ORDEN
POR LA QUE SE ACUERDA LA UNIFORMIDAD DEL SUMINISTRO DE TIRAS REACTIVAS PARA LA DETERMINACIÓN DE GLUCOSA EN SANGRE Y GLUCOSA Y CUERPOS CETÓNICOS EN ORINA Y SE DECLARA DE
GESTIÓN CENTRALIZADA SU CONTRATACIÓN.
ORDEN 567/2007, de 30 de
marzo, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se acuerda la
uniformidad del suministro de tiras reactivas para la determinación de glucosa
en sangre y glucosa y cuerpos cetónicos en orina y se declara de gestión
centralizada su contratación. ()
De acuerdo con
lo previsto en el artículo 32 del Reglamento General de Contratación Pública de
la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto
49/2003, de 3 de abril (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de 11 de abril), podrán ser objeto de contratación centralizada aquellos
bienes cuya uniformidad haya sido declarada necesaria para su utilización común
por la Comunidad.
El apartado
segundo del citado artículo dispone que cuando se trate de bienes y servicios
de utilización específica por los órganos, centros o servicios de una
determinada Consejería, o adscritos a la misma, compete al Consejero respectivo
declarar la uniformidad, previo informe de la Dirección General de Patrimonio.
En este
sentido, la Consejería de Sanidad y Consumo atendiendo a una mayor optimización
de los recursos en el proceso de adquisición de los bienes que se declaran
uniformes y para aprovechar las economías de escala derivada de la contratación
centralizada, considera necesario declarar de uniformidad la adquisición de las
siguientes tiras reactivas para la determinación de glucosa en sangre y glucosa
y cuerpos cetónicos en orina:
- Tira
reactiva para determinación de glucosa en sangre.
- Medición
electroquímica.
- Tira
reactiva para determinación de glucosa en sangre.
- Medición
colorimétrica.
- Tira
reactiva para determinación de glucosa en orina.
- Tira
reactiva para determinación de glucosa y cuerpos cetónicos en orina.
El artículo
33.3 del Reglamento General de Contratación, antes citado, establece que el
órgano centralizador determinará en la declaración de uniformidad los
procedimientos o sistemas que se utilizarán en cada clase o categoría de bienes
y servicios.
Asimismo,
conforme a lo dispuesto en el artículo 3.5 del mismo Reglamento, la competencia
para celebrar los contratos corresponde al titular de la Consejería o al órgano que determine en la declaración de uniformidad.
Por todo lo
expuesto, al amparo de lo previsto en los artículos 33 y 34 del citado
Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, visto el informe favorable de la Dirección General de Patrimonio, y a propuesta de la Dirección General del Servicio Madrileño de Salud,
DISPONGO
Primero
Declarar la
uniformidad para su utilización común en los centros sanitarios dependientes
del Servicio Madrileño de Salud las siguientes tiras reactivas para la
determinación de glucosa en sangre y glucosa y cuerpos cetónicos en orina:
- Tira reactiva para determinación de glucosa en sangre. Medición
electroquímica.
- Tira reactiva para determinación de glucosa en sangre. Medición
colorimétrica.
- Tira
reactiva para determinación de glucosa en orina.
- Tira
reactiva para determinación de glucosa y cuerpos cetónicos en orina.
Segundo
Designar como
órgano de contratación a la Directora General del Servicio Madrileño de Salud.
Tercero
La adquisición
de las tiras reactivas, objeto de declaración de uniformidad, se llevará a cabo
a través de acuerdos o contratos marco.