ACUERDO
POR EL QUE SE DELEGA EN EL CONSEJERO DE HACIENDA LA COMPETENCIA A LA QUE SE
REFIERE EL ARTÍCULO 55 DE LA LEY 1/1986, DE 10 DE ABRIL.
ACUERDO de 15 de noviembre de 2001, del Consejo de Gobierno, por el que
se delega en el Consejero de Hacienda la competencia a la que se refiere el
artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril. ()
El artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la
Función Pública de la Comunidad de Madrid, atribuye al Consejo de Gobierno la
competencia para aprobar las convocatorias públicas de provisión de puestos de
trabajo, mediante el sistema de concurso o de libre designación, entre
funcionarios de otras Administraciones públicas, en las condiciones que en el
mismo se expresan.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo arriba
referido, y en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, en relación con el artículo 52 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de
Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, dicha competencia es
susceptible de delegación por el Consejo de Gobierno en otros órganos
administrativos.
En virtud de lo expuesto, de conformidad con lo
dispuesto en los artículos referidos, y previa deliberación del Consejo de
Gobierno en su sesión del día 15 de noviembre de 2001,
ACUERDA
Delegar en el Consejero de Hacienda la competencia
para aprobar las convocatorias públicas de provisión de puestos de trabajo
entre funcionarios de otras Administraciones Públicas en las condiciones que
determina el artículo 55 de la Ley
1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
El presente Acuerdo producirá efectos a partir del día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.