ACUERDO
POR EL QUE SE DELEGAN DIVERSAS COMPETENCIAS EN LA DIRECTORA-GERENTE Y EN EL
VICEPRESIDENTE DE ESTE CONSEJO.
ACUERDO de
29 de diciembre de 2004, de la Agencia para Reeducación y Reinserción del Menor
Infractor de la Comunidad de Madrid, por el que se delegan diversas
competencias en la Directora-Gerente y en el Vicepresidente de este Consejo. ()
Primero
De
acuerdo con lo previsto en el artículo 9.3 de la Ley
3/2004, de 10 de diciembre, de creación de la Agencia para Reeducación y
Reinserción del Menor Infractor de la Comunidad de Madrid, en conexión con el
artículo 11 de la Ley 1/1984, de 19 de enero, Reguladora de la Administración
Institucional de la Comunidad de Madrid; artículo 53 de la Ley 1/1983, de 13 de
diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y artículo
13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a propuesta
de su Presidente, delegar en la Directora-Gerente las siguientes:
a) Aprobar la plantilla orgánica
y proceder a la ratificación de la adscripción de los funcionarios de carrera
al servicio de la Agencia para Reeducación y Reinserción del Menor Infractor de
la Comunidad de Madrid; nombrar y separar a sus funcionarios de empleo;
contratar al personal en régimen laboral; aprobar las convocatorias para la
contratación laboral a tiempo cierto, no centralizadas, de personal adscrito al
Organismo Autónomo, previo informe, cuando así esté establecido, de la
correspondiente Consejería, así como ejercer todas las facultades referentes a
retribuciones, jornada de trabajo, régimen disciplinario y cese del personal
dependiente de la Agencia, con arreglo a lo previsto en la Ley 1/1984, de 19 de
enero, Reguladora de la Administración Institucional de la Comunidad de Madrid,
en los convenios colectivos de aplicación y de acuerdo con las instrucciones
dictadas por el Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid.
b) El ejercicio de vigilancia de
todas las unidades y servicios de la Agencia para Reeducación y Reinserción del
Menor Infractor de la Comunidad de Madrid.
c) Las facultades que
corresponden al Consejo de Administración como órgano de contratación:
- Celebración y adjudicación
de contratos administrativos competencia de la Agencia, dentro de los límites
presupuestarios.
- Aprobación de los pliegos de
cláusulas administrativas y prescripciones técnicas particulares para su
ejecución.
d)
La administración del patrimonio y bienes de la Agencia.
e) La resolución de los recursos
administrativos interpuestos contra los actos dictados por el Consejo de
Administración de la Agencia.
f) La competencia para resolver
los procedimientos de revisión de oficio de los actos administrativos nulos,
declarar la lesividad de los anulables y revocar los de gravamen o
desfavorables, respecto de los actos dictados por los órganos dependientes del
Consejo de Administración de la Agencia.
g) La competencia para resolver
las reclamaciones previas a la vía judicial civil.
h) Cuantas facultades de gobierno
y administración de los intereses de la Agencia para Reeducación y Reinserción
del Menor Infractor de la Comunidad de Madrid no estén atribuidas de un modo expreso
a otro órgano de la misma.
Segundo
A
propuesta del Presidente, delegar en el Vicepresidente las siguientes
competencias del propio Presidente, con los límites legalmente previstos:
a) La resolución de los recursos
administrativos interpuestos contra los actos dictados por el Presidente de la
Agencia.
b) La resolución de los
procedimientos de revisión de oficio de los actos administrativos nulos,
declarar la lesividad de los anulables y revocar los de gravamen o
desfavorables, respecto de los actos dictados por el Consejo de Administración
de la Agencia.
c) La competencia para resolver
las reclamaciones de responsabilidad patrimonial de la Administración por los
daños ocasionados a los ciudadanos en cualquiera de sus bienes y derechos como
consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios de la
Agencia.