Acuerdo
de 9 de septiembre de 2004, del Consejo de Gobierno, por el que se constituye
el Consejo de Área de Atención a la Infancia y la Adolescencia del municipio de
Madrid. ()
La Ley 18/1999, de 29 de abril, Reguladora
de los Consejos de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de
Madrid (), concibe dichos Consejos como
espacios que faciliten el intercambio entre las Administraciones Públicas,
estatal, autonómica y local, implicadas en el bienestar de los menores, y les
asigna la finalidad de contribuir a la participación de la iniciativa social y
de los propios menores.
En su artículo 2, la precitada Ley regula
la naturaleza jurídica y la finalidad de los Consejos, que se configuran como
órganos colegiados de coordinación de las distintas Administraciones Públicas y
de participación no sólo de las entidades, asociaciones y organizaciones de la
iniciativa social, sino también de los niños, niñas y adolescentes, mediante la
contribución a la expresión y al conocimiento directo de sus intereses y
necesidades.
En función de sus respectivos ámbitos
territoriales de actuación, la Ley regula el Consejo de la Comunidad de Madrid
así como los del Área, cuyo ámbito de actuación se corresponde con el
respectivo al área de servicios sociales, y los Locales, cuyo ámbito
territorial está en función del número de habitantes de los respectivos
municipios.
El régimen jurídico de estos Consejos, con
independencia de su ámbito territorial de actuación es el establecido en la ya
mencionada Ley 18/1999, de 29 de abril, en las normas generales de organización
y funcionamiento que se regulan mediante Decreto, en sus normas particulares de
organización y funcionamiento y, con carácter general, en la regulación de la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común relativa a los órganos
colegiados.
De conformidad con este marco jurídico, el
Decreto
180/2003, de 24 de julio, aprueba el Reglamento de los Consejos de Área de
Atención a la Infancia y la Adolescencia, en el que se regula la composición de
estos Consejos así como sus normas generales de organización y funcionamiento.
El artículo 1 de dicho Decreto, en
consonancia con el artículo 9 de la Ley 18/1999, de 29 de abril, establece que
la constitución de los Consejos de Área de Atención a la Infancia y la
Adolescencia, que tendrá carácter facultativo, se realizará mediante Acuerdo
del Consejo de Gobierno a propuesta de los Concejales responsables de los correspondientes
municipios de cada una de las áreas de servicios sociales y previo informe del
Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
Dicho precepto exige además que la
mencionada propuesta de constitución incluya las Normas Particulares de
Organización y Funcionamiento del Consejo, cuya aprobación corresponde al
Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
Con fecha 22 de noviembre de 2002, el
Pleno del Ayuntamiento de Madrid acuerda promover la constitución del Consejo
de Área de Atención a la Infancia y la Adolescencia del Ayuntamiento de Madrid.
Mediante escrito de 24 de octubre de 2003, la Concejalía de Gobierno, de Empleo
y Servicios al Ciudadano expone tal circunstancia a la entonces Consejería de
Servicios Sociales (actualmente Consejería de Familia y Asuntos Sociales) y
adjunta las Normas Particulares de Organización y Funcionamiento del Consejo de
Área de Atención a la Infancia y la Adolescencia del municipio de Madrid.
El Pleno del Consejo de Atención a la
Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid, en su reunión del día 31
de mayo de 2004 celebrada en la sede de la Consejería de Familia y Asuntos
Sociales, aprueba la constitución del Consejo del Área del municipio de Madrid
y emite el preceptivo informe favorable, En ese mismo acto, el Consejo aprueba
las Normas Particulares de Organización y Funcionamiento propuesta por el
Ayuntamiento de Madrid.
En su virtud, de conformidad con el
artículo 9 de la Ley 18/1999, de 29 de abril, en relación con el artículo 1 del
Decreto 180/2003, de 24 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de los
Consejos de Área de Atención a la Infancia y la Adolescencia, a propuesta de la
excelentísima Consejera de Familia y Asuntos Sociales, el Consejo de Gobierno
en su reunión de 9 de septiembre de 2004,
ACUERDA
Constituir el Consejo de Área de Atención
a la Infancia y la Adolescencia del municipio de Madrid, en virtud del marco
jurídico expuesto y de conformidad con la propuesta de la Concejalía de
Gobierno, de Empleo y Servicios al Ciudadano del Ayuntamiento de Madrid, y el
preceptivo informe favorable del Consejo de Atención a la Infancia y la
Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
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solo informativo. Los textos con valor jurídico son los de la publicación
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