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Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local
Comunidad de Madrid

ORDEN POR LA QUE SE REGULA CON CARÁCTER TRANSITORIO LA ELECCIÓN DE LOS ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE ED

ORDEN 1589/2003, de 21 de marzo, del Consejero de Educación, por la que se autoriza la puesta en funcionamiento de enseñanzas y de un nuevo centro en las universidades públicas de Madrid, con efectos del curso académico 2002-2003.  ([1])

 

 

 

Por Decreto 61/2002, de 18 de abril y Decreto 82/2002, de 16 de mayo, se autorizaron con efectos del curso académico 2002-2003, la implantación de enseñanzas en las Universidades de Alcalá, Autónoma, Politécnica y Rey Juan Carlos, así como la adscripción del Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle a la Universidad Autónoma.

De conformidad con lo dispuesto en los citados Decretos, la puesta en funcionamiento de las enseñanzas implantadas y del nuevo centro, será autorizada por la Consejería de Educación, una vez homologados los correspondientes planes de estudio y verificado el cumplimiento que para la autorización de centros y enseñanzas establece el artículo 35 de la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades y el artículo 16.4 del Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, sobre creación y reconocimiento de Universidades y Centros universitarios.

Teniendo en cuenta que han sido informados favorablemente por el Consejo de Coordinación Universitaria los correspondientes planes de estudio y se ha verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos en la legislación citada, procede autorizar la puesta en funcionamiento de las enseñanzas y el nuevo centro.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el Decreto 75/2002, de 9 de mayo, por el que se aprueban las competencias y la estructura orgánica de la Consejería de Educación, y a propuesta de la Dirección General de Universidades, esta Consejería

 

DISPONE

 

Primero

 

Autorizar con efectos del curso académico 2002-2003, la puesta en funcionamiento del Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle, adscrito a la Universidad Autónoma de Madrid y de las enseñanzas que se relacionan en el Anexo.

 

Segundo

 

Por la Dirección General de Universidades se adoptaron las medidas pertinentes para el desarrollo de lo dispuesto en esta Orden.

 

Tercero

 

La presente Orden tendrá plena eficacia cuando el Gobierno de la Nación homologue los correspondientes títulos oficiales.

Madrid, a 21 de marzo de 2003.

 

 

ANEXO

Universidad de Alcalá:

-  Licenciado en Ciencias del Trabajo. Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales.

 

Universidad Autónoma:

-  Licenciado en Psicopedagogía. Centro Superior de Estudios Universitarios La Salle (adscrito).

-  Licenciado en Traducción e Interpretación: Facultad de Filosofía y Letras.

-  Licenciado en Psicopedagogía. Facultad de Formación de Profesorado y Educación.

-  Ingeniero de Telecomunicación. Escuela Técnica Superior de Informática.

 

Universidad Politécnica:

-  Ingeniero Técnico de Minas, especialidad en Recursos Energéticos, Combustibles y Explosivos. Escuela Técnica Superior de Ingenieros de Minas.

 

Universidad Rey Juan Carlos:

-  Licenciado en Odontología. Facultad de Ciencias de la Salud (Campus de Alcorcón).

-  Ingeniero en Informática (primer ciclo). Escuela Superior de Ciencias Experimentales y Tecnología (Campus de Móstoles).