DECRETO POR EL QUE SE
REGULA LA PARTICIPACIÓN DE LA AGENCIA DE LA COMUNIDAD DE MADRID PARA LA
REEDUCACIÓN Y REINSERCIÓN DEL MENOR INFRACTOR EN LA COMISIÓN DE TUTELA DEL
MENOR, EN EL CONSEJO DE ATENCIÓN A LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA Y EN LOS
CONSEJOS LOCALES DE ATENCIÓN A LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA.
Decreto
71/2005, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la
participación de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la reeducación y
reinserción del menor infractor en la Comisión de Tutela del Menor, en el
Consejo de Atención a la Infancia y la Adolescencia y en los Consejos Locales
de Atención a la Infancia y la Adolescencia. ()
PREÁMBULO
Mediante Ley
3/2004, de 10 de diciembre, se ha procedido a la
creación de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y
Reinserción del Menor Infractor, encargada de la ejecución de las medidas
adoptadas por los órganos judiciales en aplicación de la legislación sobre
responsabilidad penal de los menores.
La legislación en materia de responsabilidad
penal de menores está formada por la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, y por el Real Decreto 1774/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba su Reglamento de desarrollo.
Concretamente el artículo 45 de la referida
Ley señala que la ejecución de las medidas adoptadas por los Jueces de Menores,
en sus sentencias firmes, corresponderá a las Comunidades Autónomas.
La competencia para el desarrollo y ejecución
de tales medidas, por lo que respecta a la Comunidad de Madrid, está atribuida
a la Consejería de Justicia e Interior, a través de la Agencia de la Comunidad
de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor, en virtud de
lo dispuesto en la Ley 3/2004, de 10 de diciembre.
La creación de la mencionada Agencia, tiene
como objetivo básico concertar, desarrollar y ejecutar programas y actuaciones
que contribuyan a los fines de reinserción y educación previstos en la Ley
Orgánica 5/2000, de 12 de enero, de Responsabilidad Penal de Menores, de una
forma integral.
Asimismo, dicho organismo lleva a cabo una
labor de cooperación y coordinación con los distintos Organismos Públicos de la
Comunidad de Madrid, Entes Locales y otras Comunidades Autónomas, así como con
entidades privadas en materia de prevención de conductas y atención de menores
infractores, justificándose de esta manera la participación de la Agencia en
los diversos órganos de la Comunidad de Madrid especializados en materia de
menores.
Por su parte, la precitada Ley 3/2004, en sus
Disposiciones Finales Tercera y Sexta,
habilita la participación de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la
Reeducación y Reinserción del Menor Infractor en la Comisión de Tutela del
Menor, en el Consejo de Atención a la Infancia y a la Adolescencia y en los
Consejos Locales de Atención a la Infancia y a la Adolescencia de la Comunidad
de Madrid, a través de la designación de los correspondientes representantes.
A la vista de lo expuesto es preciso proceder
a la aprobación de la presente Norma con el objeto de dar participación a la
Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor
Infractor en los citados organismos, dando respuestas a las cuestiones
planteadas con la creación de la misma y adecuarla a la nueva realidad
institucional.
En su virtud, a propuesta de la Consejería de
Familia y Asuntos Sociales, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su
reunión del día 21 de julio de 2005, dispongo:
Artículo 1. Participación en la Comisión de Tutela del Menor.
Formará parte de
la Comisión de Tutela del Menor, regulada por Decreto
198/1998, de 26 de noviembre, en calidad de
vocal, un representante de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la
Reeducación y Reinserción del Menor Infractor.
Artículo 2. Participación en el Consejo de Atención a la Infancia y a
la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
Formará parte del Pleno del
Consejo de Atención a la Infancia y a la Adolescencia de la Comunidad de
Madrid, regulado por Decreto
64/2001, de 10 de mayo, en calidad de vocal, el
Director-Gerente de la Agencia de la Comunidad de Madrid para la Reeducación y
Reinserción del Menor Infractor.
Artículo 3. Participación en los Consejos Locales de Atención a la
Infancia y a la Adolescencia de la Comunidad de Madrid.
Formará parte de
los Consejos Locales de Atención a la Infancia y a la Adolescencia, regulados
por Decreto
179/2003, de 24 de julio, en calidad de miembro
permanente de la Comisión de Apoyo Familiar, un representante de la Agencia de
la Comunidad de Madrid para la Reeducación y Reinserción del Menor Infractor.
DISPOSICIÓN FINAL
Única. Entrada
en vigor
El presente Decreto entrará en vigor al día
siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».