DECRETO 73/2003, del Consejo de Gobierno, por el que
se crea el centro integrado de enseñanzas artísticas de música y de Educación
Primaria y Secundaria, en San Lorenzo de El Escorial. ()
La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre,
de Ordenación General del Sistema Educativo, establece como finalidad de las
enseñanzas de Régimen Especial de Música y de Danza, proporcionar a los alumnos
una formación artística de calidad y garantizar la cualificación de futuros
profesionales. En su desarrollo, se han establecido currículos de grado
elemental y medio, cuyos tiempos lectivos suponen para el alumnado un
considerable número de horas de presencia física en el centro y una intensa
dedicación al estudio.
Es por lo que la propia Ley Orgánica
1/1990, de 3 de octubre, estableció en su artículo 41.1 el deber de las
Administraciones de facilitar al alumnado la posibilidad de cursar
simultáneamente las enseñanzas de música o danza y las de régimen general, a
cuyo fin, se deben adoptar las oportunas medidas, de coordinación respecto a la
organización y ordenación académica de ambos tipos de estudios, que incluirán,
entre otras, las convalidaciones y la creación de centros integrados.
La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de
diciembre, de Calidad de la Educación, establece en el apartado 1 del artículo
65, la tipología de los centros educativos, en función de las enseñanzas que
imparten, y en el apartado 2, del mismo artículo, especifica que corresponde a
las Administraciones Educativas la adaptación de lo preceptuado en esa Ley, a
los centros que abarquen dos o más de las enseñanzas.
En el Conservatorio Profesional de Música ʺPadre
Antonio Solerʺ de San Lorenzo de El Escorial, desde el curso 1994/1995, se
viene desarrollando, con carácter experimental, un proyecto de ʺaulas
integradasʺ de enseñanza de Educación Primaria y Secundaria y de Música. A
través del análisis y evaluación de esta experiencia, se ha podido constatar,
que tanto en su funcionamiento y desarrollo, como en los resultados obtenidos,
esta opción educativa permite alcanzar la integración de las enseñanzas,
minimizando considerablemente los efectos que produce, en el alumnado, la
sobrecarga lectiva.
El centro integrado cuya creación se
dispone por el presente Decreto, asumirá todas las enseñanzas de música de
grado elemental y medio reconocidas con validez académica oficial al
Conservatorio Profesional de Música ʺPadre Antonio Solerʺ por el Real
Decreto 1904/1982, de 30 de julio. Esta asimilación viene exigida por la
necesaria adecuación a la tipología del centro, en el que se impartirán, de
conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre,
de Calidad de la Educación, las enseñanzas de: Educación Primaria, Educación
Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Enseñanzas Artísticas de Música.
La creación de este centro, permitirá
mantener la oferta pública de enseñanzas profesionales de música en la zona y
atender a la creciente demanda de este tipo de opción educativa integrada, para
los alumnos de Enseñanzas Artísticas.
En virtud de lo expuesto, de conformidad
con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,
Reguladora del Derecho a la Educación, y en el artículo 21 de la Ley 1/1983, de
13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta
del Consejero de Educación y previa deliberación del Consejo de Gobierno,
DISPONGO
Primero
Se crea el Centro
Integrado de enseñanzas profesionales de Música y de Enseñanzas de Régimen
General: Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato
que se describe a continuación:
Denominación
genérica: Centro Integrado de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación
Primaria y Secundaria.
Domicilio: Calle Floridablanca, número 3.
Localidad: San Lorenzo de El Escorial.
Municipio: San Lorenzo de El Escorial.
Titular: Consejería de Educación de la
Comunidad de Madrid.
Segundo
La creación del Centro Integrado de
Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria y Secundaria que se
dispone mediante el presente Decreto, supone la extinción, al finalizar el
curso 2002/2003, del actual Conservatorio Profesional de Música ʺPadre
Antonio Solerʺ con código de centro número 28034349, cuyas enseñanzas,
reconocidas con validez académica oficial por el Real Decreto 1904/1982, de 30
de julio, son asumidas, a todos los efectos, por el nuevo centro que ahora se
crea.
Tercero
El Centro Integrado
de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria y Secundaria queda
autorizado para impartir, con plena validez académica, las siguientes enseñanzas
artísticas de música:
- Grado Elemental de Música.
- Grado Medio de Música: 1er, 2º y 3er
ciclo.
Cuarto
El Centro Integrado de Enseñanzas
Artísticas de Música y de Educación Primaria y Secundaria queda autorizado para
impartir, con plena validez académica, Enseñanzas Artísticas de Música y de
Educación Primaria y Secundaria queda autorizado para impartir, con plena
validez académica, Enseñanzas Artísticas de Música de Grado Elemental y Grado
Medio, en forma de enseñanzas no integradas, que en todo caso deberán ser
compatibles con el desarrollo de las enseñanzas integradas.
Quinto
El Centro Integrado
de Enseñanzas Artísticas de Música y de Educación Primaria y Secundaria queda
autorizado para impartir, con plena validez académica, las siguientes enseñanzas
de régimen general:
- Educación Primaria, 2.º y 3er ciclo.
- Educación Secundaria Obligatoria: 1er y 2º ciclo.
- Bachillerato en Música.
Sexto
Con el fin de garantizar la puesta en
marcha y su normal desarrollo y funcionamiento, y en aplicación de lo
establecido al respecto en el artículo 91.2 de la Ley Orgánica 10/2002, de 23
de diciembre, de Calidad de la Educación, la Consejería de Educación adoptará
las medidas necesarias para cubrir los órganos unipersonales de gobierno de
este centro.
Séptimo
Se autoriza a la Consejería de Educación a
adoptar cuantas medidas sean oportunas para asegurar el traspaso al Centro
Integrado, del personal docente y de administración y servicios, hasta el
momento adscrito al Conservatorio Profesional de Música ʺPadre Antonio
Solerʺ, con código de centro número 28034349. Asimismo, se autoriza a la
Consejería de Educación a determinar, en función de la planificación educativa,
las especialidades de las enseñanzas artísticas de música que se impartirán en
el centro, tanto de forma integrada con las enseñanzas de régimen general, como
de forma no integrada, así como a establecer las adecuaciones curriculares que
se estimen necesarias.
Octavo
En tanto se establezca el Reglamento
Orgánico de los Centros que impartan varias enseñanzas y/o niveles educativos,
la Consejería de Educación adoptará cuantas medidas estime necesarias para
establecer los órganos colegiados de gobierno y de coordinación didáctica,
garantizando, en cualquier caso, la participación efectiva de todos los
miembros de la comunidad educativa en la vida del centro, en su gestión, y en
su evaluación, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 77.3 de la Ley
Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre.
[Por Orden
4192/2025, de 18 de septiembre, de la Consejería de Educación, Ciencia y
Universidades, por la que se regulan determinados aspectos de la ordenación,
organización, evaluación y funcionamiento de los centros integrados de
enseñanzas artísticas de música y de Educación Primaria, Educación Secundaria
Obligatoria y Bachillerato en la Comunidad de Madrid]
Este documento no tiene valor
jurídico, solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la
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