ORDEN POR LA QUE SE MODIFICA LA ORDEN 2714/2007, DE 3
DE OCTUBRE, POR LA QUE SE ESTABLECE LA RELACIÓN DE MATERIALES DE BASE PARA LA
PRODUCCIÓN DE MATERIAL FORESTAL DE REPRODUCCIÓN IDENTIFICADOS EN LA COMUNIDAD
DE MADRID Y SE ESTABLECEN LAS REGIONES DE PROCEDENCIA Y LA RELACIÓN DE
MATERIALES DE BASE PARA OTRAS ESPECIES DE INTERÉS FORESTAL
Orden 1104/2008, de 12 de junio, de la Consejería de Medio Ambiente y
Ordenación del Territorio, por la que se modifica la Orden 2714/2007, de 3 de
octubre, por la que se establece la relación de materiales de base para la producción de material forestal de reproducción identificados en la Comunidad de Madrid y se
establecen las regiones de procedencia y la relación de materiales de base para
otras especies de interés forestal. ()
El
Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre Comercialización de los Materiales
Forestales de Reproducción, incorpora a nuestra legislación nacional la
Directiva 1999/105/CE del Consejo, de 22 de diciembre de 1999, refunde y
actualiza toda la normativa anterior al efecto, y establece el procedimiento y
los requisitos que han de cumplir los materiales forestales de reproducción destinados a la comercialización, en orden a garantizar su valor genético e
identidad, de las especies forestales y de sus híbridos artificiales que
figuran en el Anexo I del citado Real Decreto, y también de las especies
relacionadas en el Anexo XII del mismo.
En
el artículo 3.3 del Real Decreto 289/2003, se establece que la autorización de
los materiales de base para la producción de materiales forestales de reproducción se efectuará por el órgano competente de la respectiva comunidad autónoma, que
comunicará dichos materiales de base a la Dirección General del Medio Natural y
Política Forestal, quien a su vez lo comunicará a la Dirección General de
Recursos Agrícolas y Ganaderos del Ministerio de Medio Ambiente, Medio Rural y
Marino para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Mediante
Orden
2714/2007, de 30 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente y
Ordenación del Territorio, se estableció la relación de materiales de base para
la producción de materiales forestales de reproducción identificados en la
Comunidad de Madrid. Mediante esta Orden se amplía la relación de materiales de
base seleccionados en principio para la producción de material forestal de reproducción identificado, considerando también otras especies de interés forestal reguladas por
el Real Decreto 289/2003, velando así por la pureza genética de las masas
forestales de nuestra Comunidad y por la garantía de viabilidad de las
repoblaciones forestales que se realicen en un futuro.
Por
otra parte, existen otras especies forestales de interés en la Comunidad de
Madrid, no reguladas por el Real Decreto 289/2003, para las que es preciso
aprobar las regiones de procedencia en la Comunidad de Madrid de sus materiales
de base, así como seleccionar y delimitar fuentes semilleras (materiales de
base), para asegurar la idoneidad y la calidad genética del material forestal
empleado en las repoblaciones con estas especies.
En
su virtud, de acuerdo con el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre,
de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en relación con el Decreto
7/2007, de 20 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que
se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid,
DISPONGO
Artículo 1.- Ampliación de la relación de materiales de base para
la producción de material forestal de reproducción identificado en el
territorio de la Comunidad de Madrid
Se amplía la relación de
materiales de base para la producción de material forestal de reproducción identificado en el territorio de la Comunidad de Madrid, aprobada mediante Orden
2714/2007, de 30 de octubre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación
del Territorio, para las especies que se indican en el Anexo I de esta Orden,
reguladas en el Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo.
Artículo 2.- Especies no reguladas en el Real Decreto 289/2008, de
7 de marzo:
a) Determinación
de las regiones de procedencia de los materiales de base destinados a la producción de material forestal de reproducción en el territorio de la Comunidad de
Madrid
Las
regiones de procedencia de los materiales de base destinados a la producción de material forestal de reproducción en el territorio de la Comunidad de Madrid, para
las especies no reguladas por el Real Decreto 289/2003, serán las establecidas
en el Anexo XI del citado Real Decreto en la Comunidad de Madrid, para los
materiales de base destinados a la producción de materiales de reproducción de las categorías "material identificado" y "material seleccionado"
de las especies relacionadas en los Anexos XI y XIII de dicho Real Decreto.
b) Autorización
de las fuentes semilleras (materiales de base) en el
territorio de la Comunidad de Madrid
Se autoriza la utilización
en el territorio de la Comunidad de Madrid de las fuentes semilleras
(materiales de base) que figuran en el Anexo II de esta Orden.
Disposición
Final Única.- Eficacia
La
presente Orden será eficaz desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.
ANEXO
I
LISTADO
DE MATERIALES DE BASE PARA LA PRODUCCIÓN DE MATERIAL FORESTAL DE REPRODUCCIÓN
IDENTIFICADO
(Especies
reguladas por el Real Decreto 289/2003)
(Véase
en formato Pdf)
ANEXO
II
LISTADO
DE FUENTES SEMILLERAS (MATERIALES DE BASE)
(Especies
no reguladas por el Real Decreto 289/2003)
(Véase
en formato Pdf)