RESOLUCIÓN POR LA QUE SE DELEGA EL EJERCICIO DE LA COMPETENCIA DE
AUTORIZACIÓN DE LAS INSERCIONES PROMOVIDAS POR LOS ÓRGANOS Y PERSONAS DE
DERECHO PÚBLICO DE LA COMUNIDAD DE MADRID EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD
DE MADRID Y EN LOS DEMÁS DIARIOS OFICIALES.
RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2005, de
la Gerencia del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid,
por la que se delega el ejercicio de la competencia de autorización de las
inserciones promovidas por los órganos y personas de Derecho público de la
Comunidad de Madrid en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en los
demás Diarios Oficiales. ()
Mediante Resolución de esta
Gerencia de 2 de octubre de 2000 (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid del
10), fue delegado en el titular del Servicio de Publicaciones Oficiales del
Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el ejercicio de la
competencia de autorización de las inserciones promovidas por los órganos y
personas de Derecho público de la Comunidad de Madrid en el Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid y en los demás Diarios Oficiales.
Esta delegación toma como
origen el sistema de autorización de inserciones establecido en el apartado 17
del artículo 8 de la Ley
de la Asamblea de Madrid 28/1997, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y
Administrativas, por la que fue creado el Organismo Autónomo Boletín Oficial de
la Comunidad de Madrid, en la redacción dada al mismo mediante Ley 26/1998, de
28 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas, que se basa en la
concentración en esta Gerencia de la competencia de autorización de todas las
inserciones promovidas por los órganos y personas de Derecho público de la Comunidad
de Madrid, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 40 del Estatuto de
Autonomía.
Determinadas modificaciones
organizativas aprobadas desde entonces aconsejan actualizar el régimen de
delegaciones del ejercicio de la competencia de que se trata, en aras del
principio de seguridad jurídica.
En efecto, mediante Decreto
del Consejo de Gobierno 90/2005, de 22 de septiembre, se crea la Secretaría
General del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, que asume las funciones
del anterior Servicio de Publicaciones Oficiales, incluyendo entre ellas la
tramitación de las solicitudes de inserción. En este Decreto se condicionaba la
completa entrada en vigor a la adaptación de la relación de puestos de trabajo
y la plantilla presupuestaria.
Finalmente, habiéndose
aprobado esta adaptación de la relación de puestos de trabajo y plantilla
presupuestaria del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid mediante Orden de
17 de octubre de 2005 de la Consejera de Hacienda, se estima procedente
acometer la modificación del régimen de delegación del ejercicio de la
competencia de que se trata, para adecuarlo a las nuevas circunstancias.
Respecto a los factores de
oportunidad que aconsejaron en su día la delegación, es de señalar que subsiste
la conveniencia de que concurran en una sola unidad la responsabilidad de la
tramitación administrativa de las propuestas de inserción y el ejercicio de las
competencias de autorización de inserciones.
En su virtud, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de la Asamblea de Madrid 1/1983,
de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, en
relación con el artículo 13 de la Ley de las Cortes Generales 30/1992, de 26 de
noviembre, de Bases del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de
Procedimiento Administrativo Común,
RESUELVO
Primero
Revocar la resolución de 27
junio de 2002, del Gerente del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la
Comunidad de Madrid, por la que se delega el ejercicio de la competencia de
autorización de las inserciones promovidas por los órganos y personas de
Derecho público de la Comunidad de Madrid en el Boletín Oficial de la Comunidad
de Madrid y en los demás Diarios Oficiales (Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid de 7 de julio de 2002).
Segundo
Delegar en el titular de la
Secretaría General del Organismo Autónomo Boletín Oficial de la Comunidad de
Madrid el ejercicio de la competencia de autorización de las inserciones
promovidas por los órganos y personas de Derecho público de la Comunidad de
Madrid en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en los demás Diarios
Oficiales, que se establece en el apartado 17 del artículo 8 de la Ley de la
Asamblea de Madrid 28/1997, de 26 de diciembre, de Medidas Fiscales y
Administrativas.
Tercero
Los efectos de la presente
delegación quedarán en suspenso, respecto del titular del órgano delegado
afectado, en los casos de vacante, ausencia o enfermedad del mismo y en tanto
subsistan tales situaciones.
Cuarto
Lo dispuesto en la presente
Resolución surtirá efectos a partir del día de su publicación en el Boletín
Oficial de la Comunidad de Madrid.