ACUERDO POR EL QUE SE DELEGAN EN EL TITULAR DE LA VICECONSEJERÍA DE ASISTENCIA SANITARIA DETERMINADAS COMPETENCIAS.
Acuerdo de 9 de mayo de 2008, del Consejo de Administración del
Servicio Madrileño de Salud, por el que se delegan en el titular de la Viceconsejería
de Asistencia Sanitaria determinadas competencias. ()
De
conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en relación con el artículo 22 del Decreto
24/2008, de 3 de abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el
régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, el
Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud
ACUERDA
Primero
Delegar
en el titular de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria las siguientes
competencias:
a)
Establecer y actualizar los acuerdos, convenios y
conciertos para la prestación de los servicios, teniendo en cuenta, con
carácter previo, la utilización de los recursos sanitarios públicos.
b)
Proponer a la Consejería de Sanidad los precios y tarifas por la prestación y
concertación de servicios, así como su modificación y revisión.
c)
Resolver las reclamaciones administrativas previas a la vía jurisdiccional
civil.
d)
Las competencias que le atribuye al Consejo de Administración del Servicio
Madrileño de Salud el capítulo IV de la Ley
3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid.
Segundo
De
los actos dictados en uso de la anterior delegación deberá darse cuenta al
Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud en su siguiente
reunión.
Tercero
El
presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.