitario “La Paz”, por la que se anuncia la constitución de la Mesa de Contratación del Hospital Universitario “La Paz”, con carácter permanente. ([1])

 

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 18 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 86, de 11 de abril), y a fin de lograr la mayor eficacia en el procedimiento de contratación administrativa, en cuanto a la celebración de contratos cuya cuantía no exceda de 3.000.000 de euros, esta Dirección-Gerencia, en uso de las atribuciones conferidas en Resolución de 20 de enero de 2009, de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria del Servicio Madrileño de Salud, de delegación de competencias en materia de contratación y gestión presupuestaria en los Gerentes de Atención Especializada, Atención Primaria, Servicio de Urgencias Médicas de Madrid y Centro de Transfusión (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 28, de 3 de febrero de 2009).

RESUELVE

Primero

Constituir la Mesa de Contratación del Hospital Universitario “La Paz”, con las funciones que tiene conferidas por la Ley.

Segundo

Designar con carácter permanente a los miembros de la Mesa de Contratación del Hospital Universitario “La Paz”:

Presidente: Un representante de la Dirección de Gestión.

Secretario: Un representante de la Subdirección de Gestión.

Vocales:

— Un representante del Servicio de Suministros.

— Un representante de la Unidad de Contratación.

— Un representante de la Intervención.

— Un letrado asesor, que podrá ser un funcionario habilitado por la Vicepresidencia y Portavocía del Gobierno de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Cuando las circunstancias del expediente así lo aconsejen, podrá constituirse una Mesa de Contratación específica a tal fin.

 



[1] .- BOCM 6 de mayo de 2009.